El exfiscal del caso Lezo solicitó imputar a Esperanza Aguirre en octubre de 2017

Le atribuyó en el caso GolfCanal prevaricación urbanística y cooperación para la malversación

El president de la Comunitat de Madrid, Ignacio González, parla amb la seva antecessora, Esperanza Aguirre, a la reunió del comitè general del PP de Madrid / JUANJO MARTÍN / EFE
Ernesto Ekaizer
12/05/2019
5 min

MadridEl juez Manuel García Castellón, titular del juzgado central de instrucción número 6 de la Audiencia Nacional, a instancias de la Fiscalía Anticorrupción, citó a declarar la semana pasada, según el plan de la fiscal Carmen Cuenca, a cuatro investigados, exgerentes y cargos técnicos del Canal de Isabel II (CYII) en relación con la operación de las instalaciones deportivas GolfCanal. “Los jefes se descargan en los técnicos y los técnicos en los jefes; los ingenieros, a su vez, en los juristas. Todo son dictámenes, informes, autorizaciones. Es decir: un tema administrativo. Y eso sí: el nombre de Esperanza Aguirre flota en el ambiente, pero nunca se pronuncia”, dice una fuente jurídica con conocimiento de las declaraciones.

¿Quién le teme y por qué a Esperanza Aguirre, sin cuya firma en enero de 2007 la operación presuntamente delictiva de construcción de tres campos golf en terrenos propiedad de la empresa Canal de Isabel II – campos que han empezado a desmantelarse recientemente por orden judicial- no hubiese sido posible?

El que no ha tenido temor en coger el toro por los cuernos ha sido Carlos Yañez, miembro de la Fiscalía Anticorrupción en Madrid hasta primeros de noviembre de 2017. Es uno de los fiscales -al que quiso apartar el fiscal jefe Manuel Moix- que impulsó la querella de la Operación Lezo en julio de 2016 contra el exvicepresidente de la Comunidad de Madrid, Ignacio González.

Antes de pedir el traslado a la Fiscalía Anticorrupción en Granada, de donde procedía hasta recalar en comisión de servicios en Madrid, Yañez entregó a los responsables de la Fiscalía Anticorrupción un informe con fecha 24 de octubre de 2017. Aunque de modo informal, porque la Fiscalía no se lo envió, el juez García-Castellón pudo tener acceso al informe.

El documento de 22 folios describe los indicios racionales de criminalidad contra la expresidenta de la Comunidad de Madrid y otros cinco miembros del Gobierno que firmaron el acuerdo del 18 de enero de 2007.

Por su parte, Ignacio González, sucesor de Aguirre, y presidente de CYII al adjudicarse en 2007 el proyecto de los campos de golf en la madrileña calle de Islas Filipinas del barrio de Chamberí por 40,7 millones de euros a la constructora ACS, y su hermano Pablo González - presunto intermediario a través de su participación en la empresa Tecnoconcret- y otros exdirectivos, permanecen imputados en esta pieza, la número 2 del caso Lezo, desde el comienzo de la investigación.

En su informe, el fiscal Yañez señala que “Esperanza Aguirre Gil de Biedma y todos los miembros del Consejo conocían fehacientemente que la licitación de la explotación del campo de golf se inició en agosto de 2006 (licitación que se publicó en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid), a pesar de no tener licencia para la ejecución de la obra. Igualmente conocían que las obras ya se habían iniciado mucho antes del acuerdo, ya que fueron inauguradas por la señora Aguirre el día 28 de marzo de 2007, es decir, aproximadamente dos meses después del mencionado acuerdo”.

El informe precisa: “Esperanza Aguirre Gil de Biedma y el resto de consejeros (incluido el señor Ignacio González) que votaron a favor en el acuerdo de 18 de enero de 2007, tenían pleno conocimiento de todos los hechos descritos y quebrantaron la ley para lograr que la realidad material que ellos mismos habían generado ilícitamente, la ejecución de obras públicas sin licencia municipal de obras, tuviese una aparente cobertura legal. Los consejeros tuvieron elementos suficientes para conocer el interés patrimonial desmesurado que Ignacio González tenía en la operación, ya que en esas mismas fechas se publicó en prensa que Ignacio González tenía intención de participar en la operación a través de la sociedad Tamanaco que era propiedad de su entorno. familiar. Precisamente por esta publicación, se desiste de utilizar esta empresa y se hace uso de la mercantil Tecnoconcret”.

