Política

La amnistía se amparará en la Constitución y la convivencia y no considerará delito el 1-O

El texto de la ley, pensado para superar el filtro del TC, se limitaría a relatar los hechos del 2017 sin calificarlos

ARA
y ARA

BarcelonaEn plena recta final de las negociaciones ya la espera de que se desatasquen los últimos flecos, los detalles sobre la ley de amnistía que están pactando el PSOE y el independentismo comienzan a ver la luz. Se trata de un texto lleno de equilibrios y pensado no sólo para contentar a ambas partes, sino también para vencer los posibles obstáculos del poder judicial, que ya amenaza con presentar batalla. En este sentido, tal y como han avanzado La Vanguardia y El País y como ha podido confirmar el ARA, la norma se amparará en la Constitución y se justificará con la voluntad de recuperar la convivencia en Catalunya después de los hechos del 2017. Unos hechos, eso sí, que no se identificarían explícitamente como delito .

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El redactado, que aún deberá ser validado por las ejecutivas de Esquerra y Junts, estaría pensado para salvar el arrecife del Tribunal Constitucional, donde todas las partes tienen claro que la ley se juega la viabilidad. En este sentido, se aludiría a la ley de amnistía de 1977, ratificada en numerosas sentencias del alto tribunal. Y si la supuesta restauración de la convivencia en el Principado es uno de los motivos más esgrimidos por el PSOE a la hora de justificar el olvido judicial del Proceso –en la línea del motivo que ya se esgrimió con los indultos a los presos políticos–, que no se señalen como delictivos los hechos alrededor del 1-O era una de las líneas rojas del independentismo.

Así, según algunas fuentes, lo que hará la norma que se está ultimando es presentar un relato de los hechos de hace seis años pero sin reivindicarlos ni tampoco señalarlos como delito. También habría acuerdo, al menos con ERC, para incluir a los policías procesados por lesiones por las cargas del día del referendo, segúnEl Periódico, aunque fuentes republicanas apuntan al ARA que quedarían fuera los procesados por torturas, por trato degradante y los casos en los que se haya causado una pérdida de órganos.

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