"La derecha ataca la sedición; la izquierda la filtración"

Palacio Real: El disgusto del Supremo evoca al capitán Renault de Casablanca

Ernesto Ekaizer
13/10/2019

MadridLa recepción del 12 de octubre en el Palacio Real fue caja de resonancia de las filtraciones de la sentencia del procés. Ministros consultados señalan que en los corrillos no se hablaba de otra cosa. El resumen sería: “La derecha critica la decisión de condenar por sedición por insuficiente; la izquierda ha atacado las filtraciones”.

Hubo varios corrillos. Los más nutridos fueron los "presididos" por Manuel Marchena, presidente de la Sala Segunda, presidente del tribunal del procés y ponente de la sentencia, y el del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

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El tema: las filtraciones. Marchena expresó su “disgusto” y los periodistas convirtieron ese corrillo en una suerte de rueda de prensa ad hoc.

Pero el “disgusto” del Supremo ha evocado a algunos, en tono humorístico, aquella secuencia de la película Casablanca en la que el capitán Renault (el actor Claude Rains) se presenta en el café de Rick y da un pitido, ordena cerrar el local mientras recoge lo ganado en la ruleta.

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-¡Qué escándalo! ¡Qué escándalo! He descubierto que aquí se juega!

-Sus ganancias, señor.

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-¡Oh, gracias!

El rastreo de algunas filtraciones, según fuentes jurídicas, arrojaría algunas pistas por su homogeneidad. Esas fuentes citan el hecho de que varios medios hablasen de que el Supremo había descartado la “rebelión consumada”.

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Precisamente, no existe la figura de la “rebelión consumada”. El artículo 472 del Código Penal se interpreta como un delito de “consumación anticipada” o de “resultado cortado”. No es necesario que el alzamiento violento y público triunfe, por así decir, para que se considere consumado.

Decir que se descarta la “rebelión consumada”, además, sin informar el delito por el que se ha optado, sugiere implícitamente un delito de tentativa o de conspiración para la rebelión (artículo 478 del Código Penal). Las fuentes que informaron a esos medios querían significar con el concepto “rebelión consumada” que se descartaba la rebelión pura y dura, sin desvelar que se había resuelto condenar por sedición.

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¿Por qué optó el tribunal por la sedición? El tribunal tenía tres alternativas: una, la desobediencia, aceptada por las defensas, ya estaba descartada; rebelión, de la Fiscalía y Vox, y sedición, por la Abogacía General del Estado.

La inexistencia de violencia apartó enseguida la rebelión.

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Y la conspiración para la rebelión presentaba un problema para el principio acusatorio, señalan fuentes judiciales, y es que ninguna de las acusaciones lo había planteado como alternativa. Incluso siendo un delito que puede entrar en la categoría de “homogéneo” con el de rebelión, las defensas no pudieron defenderse ante la conspiración porque nadie la planteó. Podía, pues, provocar indefensión pronunciarse por ella.