El juez cierra en falso el caso Bankia al exculpar al Banco de España y la CNMV

No tiene en cuenta las pruebas de los peritos contra ambos supervisores

Ernesto Ekaizer
y Ernesto Ekaizer

El juez Fernando Andreu, tal como anticipó ARA, ha dictado con fecha de hoy el auto de conclusión de las diligencias de cinco años (equivalente al procesamiento) contra el ex presidente de Bankia y de BFA, Rodrigo Rato, el vicepresidente, José Luis Olivas (ex presidente de la Generalitat valenciana), el ex ministro del Interior Ángel Acebes y otros 31 administradores, y contra Francisco Celma, socio auditor de la firma Deloitte, en el caso de la salida a Bolsa de Bankia, el gran fiasco financiero que exigió cubrir pérdidas directas por valor de 23.500 millones de euros e indirectas de 23.000 millones y obligó a solicitar un rescate a la Comisión Europea en junio de 2012.

El juez ha aplicado a rajatabla su óptica personal ante los hechos: dejar fuera de los delitos de falsedad de cuentas y fraude de inversores a las cúpulas dirigentes del Banco de España y de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV). Dicta para todos ellos (gobernador, subgobernadores, directores generales y responsables de departamento) el sobreseimiento definitivo y el archivo.

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El auto de transformación de las diligencias en procedimiento puede ser recurrido ante la sección tercera de lo Penal de la Audiencia Nacional antes de pasar a la fase del auto de apertura de juicio oral. Por tanto, teóricamente, si los múltiples recursos de acusaciones populares y defensas quieren dirigir la acción contra otros participantes, podrán hacerlo. Será la sección la encargada de resolver esos recursos e incluir o no, por ejemplo, a los altos cargos del Banco de España y la CNMV ahora beneficiarios del archivo.

El juez señala con claridad cuál ha sido el objeto de la investigación. “El reproche penal que pudiera hacerse en el presente caso deviene de la creación de una apariencia de solvencia que, indirectamente, hubiera contribuido a que los interesados acudieran a la oferta pública de acciones, ficción en la que no interviene el Banco de España ni los responsables del organismo a los que ha traído a la presente causa la acusación popular”.

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Cómo podría haberse fraguado esta “ficción” o esta “apariencia de solvencia” sin la participación intelectual y activa –es decir, no solamente in vigilando- es un arcano. Porque el juez describe a los malos, los administradores ya quemados y condenados –caso tarjetas Black- y a los que deberían haberse comportado como buenos, los supervisores o vigilantes de las entidades y mercados, como los únicos, junto con el socio auditor de Deloitte, protagonistas de la historia. Después de leer las 253 páginas del auto, la conclusión cae por su propio peso: ¿para qué sirven el Banco de España y la CNMV?

El juez solo cita una vez al testigo de cargo, el inspector jefe de grupo BFA-Bankia, José Antonio Casaus, que destapó con sus correos electrónicos y declaraciones cómo la cúpula del Banco de España se empeñó en la falsa fusión de las siete cajas que dieron nacimiento a BFA-Bankia y su posterior salida a bolsa, el 20 de julio de 2011, a pesar de saber que era un grupo en quiebra técnica. Y lo cita así: “En este procedimiento no se investiga si la decisión de salida al parquet de la entidad fue acertada o, como premonitoriamente indicaba el inspector del Banco de España, José Antonio Casaus, errónea”. Es decir: el adivino Casaus acertó. Pero es que antes de dar en la diana, Casaus hizo un diagnóstico: el grupo estaba en quiebra técnica. Y sobre todo anotaban como ingresos de promotores quebrados sumas que no ingresaban sino que se encubrían con refinanciación.

