Gobernabilidad del Estado

¿Reducir los aforados para apartar al Supremo del caso del 1-O?

Aunque no hay consenso, esta opción ha salido en las conversaciones para la investidura

Barcelona / MadridMás allá de la renovación del CGPJ para desbancar a la derecha del poder judicial, también hay otros cambios legislativos que están en la agenda de una parte del independentismo. Uno es la reducción de los aforados, que por ahora rechaza el PSOE, según fuentes consultadas. Moncloa ni lo confirma ni lo desmiente. ¿Qué implicaría? Más allá de reducir el número de cargos que tienen un trato especial y que no pueden ser juzgados por la vía ordinaria como cualquier ciudadano, de rebote podría enviar la causa del 1-O, ahora en manos del Tribunal Supremo, a la justicia ordinaria. No es un cambio menor, porque allí todavía están procesados Carles Puigdemont, Marta Rovira, Toni Comín, Clara Ponsatí y Lluís Puig. Preguntados oficialmente por esta cuestión, los implicados en la negociación mantienen el hermetismo, pero varias fuentes consultadas por ARA admiten que esta fórmula ha formado parte de las conversaciones.

El argumento de esta reforma sería reducir lo que se considera un "privilegio", pero para los independentistas supondría sacar de la ecuación al Tribunal Supremo. Dejando los aforados a la mínima expresión –entre otros muchos podrían eliminarse los de los eurodiputados–, el Supremo tendría aún más difícil justificar por qué mantiene el control de la causa (el alto tribunal argumenta que eran aforados en el momento de cometer los presuntos delitos por el cargo que ocupaban). Con la reforma aspirarían a que su caso fuera a parar a un juez de primera instancia.

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De este modo, también se asegurarían de que, si se aprobase la ley de amnistía, no fuese el Supremo, sino la justicia ordinaria quien tuviese la clave de los encausados del Proceso. Hay que tener en cuenta que aunque el Congreso de Diputados dé luz verde al olvido judicial –en caso de acuerdo de investidura–, serían los jueces quienes deberían aplicar la norma en cada caso. El Supremo, como mínimo, podría retrasar sus efectos elevando una cuestión de inconstitucionalidad al Tribunal Constitucional o una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Los aforados

En España son aforados los diputados estatales y autonómicos y los senadores, eurodiputados, miembros del CGPJ, TC y Tribunal Supremo, además de los presidentes de la Audiencia Nacional y de las salas de los tribunales superiores de justicia. También el fiscal general del Estado –y los fiscales de sala del Supremo–, los presidentes y consejeros del Tribunal de Cuentas, del Consejo de Estado, el Defensor del Pueblo, además de todos los presidentes y consejeros autonómicos, una larga lista de militares, los reyes eméritos, la reina y las princesas. El único límite a la hora de plantear un cambio en este campo sería lo que establece la Constitución: establece que diputados, senadores, el presidente y los miembros del gobierno español deben ser juzgados en el Tribunal Supremo (además de recoger la inviolabilidad del rey). Del resto no dice nada y, por tanto, podrían cambiar de estatus por ley.