Competencia

Competencia aprueba su primera prohibición a una concentración de empresas

La CNMC afirma que la integración de Curium y la catalana IRAB sería un "obstáculo" para la libre concurrencia en los mercados de radiofármacos para detectar cáncer

BarcelonaPor primera vez, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha decidido prohibir una concentración de empresas desde su creación en el 2013. Se trata de la protagonizada por Curium Pharma Holding Spain, SLU (Curium), propiedad de unos fondos con sede en Luxemburgo, que tenía previsto tomar el control del Instituto de Radiofarmacia.

El organismo público entiende que la operación "implica un obstáculo para la competencia efectiva en los mercados de los radiofármacos PET que se utilizan en pruebas de detección de cáncer y en los mercados de prestación de servicios de fabricación por contrato a terceros (CMO) de radiofármacos PET".

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Curium es un operador con gran capacidad productiva. Tiene dos ciclotrones propios (tipo de acelerador de partículas) y explota comercialmente otros cinco, todos públicos, repartidos por toda España. IRAB, por su parte, es un operador propietario de un único ciclotrón en Barcelona.

Precedentes en el TDC

La CNMC, presidida por Cani Fernández, recibió la notificación de la compra el 17 de octubre del pasado año. Durante su análisis en primera fase, detectó riesgos para la competencia e inició una segunda fase, que finaliza ahora con la prohibición. Este organismo suele establecer condiciones en las operaciones de concentración, como en el caso de la prevista entre el BBVA y el Banc Sabadell, pero hasta ahora no había vetado ninguna operación. Los precedentes provienen del antiguo Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC), anterior a la CNMC, que vetó, por ejemplo, la de Gas Natural y Endesa en el 2006 y la de Telefónica e Iberbanda ese mismo año.

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Tras el análisis realizado, la CNMC concluye que "la compra amenaza la competencia en los mercados de suministro de radiofármacos PSMA (empleados para detectar el cáncer de próstata), y en el de prestación de servicios de fabricación por contrato a terceros (CMO) en el noreste de España". Los compromisos presentados por Curium, advierte, "no son suficientes ni eficaces para resolver los problemas detectados ni existen condiciones viables que los solucionen". Y, además, las condiciones que pudiera imponer la CNMC para aprobar la operación "tampoco serían efectivas".

En cualquier caso, la prohibición no es definitiva. Se comunicará al Ministro de Economía, Comercio y Empresa, que decidirá su elevación al Consejo de Ministros que, de considerarlo conveniente, podrá valorar la operación atendiendo a criterios de interés general distintos a la defensa de la competencia. Éste es el criterio que se utilizó por parte del gobierno español por prohibir durante un mínimo de tres años la fusión entre el BBVA y el Sabadell, una vez avalada la operación por la CNMC.

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A pesar de exceder sus competencias, la Autoridad Catalana de la Competencia (Acco) elaboró ​​un informe preceptivo, no vinculante, en la segunda fase del procedimiento. Y en ese análisis se señalaba que "existían riesgos significativos de que la operación de concentración pudiera reducir la competencia efectiva en el mercado de fabricación y comercialización de radiofármacos PET para el diagnóstico de cáncer de próstata PSMA en Catalunya".