Modificar los estatutos, una tradición de todas las directivas del Barça
El club, que ha tenido hasta dieciséis diferentes, ha cambiado cinco veces la carta magna en este siglo XXI
BarcelonaEn la asamblea de compromisarios del domingo la directiva pedirá permiso a los socios para poder modificar los estatutos del Barça. Será un nuevo cambio: el quinto en este siglo y el séptimo desde que el presidente de la entidad se escoge por sufragio universal entre toda la masa social. No parece casualidad que cada directiva haya tenido su carta magna. A veces, con el pretexto de adaptarse a normativas vigentes, tanto de la Generalitat como del Consejo Superior de Deportes. Y, a menudo, para que cada equipo directivo modifique las reglas del juego y pueda gestionar mejor la entidad. El presidente Joan Laporta ya modificó los estatutos en 2009, en el tramo final de su primera etapa en el club. Ahora lo volverá a hacer. Entremedias, los cambios que hicieron los expresidentes Sandro Rosell (2013) y Josep Maria Bartomeu (2018). Y, atrás, las dos modificaciones que hizo Josep Lluís Núñez (1981 y 1992) y la de Joan Gaspart (2001).
Los cambios sustanciales vendrán en el aspecto económico, sobre todo en el artículo 67, el que obliga a la directiva a restituir las eventuales pérdidas en dos ejercicios y a no superar un techo de endeudamiento equivalente a una cifra "que no supere la cantidad resultante de no multiplicar por dos el ebidta (beneficios antes de intereses, impuestos, depreciaciones y amortizaciones)". Dos condiciones que, si no se cumplen, obligan al ejecutivo de turno a dimitir y dejar el club en manos de una gestora. Este artículo 67 se hizo famoso en 2013, cuando Rosell lo incluyó con el pretexto de incluir un mecanismo de control para asegurar la viabilidad económica del Barça. Curiosamente, Josep Maria Bartomeu, heredero de Rosell a la presidencia, intentó retocarlo sin éxito en 2018, en aquella asamblea caótica en la que tampoco consiguió modificar una cuestión tan sensible como el escudo del club.
Las razones de Laporta
Ahora, con una deuda exagerada –provocada, en parte, por el cambio de criterio contable, que daba más margen a la directiva para gastar–, la directiva de Laporta pretende dejar temporalmente sin efecto este artículo. Sería a través de una disposición transitoria que quedaría sin efecto cuando el club volviera a tener un patrimonio neto positivo. Actualmente, y según explicó el CEO Ferran Reverter, debido a la mala gestión económica de Bartomeu, y también de los efectos de la pandemia, el ebitda exigido en el artículo 67 de los estatutos no se cumple.
No será el único cambio significativo. Si los socios avalan el cambio (es necesario un 66% a favor en la asamblea), los mandatos pasarán a ser de cinco años (ahora son de seis), con el asterisco de que esta normativa entraría en vigor una vez haya acabado el mandato actual (el 2026). También proponen eliminar los poderes otorgados de la Confederació Mundial de Penyes, aumentar el techo de directivos a la junta hasta 25 o la posibilidad de abrir los procesos de alta de socio por vía telemática. La votación no será punto por punto, sino conjunta. Por lo tanto, o se aprueba todo o no se aprueba nada.
Dieciséis estatutos diferentes
En la web del Barça se pueden encontrar todos los estatutos que ha tenido el club a lo largo de su historia. En total son dieciséis. Los del domingo, si obtienen luz verde, serán los decimoséptimos. El documento más antiguo es un manuscrito que data de 1902, tres años después de que se fundara la entidad. Después se renovarían y se irían adaptando al paso del tiempo y a la envergadura de la entidad en 1911, 1921 y 1932. Durante el franquismo habría hasta seis actualizaciones (1950, 55, 59, 64, 67 y 73), y las seis posteriores llegan a partir de la Transición.
Precisamente en 1981, tres años después de que Núñez ganara los primeros comicios con censo universal entre toda la masa social, se hacen cambios para adaptar el club al contexto político del momento, sobre todo en clave de democratización. Pero, en cuanto a la organización estricta del Barça, los cambios sustanciales llegan en 1992. Ese año se amplía el mandato del presidente y se pasa de cuatro a cinco años y se introduce el voto de censura, que hasta entonces no estaba previsto. Además, y de acuerdo con las exigencias del CSD, se impone un aval del 15% a los directivos.
Uno de los puntos que sirven para explicar que Núñez se perpetuara en el poder era, aparte de su gestión, que tenía carta blanca para convocar las elecciones cuando quisiera. Esto se acaba en 2001, con Gaspart de presidente, cuando la modificación estatutaria deja por escrito que los comicios tienen que ser al final de mandato. También ese año se vuelve a los cuatro años de mandato y se establece el máximo de dos mandatos consecutivos. Los que obligarían, por ejemplo, a que Laporta no pudiera optar a la reelección en 2010.
El presidente y las cuentas
Un año antes de tener que abandonar el cargo, Laporta impulsó una reforma estatutaria que ampliaría el mandato del presidente hasta los seis años, adaptándose al decreto de la Generalitat –él, pero, no se acogía a ello–. También en clave electoral, y escarmentado por lo que había pasado en 2003, cuando los 10 días de junio que estuvo en el cargo contabilizaron como un año entero, añadió a la carta magna un matiz para que este intervalo de tiempo producido por una dimisión anticipada no se tuviera en cuenta. Una medida que desactivó Rosell cuando reformuló los estatutos, en 2013. Para acabar, en 2009 se impone el catalán como lengua propia del Barça y de utilización preferente en todas las actividades del club, se endurecen las sanciones contra socios que cometan actos violentos y se especifica que hay que tener vecindad civil catalana para ser presidente. Una exigencia que hoy sigue vigente.
Rosell, aparte del famoso artículo 67 que regula la deuda, también se ampara en un decreto de la Generalitat para endurecer las condiciones del voto de censura. Si hasta entonces hacía falta un 5% de la masa social, ahora se necesitará el 15%, mientras que, para ser presidente, hará falta una antigüedad mínima de diez años de socio, y de cinco para formar parte de la junta. Finalmente, el cambio de 2018, el año que no se acabó votando el cambio de escudo por el rechazo entre los socios y también el año que los compromisarios denegaron la petición para eliminar el tope del 10% del endeudamiento a la hora de pedir créditos. En cambio, sí aceptaron una serie de cambios sociales, como por ejemplo añadir más restricciones para el voto de censura. Casualmente, fue esta iniciativa, un voto de censura, lo que haría caer su junta directiva ahora hace apenas un año.