Igualdad

¿Por qué la ley trans es tan polémica?

La autodeterminación de género ha sido uno de los puntos más polémicos por el debate que hay todavía en el movimiento feminista

MadridEste lunes el gobierno español ha dado luz verde a la ley trans, la norma por la igualdad plena y efectiva de las personas trans, que no ha tenido una tramitación nada fácil. Entre los puntos clave que incluye el texto hay poder hacer un cambio de sexo a partir de los 16 años sin tener que presentar un informe médico. Precisamente, el reconocimiento de la autodeterminación de género ha sido uno de los debates más encendidos en el seno del gobierno de coalición. De hecho, es una de las cuestiones que continúa dividiendo el movimiento feminista. Estos son algunos de los puntos más polémicos de la norma:

La autodeterminación de género

El PSOE y Unidas Podemos no tienen la misma postura sobre la autodeterminación de género. La ministra de Igualdad, Irene Montero, ha conseguido imponer sus tesis sobre esta cuestión y poner por escrito que un cambio de género se puede hacer sin un informe médico preceptivo ni tampoco un tratamiento hormonal. Ahora bien, desde el PSOE, la exvicepresidenta española, Carmen Calvo, abanderó una posición discrepando al cuestionar que el género se pueda determinar por la "simple voluntad o deseo" de una persona y había alertado que con el cambio que proponía el ministerio de Igualdad se ponía en riesgo la lucha por la igualdad de las mujeres. Los socialistas consideran que el sexo es un hecho "biológico", mientras que Unidas Podemos lo ve también como un elemento "cultural".

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La edad para decidir un cambio de género

El ministerio de Igualdad se ha mantenido en su propuesta inicial: que las personas trans que a partir de los 16 años quieran consumar su cambio de sexo en el DNI lo puedan hacer sin ningún informe médico, pero tampoco ninguna autorización de los padres o tutores legales. Una posición que chocaba con la que expresó el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en el informe –no vinculante– que emitió en el mes de abril. En este sentido, proponían elevar la edad para solicitar el cambio de sexo sin necesidad de ninguna autorización hasta los 18 años. Además, también apostaban por que los menores de entre 14 y 16 pudieran cambiar su DNI no solo con la autorización de sus representantes legales, sino también con una aprobación judicial, tal como la normativa de Montero establece para los menores de entre 14 y 12 años.

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Reconversión de género

La nueva normativa también establece que una persona trans pueda recuperar la identidad anterior, pero solo por la vía judicial y pasados al menos seis meses de la modificación en el registro. El ministerio de Igualdad ha intentado responder a algunas de las críticas de una parte del feminismo, que reprocha que la libre determinación de género servirá para que las personas trans se acojan a los beneficios de normas y medidas que buscan la equiparación de derechos entre hombres y mujeres. Precisamente, el CGPJ dejaba por escrito que algunos artículos de la ley implicaban una "discriminación indirecta de aquellas personas no recogidas en el ámbito de aplicación [de la ley], especialmente significativa hacia las mujeres no transexuales". En este sentido, ponían como ejemplo el mundo del deporte y remarcaban la "diferencia de las condiciones físicas" entre las mujeres transexuales y las que no lo son.

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La intersexualidad

El gobierno español legisla por primera vez los derechos de las personas intersexuales, es decir, que nacen con genitales femeninos y masculinos a la vez. La ley trans prohibirá las mutilaciones genitales quirúrgicas de los bebés y se amplía la edad hasta los menores de 12 años, excepto que haya riesgo para la salud. En el caso de las personas menores de entre 12 y 16 años, solo se permitirán estas prácticas si lo solicita la misma persona que, por su edad y madurez, pueda consentirlo.

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Reproducción asistida

La ley recupera el derecho de las personas lesbianas y bisexuales a acogerse a tratamientos de reproducción asistida, que el PP eliminó en 2007. Además, la normativa también recoge una modificación del artículo 120 del Código Penal que permitirá la filiación de los hijos de las mujeres no gestantes sin que se tengan que casar con su pareja.