¿Cuánto cuesta un despido improcedente?

En la cruzada de la ministra de Trabajo y Economía Social para mejorar las condiciones laborales, la reducción de la jornada se lleva todos los focos. Pero detrás hay otra, menos mediática y más delicada, que a nivel político está aún por empezar: la de la compensación por los despidos improcedentes.

La reforma laboral de Mariano Rajoy, en el 2012, abarató este despido y lo fijó en 33 días por año trabajado (en vez de 45) con un máximo de 24 meses (en vez de 42): una indemnización tasada y con tope. Es una fórmula sencilla con costes conocidos y previsibles por parte de empresas y trabajadores. Pero también es un sistema que ignora las circunstancias de la persona despedida, su vulnerabilidad, o los sacrificios realizados para acceder al puesto de trabajo.

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Esta fórmula universal ha sido puesta en cuestión por el Comité Europeo de Derechos Sociales en respuesta a quejas interpuestas por UGT y CCOO. Ambas respuestas de este comité han sido contundentes: el sistema español no cumple con el artículo 24 de la Carta Social Europea, ratificada por España en 2021, que establece que los trabajadores tienen derecho a no ser despedidos sin razones válidas y que la compensación debe ser "adecuada." Ahora bien, la opinión de este comité es solo eso, una opinión.

En primer lugar, el comité cuestiona si ese mecanismo con tope es suficiente para desincentivar los despidos injustificados por parte de las empresas. Se conoce el coste que tendrá, se hace un análisis coste-beneficio y, si sale a cuenta, se paga la indemnización y no es necesario dar más explicaciones. En segundo lugar, también pone en entredicho que la universalidad de la cuantía de la indemnización sea una "compensación adecuada" para todas las personas que hayan sido despedidas sin motivo justificado.

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Ante esta situación, algunos trabajadores emprenden la vía judicial en busca de una compensación más personalizada. Es conocido el caso de una trabajadora despedida tres días antes de que se aprobaran los ERTE en 2021, y que acabó con una compensación extraordinaria. Esto ocurrió incluso antes de la ratificación española de la Carta Social Europea. En otro caso más reciente, el de un trabajador despedido de forma improcedente después de 1 mes y 4 días (indemnización de 430 euros), la empresa tuvo que añadir 30.000 euros cuando el tribunal ponderó que la persona había renunciado a un contrato indefinido para aceptar el nuevo contrato.

Pese a los precedentes, este verano el Tribunal Supremo ha sentenciado que el sistema judicial no puede llenar el vacío que existe entre la "fórmula fija" de la legislación española y la "compensación adecuada" que establece la Carta Social Europea y que los cambios se tienen que hacer por vía legislativa.

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El círculo se estrecha, pero la ministra no tiene apoyos dentro del gobierno mismo, y menos en el Congreso. A lo sumo, se logrará una modificación de fórmula para incrementar la cuantía de las compensaciones para contratos cortos, que son irrisorias en comparación con los largos, y que no tienen ningún efecto disuasivo para las empresas.