JUDICIALIZACIÓN DEL PROCÉS

El mañana de la revocación de los indultos: una hipótesis llena de incertidumbres

El Gobierno español podría volverlos a conceder y, si renunciara, el Supremo decidiría si vuelven a prisión

OT SERRA
y OT SERRA

Madrid“Política”, tuiteaba el portavoz de ERC en el Congreso, Gabriel Rufián, cuando Pedro Sánchez concedió los indultos a los presos políticos el 22 de junio del año pasado. Era una manera de sintetizar la paradoja que había rodeado la medida de gracia hasta su concesión: los condenados la valoraban con escepticismo, era tabú explicar la verdad públicamente y, hasta ahora, es el único resultado tangible de la apuesta entre el PSOE y ERC por el diálogo. Ahora vuelve a ser materia clasificada. ¿Qué pasará si el Tribunal Supremo los revoca? ¿La Moncloa dictará nuevos decretos de indulto corrigiendo las deficiencias que haya podido encontrar la sala tercera del alto tribunal? ¿Forma parte de las negociaciones que retomaron el miércoles el ministro de la Presidencia, Félix Bolaños, y su homóloga en la Generalitat, Laura Vilagrà? El exvicepresidente español Pablo Iglesias, cuando era interpelado por los indultos antes de que se concedieran, siempre repetía que “a veces, para que las cosas salgan bien, hay que trabajar con discreción”.

El cambio de criterio del Supremo con los recursos contra los indultos ha convertido en una hipótesis plausible que el perdón del Gobierno español sea revocado. Si las consecuencias políticas son inciertas, tampoco están claras las jurídicas, atendido el carácter excepcional del supuesto. La sala segunda del alto tribunal nunca se ha encontrado en el escenario de que la sala tercera haya tumbado un indulto contra una condena suya. ¿Los líderes del Procés tendrían que volver a prisión? En principio sí, a pesar de que la Moncloa es quien, en primera instancia, tendría la potestad para que no sea así. Si la sala del contencioso administrativo estima las impugnaciones de PP, Cs y Vox, lo que quedaría anulado es el acuerdo del consejo de ministros. Por lo tanto, el ejecutivo de Pedro Sánchez podría dictar otro. Como la anulación no sería por razones formales –el Gobierno español ha seguido todo el procedimiento de manera escrupulosa–, sino por la motivación de fondo que le dio, podría corregirlo al día siguiente, si quisiera. No habría que volver a empezar el proceso de pedir informes a las prisiones, la Fiscalía y el tribunal sentenciador. El ejecutivo argumentó que la convivencia en Catalunya era un motivo justificado para conceder la medida de gracia por razones de utilidad pública, prevista en la ley del indulto.

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Fuentes del Supremo consultadas por el ARA cuentan que el escenario previsible, si se diera el caso de que la sala tercera da la razón a la triple derecha, es que el Gobierno español volvería a decretar los indultos. Hay un precedente, el caso del conductor kamikaze en el que los magistrados dieron un plazo de tres meses al ejecutivo para corregir la motivación del indulto. El Gobierno de Mariano Rajoy renunció a enmendar el decreto y, una vez transcurridos los tres meses, la Audiencia de Valencia dictó una providencia en la que ordenaba el ingreso en prisión del condenado. El implicado presentó un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, pero fue inadmitido.

El papel de Marchena

En caso de que el Gobierno español se incline por no dictar unos nuevos indultos y asuma el hipotético revés de la sala tercera, el foco volverá a la sala segunda del Supremo. En el alto tribunal no quieren dar por seguro ningún camino, aunque haya algún antecedente como el del kamikaze que pueda servir de ejemplo de cómo podría ir el procedimiento. De hecho, en el propio Supremo tienen dudas de que la eventual sentencia que anule el acto administrativo del indulto sea suficiente para revocar el auto de la sala segunda mediante la cual el tribunal presidido por Manuel Marchena declaró extinguida la pena. Sostienen que es posible que la Fiscalía solicitara al tribunal sentenciador que los condenados volvieran a prisión, pero fuentes del ministerio público apuntan que no sería necesario porque en este caso ya no habría principio acusatorio. Más allá de esto, en el Supremo insisten en que la ley del indulto establece que es “irrevocable por naturaleza de acuerdo con las cláusulas con las que se hubiera otorgado” y anotan que habría que “estudiarlo”.

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Otra de las incógnitas es en qué grado penitenciario reingresarían los penados. Antes de los indultos, la Generalitat llegó a concederles el tercero, el de semilibertad, a pesar de que el Supremo lo tumbó. Inicialmente, pues, quien tiene competencia para decidir este régimen es la secretaría de medidas penales, dependiendo de la conselleria de Justicia. Lo que es seguro es que este año que han sido indultados no se descontaría de la pena pendiente de cumplir.

Todos los condenados se encuentran en Catalunya, si bien recientemente El Confidencial publicó que el expresidente de Òmnium Cultural Jordi Cuixart se va a vivir en Suiza, donde abrirá una nueva planta de su empresa. A pesar de que algunas fuentes del mundo independentista así lo aseguran, su entorno lo desmiente. En caso de que lo hiciera y no ingresara voluntariamente en prisión, el Supremo tendría que pedir su entrega al país helvético.

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Antes de todo esto, sin embargo, la sala tercera tendrá que dictaminar si el PP, Cs y Vox estaban legitimados para recorrer los indultos y, si es así, decidir si los revoca.