Sànchez y Cuixart, ante Estrasburgo

Como ya pasó en el caso de Jordi Turull y Josep Rull, el contenido de los dos votos discrepantes de la mayoría del TC que ha avalado la sentencia del Supremo por sedición contra Jordi Sànchez y Jordi Cuixart acontece el fundamento sobre el cual construir el recurso ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH). Justo es decir, además, que el recurso de Sànchez y Cuixart es el que tiene más posibilidades de prosperar, puesto que se trataba de líderes sociales en el momento de los hechos (y Cuixart todavía lo es), sin ninguna responsabilidad política. Juan Antonio Xiol y María Luisa Balaguer van más allá de señalar que las penas son "desproporcionadas" y avisan: "Amenazan con empobrecer nuestra democracia, con alinearnos con sociedades disciplinadas por el abuso del sistema penal en la represión de conductas que se desarrollan en el ámbito material de los derechos fundamentales y con alejarnos de la necesidad de una interpretación y aplicación progresiva de los derechos que posibilitan la normal participación de la ciudadanía en las democracias plenas". O sea, que la sentencia alinea España con regímenes autoritarios (pongan ustedes los nombres de los países, pero podría ser desde Hungría hasta Rusia, pasando por Turquía), y la aleja de las democracias más avanzadas en el seno de la Unión Europea.

Y es que los votos particulares subrayan justamente que la sentencia se aleja de lo que es la jurisprudencia del TEDH, que recela de las penas elevadas en todo aquello que tenga que ver con el derecho a manifestación. Para ellos, la condena tiene un "indeseado efecto desincentivador" del derecho a la manifestación, puesto que supone un precedente peligroso para cualquier entidad que convoque movilizaciones o incluso para las personas que podrían participar en ellas. Es bastante evidente, pues, que en el caso de los Jordis la justicia española ha hecho una lectura del Código Penal incompatible no solo con los valores democráticos europeos, sino incluso con la literalidad de la Constitución.

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Por eso es especialmente grave que el mismo TC renuncie a su papel de guardián de la Constitución y se alinee, en coherencia con su mayoría conservadora, con Manuel Marchena y con la derecha españolista. En la sentencia, esta mayoría insiste en la tesis que las manifestaciones tenían como objetivo "desbordar" la legalidad. La pregunta es: ¿Cómo se puede desbordar la legalidad ejerciendo un derecho fundamental como el de manifestación? Y también se afirma que los condenados "han sido sancionados para incitar a incumplir la Constitución". Hasta donde se sabe, la libertad de expresión también incluye el derecho a "incitar a incumplir la Constitución" y, en todo caso, lo que sería ilegal seria incumplirla, cosa que en su caso no pasó. De alguna manera, los magistrados están contradiciendo al mismo Tribunal, que en repetidas ocasiones ha remarcado que la democracia española no es "militante", es decir, que se permite la discrepancia.

Y todavía es más insólito que tenga que ser el ejecutivo, a través de los indultos, quien venga a paliar esta enorme arbitrariedad jurídica que es la sentencia del 1-O.