La sentencia del Procés podría aplazarse unos días

Fuentes jurídicas señalan que se dilatan los plazos

Ernesto Ekaizer
2 min
El jutge Manuel Marchena (a l’esquerra de la fotografia), en una imatge d’arxiu.

MadridEl objetivo del tribunal del Procés, según dijeron fuentes del Tribunal Supremo en agosto y septiembre pasados, era dictar la sentencia en la primera semana de octubre, sobre todo antes del próximo día 16 de octubre, fecha en la que se cumplen los dos años de prisión provisional de Jordi Sánchez y Jordi Cuixart. Pero fuentes jurídicas consultadas por el Diari ARA señalan que el plan podría sufrir un cambio ya que las deliberaciones del tribunal todavía no han terminado.

La única referencia sobre plazos la aportó el fiscal Javier Zaragoza, uno de los cuatro fiscales que instruyó la causa del procés, quien en una mesa redonda de la Asociación Internacional de Fiscales señaló, el pasado 17 de septiembre, que la sentencia se conocería “antes del 12 de octubre”.

El límite del 16 de octubre obedece al hecho de que el tribunal debería, si no se notifica antes la sentencia, dictar un auto que justifique la prórroga de la prisión, previa citación de la audiencia (vistilla) de las partes prevista por el artículo 505 de la ley de enjuiciamiento criminal. El auto debe dictarse antes de que expire el plazo inicial.

El tribunal dispone todavía de esta semana y la semana próxima, hasta el martes 15 de octubre, fecha que, empero, se descarta por ser el aniversario del fusilamiento en 1940 del expresident de la Generalitat Lluís Companys en el castillo de Monjuic, por sentencia sumarísima de un consejo de guerra.

Las fuentes señalan que los siete miembros del tribunal del Procés acordaron tempranamente la posición del tribunal ante las cuestiones previas planteadas, pero tienen todavía pendiente deliberar aspectos de la sentencia.

Los magistrados aprobaron primero los hechos probados presentados en la ponencia del presidente del tribunal, Manuel Marchena, elaborada sobre la base de las deliberaciones celebradas a partir del pasado 12 de junio, fecha en que se dictó el “visto para sentencia” en el juicio oral.

Según las fuentes jurídicas consultadas, el tribunal se repartió entre los siete miembros la individualización de la autoría de cada uno de los acusados así como las penas y absoluciones.

Las fuentes señalan que a primeros de septiembre el delito de sedición (artículo 544) del código penal parecía ganar terreno al de rebelión (472) y al de conspiración para la rebelión (477), en una sentencia sin votos particulares. Sin embargo, las deliberaciones han proseguido después de esas fechas.

stats