Los servicios jurídicos del Govern minimizaron el riesgo de que el TSJC suspendiera cautelarmente el aplazamiento electoral

El informe de Exteriores cuestiona la "legitimidad" del 14-F si se acaba celebrando

Aleix Moldes / Núria Orriols
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Un dels col·legis electorals de la Corunya durant les eleccions gallegues del 12 de juliol.

BarcelonaUn decreto de suspensión de las elecciones no se había visto nunca en la historia reciente de Catalunya ni en la de buena parte de los países que han tenido que tomar la misma decisión en el último año, afectados por la pandemia de coronavirus. El hecho es que el Govern tenía varios informes sobre la mesa -que ha hecho públicos este martes después de la suspensión del decreto por parte del TSJC- y la garantía por parte de los servicios jurídicos de la Generalitat de que se estaba actuando de forma correcta. "La viabilidad de que la impugnación o medida cautelar [contra el aplazamiento] prosperara sería muy reducida", aseguraban los letrados de la Generalitat, añadiendo que la "congruencia" entre los informes y las decisiones del Govern y la "coincidencia" de criterio con el resto de grupos parlamentarios eran los dos requisitos para garantizar la "legitimidad" de la decisión. Casi todos condicionantes se han cumplido según el ejecutivo (solo el PSC se desmarcó del consenso general que apostaba por el aplazamiento), pero lo cierto es que el TSJC ha acabado aceptando las medidas cautelares que pedía un ciudadano particular para parar la suspensión del 14-F.

Fuentes gubernamentales remarcan que la decisión del tribunal no dice que se haya hecho nada "contrario a derecho" ni que el decreto no sea "válido", sino que no ha entrado en el fondo del asunto, además de recordar que la misma convocatoria del 14-F ya preveía su suspensión por motivos relacionados con la pandemia y nadie lo impugnó.

El informe de los servicios jurídicos de la Generalitat certifica la cobertura jurídica del aplazamiento electoral. Se basa en los precedentes del País Vasco y de Galicia, además de citar un informe de la Comisión Jurídica Asesora, que avala la posibilidad de que el Govern deje sin efectos la convocatoria de los comicios para garantizar que el proceso electoral sea "legítimo". El enfoque que hacen los letrados del Govern es que posponer los comicios no es una restricción de un derecho fundamental, sino una manera de "garantizar" el ejercicio del derecho a voto.

Argumentan que, a raíz de la situación de la pandemia y las condiciones de riesgo de contagio, se podría ver "alterada" la decisión de ir a votar por parte de ciertos colectivos vulnerables o que personas ubicadas en determinados ámbitos territoriales no se pudieran desplazar. Esto podría comportar, dice el informe, que el resultado electoral no respondiera a la "voluntad de la colectividad", que es el principal objetivo de las elecciones. "Bajo esta premisa o hecho determinante, la decisión de suspender se podría entender ajustada a derecho", explica.

Si se decide aplazar elecciones, los servicios jurídicos daban por bueno que lo hiciera el vicepresidente, Pere Aragonès, como presidente sustituto, a pesar de que el Estatuto reserva la potestad de convocar nuevos comicios en exclusiva al jefe del ejecutivo (ausente desde la inhabilitación de Quim Torra). Y recomendaban dos cosas para fijar la nueva fecha: condicionarla a criterios objetivos o fijar una fecha cierta en la cual la situación epidemiológica sea más "favorable" y "estable". El Govern optó por la segunda opción, fijando el 30 de mayo.

Miedo a ser miembro de las mesas

En total, el ejecutivo ha hecho públicos tres informes. El de los servicios jurídicos, legitimando la viabilidad legal del aplazamiento; el de la consejería de Salud, apuntando al incremento de contagios de las próximas semanas con un pico de nuevos caos diarios previsto precisamente para este martes 19 de enero -el pico de ocupación de las camas UCI llegaría entre el 3 y el 7 de febrero-; y el de la dirección general de Procesos Electorales, que cuestiona la "legitimidad" del 14-F si se acaba celebrando.

Considera que en una situación de incidencia "grave" de la pandemia sobre las "garantías democráticas", "la legitimidad del proceso electoral se ve afectada prácticamente en su totalidad, con especial impacto y de forma transversal en la deliberación, el sufragio activo y el sufragio pasivo".

Una de las cuestiones que se verían comprometidas, según este último informe, sería la configuración de las meses electorales, que se tienen que sortear esta semana. "En el extremo, esto puede acabar comportando comportamientos de insumisión respecto al deber de participar en el proceso electoral si así lo establece el sorteo", avisan desde la consejería de Exteriores. Incluso apuntan a la posibilidad de que directamente no se constituyan las meses por el miedo a contagiarse de las personas seleccionadas: "En caso de ser masivos, puede darse el caso de que las deserciones comporten la no constitución de mesas, ni siquiera en la segunda ronda".

Es decir, la Generalitat asume que ni los presidentes ni los vocales ni sus suplentes, ni siquiera los suplentes de los suplentes -designados libremente por la Junta Electoral de Zona- podrían aceptar ser miembros de la mesa. Esta situación, si no se ha resuelto en una hora, aplazaría las votaciones en aquella mesa que, según la ley electoral, se tendrían que producir en los dos siguientes días.

El "miedo" es uno de los conceptos protagonistas de este informe, que apunta que sería uno de los principales riesgos a la "legitimidad" del proceso electoral. Por un lado, por la abstención que podría provocar, puesto que habría mucha gente que preferiría no votar y, de otra, por los "sesgos" que esta situación podría generar. Por ejemplo, en caso de que haya pueblos o ciudades con muchos contagios y otros que no.

Tampoco se garantiza la participación de los contagiados que, según estimaciones del Síndic de Greuges, podrían llegar a ser unos 200.000 el 14 de febrero. La Generalitat no les vetaría el acceso a los colegios, pero asume que no podría garantizar, en primer lugar que estas personas decidieran participar y no quedarse en casa por su enfermedad y, en segundo lugar, que fueran a los colegios electorales a la hora recomendada (de 19 a 20h), poniendo en peligro el contagio de los miembros de la mesa y del resto de personal encargado del funcionamiento de cada colegio electoral.

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