Yañez vincula la operación con otra de las actividades investigadas en Lezo, la financiación irregular del Partido Popular.

“Igualmente concurren en la causa indicios objetivos de que Esperanza Aguirre Gil de Biedma conocía e incluso compartía con Ignacio González, las actividades ilícitas que se investigan en la pieza número 4 de este procedimiento relativas a la financiación ilegal del Partido Popular de Madrid. En este sentido, el día 8 de marzo de 2017 se intervino una conversación entre Ignacio González y Esperanza Aguirre en la que esta última reconoce abiertamente dicha financiación ilegal”.

He aquí el diálogo, del 8 de marzo de 2017, que el fiscal reproduce en su escrito:

"IGNACIO GONZALEZ recibe llamada de ESPERANZA AGUIRRE.

E:Esperanza Aguirre

I:Ignacio González

Transcripción literal:

I: No sé. Yo, de esto de FUNDESCAM la verdad que no tengo, pero vamos, yo creo que FUNDESCAM jamás ha estao en nada de nada.

E: Yo es que creo que como se decía de pequeño. Frío, frío, frío,oiga.

I:Claro,esque...

E: Que nos hayamos saltao EL LIMITE DE DINERO ELECTORAL PA LA CAMPAÑA, pos puede, pero desde luego FUNDESCAM no ha pagao...

I: Bueno, pero es que eso, es que eso lo supervisa la junta electoral o quien sea y ya está, ¿no?

E: (Asiente)"

El informe del fiscal cifra las comisiones presuntamente extraídas de la Comunidad de Madrid.

“El importe total de comisiones ilícitas obtenidas a costa de fondos públicos de la CAM invertidos en la ejecución de la obra de las instalaciones deportivas y del contrato de gestión y explotación de las mismas fue de 1.201.537,97 euros”.

El informe señala: “Los actuantes respondieron a un concierto ilícito para la consecución del plan dirigido al apoderamiento de capitales públicos de la Comunidad de Madrid. Para la ejecución de este plan resultó esencial la contribución de Esperanza Aguirre Gil de Biedma y del resto de consejeros que adoptaron el acuerdo ilegal de 18 de enero de 2007, en la medida que conocían o en el mejor de los casos, debían conocer el ilícito actuar de Ignacio González, a pesar de lo cual adoptaron el reiterado acuerdo como una contribución esencial a la consumación delictiva, hasta el punto que, de haberse denegado el acuerdo, no se habría consumado el presunto apoderamiento patrimonial realizado en la ejecución de la obra y en la explotación de las instalaciones deportivas”

La calificación jurídica, según el informe elevado por Yañez, señala que “el acuerdo de 18 de enero de 2007 constituye indiciariamente un delito de prevaricación urbanística previsto y penado en el artículo 320 del Código Penal, del que responden en concepto de autores los miembros del consejo de cobierno de la Comunidad de Madrid que votaron a favor del ccuerdo, así como los técnicos que emitieron dictámenes contrarios a la legalidad vigente. Asimismo, indiciariamente los señalados prestaron una cooperación necesaria en un delito cualificado de malversación de caudales públicos previsto u penado en el artículo 432,1 y 2 del Código Penal vigente al tiempo de los hechos. Del expediente aportado a las actuaciones en virtud de requerimiento judicial se identifica plenamente que el acuerdo fue adoptado por Mariano Zabía Lasala, Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio y por Esperanza Aguirre Gil de Biedma, Presidenta de la CAM, sin que al día de la fecha se haya aportado al juzgado el acta del Consejo de Gobierno que adoptó el Acuerdo con todos los que intervinieron en dicho Consejo”.

Las operaciones descritas no están prescritas. La querella de julio de 2016, precisamente, interrumpió la prescripción.

Pero aun sigue pendiente la medida propuesta por Yañez: “Se interesa que se acuerde citar en calidad de investigados para garantizar adecuadamente sus derechos procesales, a las siguientes personas: 1) Esperanza Aguirre…”

L’informe del fiscal sobre el cas Lezo
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