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Dice el juez que “los peritos llegan a la conclusión de que las principales cajas fusionadas en el momento de la constitución del SIP se encontraban en deterioro financiero”. ¿Deterioro? Veamos qué dice el perito Víctor Sánchez, a la sazón inspector del Banco de España: “Las pérdidas acumuladas por las siete cajas en junio del 2010, al firmar el contrato de creación del SIP eran inmensas. El patrimonio conjunto de las siete cajas (15.406 millones) no reflejaba pérdidas ocultas en el valor de sus activos de al menos 16.659 millones. Es decir, en conjunto, las siete cajas que se integraron como grupo BFA estaban en quiebra técnica en junio de 2010”.

Esto parece ser algo más que el “deterioro financiero” que describe el juez. Pero dicen algo más: “La estrategia fue administrar y diferir el reconocimiento de las pérdidas y para ello se ideó una teoría contable ajena a la legislación mercantil y contable nacional e internacional, y se le trató de dar un barniz de legalidad con la incorporación de una consulta al Banco de España” (páginas 49-51 del informe del 8 de mayo de 2017).

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Tras ver los múltiples indicios de falsedades (las provisiones de 6.913 millones apuntadas en el folleto de salida a bolsa son falsas, por ejemplo), el juez dice: “Una vez que han declarado como investigados los responsables de la CNMV y el Banco de España a los que la acusación popular atribuye su participación en los hechos investigados, no existe el más mínimo indicio de que los mismos tuvieran intervención alguna en la comisión de los delitos investigados, al no haberse acreditado, ni siquiera de forma indiciaria, haber tenido participación alguna en la formulación y aprobación de las cuentas que se incorporaron al folleto informativo que Bankia presentó a la CNMV para su salida a bolsa”. Pero, ¿qué declararon estos responsables? Que esos 6.913 millones de euros en provisiones existían, que eran reales.

El juez sienta en el banquillo a Francisco Celma, socio auditor de Deloitte, y declara a la firma responsable civil subsidiario, precisamente porque, entre otras cosas, avalan la existencia de los 6.913 millones citados. Señala el auto: “El auditor no indica nada por el hecho de que en el folleto de salida a bolsa se incluyeran erróneamente 6.913 millones de cobertura de insolvencias [...] Especialmente falsa y contraria a la normativa nacional e internacional es la información relativa a la existencia de provisiones por insolvencias por importe de 6.913 millones de euros. Dicha información será utilizada por los administradores de Bankia SA como argumento de fortaleza financiera ante los potenciales inversores […] La cobertura por insolvencias no se dotó contra la cuenta de resultados”. Es lo que el perito Antonio Busquets llamó una información de carácter “comercial” para dar confianza a los inversores, es decir, en román paladino: engañar.

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El juez cita a los peritos judiciales durante el largo auto, pero cuando se topa con el Banco de España ya los deja atrás, simplemente acusa a la acusación popular del infatigable abogado Andrés Herzog de traerlos a la causa sin explicar las razones para ello. Debía haber sido la Fiscalía Anticorrupción la que hiciera tal trabajo. Pero la fineza de esa Fiscalía en este caso ha consistido en esto: Bankia es una operación de Estado, no nos metamos con el Banco de España porque detrás estaba el Gobierno.

¿Qué planteará el fiscal Alejandro Luzón, después de su éxito en la condena por apropiación indebida de 12 millones de euros que han supuesto las tarjetas Black? ¿Qué posición mantendrá ante un fraude que se enjugó con cargo al dinero de los contribuyentes con ayudas directas de 23.500 millones y otras indirectas por idéntica cantidad? Tendrá que consultar al fiscal general del Estado, José Manuel Maza.

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Pero esta historia no ha terminado. Están los recursos a la sala tercera de lo Penal, que ya enmendó la plana a Andreu precisamente respecto al Banco de España y la CNMV; y está el juicio oral. Quien crea que Francisco Celma, el socio auditor de Deloitte, se comerá solo el marrón en el juicio quizá se lleve una sorpresa. Si los cuatro famosos correos de Casaus han sido los correos del apocalipsis del Banco de España, los que atesora Celma pueden poner el broche de oro.