Por una ley de plurilingüismo posible

El 21 de diciembre los presidentes Pedro Sánchez y Pere Aragonès pactaron una ley española de plurilingüismo, en aplicación del programa de Esquerra para las últimas elecciones. A diferencia de la reforma del régimen lingüístico de la Unión Europea, una ley española de plurilingüismo depende sólo de la voluntad del legislador español, y dado que en la actual coyuntura política tal voluntad se puede dar por hecha es oportuno que hablemos de esta ley con cierta inmediatez.

Lo primero es decir que la propuesta de una ley de plurilingüismo no nace en el vacío. Desde la ley de lenguas propuesta por el primer tripartito catalán (2005) hasta la proposición de ley orgánica de reconocimiento y amparo de la pluralidad lingüística de España presentada por el grupo parlamentario socialista en el Congreso (2017), son numerosas las iniciativas que se han debatido (o no) en las Cortes españolas y que debería tenerse sobre la mesa cuando se empiece a discutir la nueva ley. En este ámbito de los precedentes, sería también adecuado tener en cuenta la reflexión académica existente y, en una dimensión más activista, las aportaciones a los Seminarios Interdisciplinarios sobre Plurilingüismo en España celebrados en Madrid, Barcelona, ​​Valencia y San Sebastián.

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En segundo lugar, como suele ocurrir en casos así, no hay que perder de vista la política comparada. En Europa no hay muchos ejemplos de leyes de lenguas como la que se plantea en España, pero hay una en concreto que también debería estar sobre la mesa desde el principio. La ley sobre las lenguas nacionales y la comprensión entre las comunidades lingüísticas de Suiza está llena de cláusulas que pueden inspirar al legislador español. La ley suiza regula "el uso de las lenguas oficiales por las autoridades federales y en las relaciones con ellas", que es más o menos lo que ambos Peres convinieron que era necesario regular, en la línea del programa electoral de Esquerra .

En tercer lugar, la ley de plurilingüismo también debería ser la ocasión para que el legislador español "transponga", por así decirlo, los artículos de la Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias relativos a la administración en general y al administración de justicia en particular. En la medida en que ha sido ratificado por España, este tratado internacional forma parte del ordenamiento jurídico español, pero lo cierto es que hasta ahora España no ha hecho el esfuerzo legislativo por consagrar esta circunstancia.

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Con todos estos ingredientes, debería ser posible elaborar una ley perfectamente constitucional, una ley que incluso pudiera recibir el apoyo de una mayoría parlamentaria más amplia que la apoyada por la investidura de Pedro Sánchez. El núcleo de la ley debería ser un principio con el que todo el arco parlamentario podría estar de acuerdo: el derecho de opción lingística. En las relaciones con la administración estatal, los ciudadanos deberían tener garantizado de forma efectiva el derecho a utilizar la lengua oficial que elijan ya ser correspondidos en esta lengua.

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En pro de este consenso amplio, la ley no debería interferir en la competencia de las comunidades autónomas para regular la oficialidad de sus propias lenguas, especialmente en el campo de la enseñanza. Por poner sólo un ejemplo, en esas mismas páginas Sebastià Alzamora argumentaba que la ley española debería hacer imposible la "segregación" lingüística escolar que pretende el gobierno de las Islas Baleares. La ley no debería ser la excusa para abrir ninguna guerra entre el Estado y las comunidades, y menos en un caso como éste, que obligaría al legislador a hacer imposible también la "segregación" que impera en País Vasco y Navarra desde hace décadas. En pro de este consenso, también sería necesario mucho tacto con la misma denominación de las lenguas. La proposición de ley del PSOE presentada en el 2017, por ejemplo, hablaba de las "lenguas oficiales distintas del castellano". Si la mayoría de parlamentarios no están preparados para aceptar la denominación "catalán/valenciano", es mejor no envolverse.

En resumen: a diferencia de la oficialización del catalán en Europa, la ley española de plurilingüismo descansa en un acuerdo previo entre los actores que pueden hacerla posible y eso hace que sea más realista, pero para que todo ello no sea leído como otra concesión de Sánchez al independentismo (y como tal, derogable en un futuro), la ley debería ser promovida como una exigencia constitucional que sólo busca garantizar los derechos de todos los ciudadanos españoles a utilizar sus lenguas en condiciones de igualdad .

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