Ahora os diremos quién puede votar
Se ha convertido en un funcionamiento de rutina que las entidades cívicas —o directamente los partidos— de extrema derecha o ultranacionalistas españoles lleven a las altas instancias judiciales sus exigencias políticas, y que jueces y fiscales asuman el trabajo de convertirlas en sentencias o resoluciones de cumplimiento obligado para la ciudadanía y/o las instituciones. Es lo que se conoce como judicialización de la política, un mecanismo que se engrasó y afinó (“afinar” era una palabra clave) durante los años de persecución y criminalización del independentismo catalán, y que ahora ya ha cogido velocidad de crucero contra todos los enemigos de España que se pongan por delante, empezando si hace falta —como también ya hace unos años que vemos— por el mismo gobierno de España.
Hemos llegado a un punto especialmente preocupante, en el que un alto tribunal (el Supremo) ordena impedir el voto a un colectivo de ciudadanos, previa petición a la carta de la mencionada derecha ultranacionalista. El colectivo es el de los descendientes de los exiliados que tuvieron que abandonar España por culpa de la persecución política durante el franquismo, que habían sido nacionalizados en virtud de la aplicación de la disposición adicional octava de la ley de memoria democrática, una disposición adicional que se ha acabado conociendo como ley de nietos. El Supremo había aplicado medidas cautelares contra el voto de los 163.020 ciudadanos que se acogieron a ella, la Abogacía del Estado había pedido dejar sin efecto estas medidas cautelares y finalmente el Supremo ha respondido con un auto (con el voto particular de la magistrada María Alicia Millán) que niega la razón a la Abogacía del Estado y confirma por tanto la decisión de dejar sin voto a todos estos ciudadanos con vistas a las elecciones del 29 de noviembre. Los que acudieron a la justicia denunciando la ley de nietos fueron Vox y una entidad llamada Iustitia Europa: a la extrema derecha le gustan los nombres en latín, por el mismo motivo que les suelen gustar las películas de romanos. Entre las argumentaciones del Supremo para justificar su decisión, figura ni más ni menos que la necesidad de velar, según ellos, por “la pureza” del proceso electoral, se entiende que empezando por el censo.
La ley de memoria democrática entró en vigor en octubre de 2022, y esto significa que los descendientes de exiliados que obtuvieron la nacionalidad española como consecuencia de su aplicación pudieron votar en las elecciones (autonómicas, municipales, generales y europeas) de los años 2023 y 2024. En 2026, en cambio, no lo podrán hacer. La decisión, como es obvio, repugna el más mínimo sentido democrático, por sí misma y porque abre la puerta a la posibilidad de seguir arrebatando el derecho más esencial, que es el voto, a otros ciudadanos que no cuadren bien con “la pureza” requerida por una panda de ectoplasmas con ínfulas de salvadores de la patria, sea cual sea, y por sus correligionarios del Supremo. Como siempre: hoy son los descendientes de los exiliados, mañana podemos ser todos nosotros. Por lo que parece, sin embargo, muchos todavía no lo han entendido.