Cuando todo el TC, menos un magistrado catalán, rechazó que Catalunya es una nación
Eugeni Gay fue el único de los miembros del TC que dictaron sentencia sobre el Estatut que avaló el término
BarcelonaBuena parte de las discusiones sobre el Estatut de Catalunya (EAC) giraron en torno al reconocimiento de Catalunya como nación. Ahora, este concepto se ha colado de nuevo en las negociaciones por la investidura de Pedro Sánchez, aunque no como elemento principal de las conversaciones. En el proyecto de Estatuto aprobado en el Parlamento el 30 de septiembre de 2005 con 120 votos a favor de 135 afirmaba de forma solemne en su artículo primero que "Catalunya es una nación". Al final, después de una ardua negociación con el PSOE, se optó por una solución descafeinada, pero que parecía óptima para pasar el filtro del TC. La mención de Cataluña como "nación" se sacó del articulado (única parte con valor normativo) y se trasladó al preámbulo con una fórmula que más que afirmativa era una mera descripción: "El Parlament de Catalunya, recogiendo el sentimiento y la voluntad de la ciudadanía de Cataluña, ha definido Cataluña como nación de una manera ampliamente mayoritaria." ¿Problema resuelto? Pues no.
En la sentencia, aprobada por un ajustado 6 a 4, los magistrados creyeron necesario, en su primer párrafo, dejar claro que la mención de los términos "nación" y "realidad nacional" del preámbulo no tenían ninguna "eficacia jurídica", puesto que la única nación existente es la española. Y a lo largo de la sentencia se repetía una y otra vez que el adjetivo "nacional" aplicado a las instituciones catalanas derivaba del término "nacionalidad", reconocido por la Constitución, y no de ninguna nación catalana. Éste fue uno de los debates más candentes entre los magistrados, hasta el punto de que cuatro de ellos, los conservadores que votaron en contra, emitieron votos particulares muy críticos con el uso de estos términos e incluso el de "ciudadanía catalana" o "pueblo catalán".
Los votos particulares conservadores
Así, el magistrado Jorge Rodríguez-Zapata llegó a escribir que el preámbulo "subvierte la decisión esencial de toda la Constitución española". "La afirmación del preámbulo del EAC que el Parlamento de Cataluña ha definido a Cataluña como nación permite afirmar un poder constituyente autonómico complementario o alternativo al del pueblo español", afirmaba.
El magistrado Javier Delgado también consideró que el concepto de "bilateralidad" entroncaba directamente con el de "nación": "Se trata de situar las relaciones entre el Estado y la Generalitat en el terreno político, es decir, entre la Nación española y la Nación catalana, en un mismo nivel -una tipo de soberanía compartida que da lugar a relaciones entre iguales–, propio no ya del Estado federal sino del confederal, lo que resulta evidentemente inconstitucional".
Un tercer magistrado conservador, Vicente Conde, criticaba que se hablara de "nación" pero también del adjetivo "nacional": "Nacional es el adjetivo calificativo correspondiente al sustantivo nación, y si jurídicamente se diferencian en el art. 2 CE, como entes diferentes, los de nación (única) y nacionalidades (diversas), no es posible, sin lesión de la lógica jurídica, aplicar este adjetivo calificativo a una realidad sustantiva distinta a la nación", afirmaba. que hablar de la "radio nacional de Cataluña" o del Teatro Nacional de Cataluña (TNC) sería, a su juicio, inconstitucional.
Por su parte, Ramón Rodríguez Arribas se mostró escandalizado porque de la lectura del preámbulo "se desprende de forma literal que aquellos valores y principios se inspiran en la concepción de una nación catalana". Y que el asunto era "tan grave" que debían declararse nulos todos estos párrafos del preámbulo.
La puñalada de Gay
El quinto voto particular de la sentencia lo emitió el único magistrado catalán que había, Eugeni Gay, y lo hizo con la motivación contraria a la de sus compañeros conservadores: para subrayar que no había que decir que el preámbulo carecía de "eficacia" jurídica". Primero porque los preámbulos no tienen y segundo porque "es indudable que Catalunya, como afirma el preámbulo del Estatut, es fruto de un proceso histórico "de muchas generaciones, de muchas tradiciones y culturas", origen de un "pueblo ” que ha expresado su vocación de autogobierno, de tal modo que la definición de Cataluña como nación resulta lógica en el contexto en el que así se manifiesta”.
Así pues, lo que para unos era la apertura de las puertas del infierno, la aparición de la palabra nación en el preámbulo del Estatut, para Gay era algo lógico en ese contexto que no colidia con la Constitución. Y es que para el magistrado catalán la sentencia "denota en ciertos momentos un academicismo más propio del siglo XIX, centrado en el debate entre el positivismo y el historicismo y alejado en cualquier caso de la realidad jurídica del mundo contemporáneo, en el que las soberanías son difíciles de distinguir y los Estados no son soberanos en el pleno sentido del término”. Este párrafo era una puñalada de Gay a sus compañeros, a quienes viene a acusar de tener una visión anclada en el nacionalismo del siglo XIX que les impedía aceptar las reivindicaciones de la Cataluña del siglo XXI.