Ley de secretos oficiales

El gobierno español fija un mínimo de 50 años (prorrogables) para desclasificar "altos secretos"

El consejo de ministros presenta hoy la ley que tiene que sustituir la norma franquista que no permitía acceder a documentación clasificada

MadridEspaña era hasta ahora de los únicos países europeos que no podía desclasificar documentos porque estaban blindados por la ley de secretos oficiales, una normativa franquista que habían mantenido todos los gobiernos desde la Transición. Hasta ahora. El gobierno español, sin embargo, presenta este lunes un anteproyecto de ley que tiene que sustituir la norma del año 1968 y que fija, por primera vez, plazos para desclasificar documentación secreta. La principal novedad es que habrá que esperar 50 años para acceder a materias que estén clasificadas como "altos secretos" de estado, y el ejecutivo español, además, tendrá la potestad de prorrogar diez años este plazo si lo considera oportuno.

La Moncloa fijará cuatro categorías para clasificar la documentación en función de si el material es más o menos sensible: alto secreto, secreto, confidencial y restringido. De este modo, los plazos para desclasificar la información oscilarán desde los 50 años para los "altos secretos", es decir, la información que se considera más sensible, hasta cuatro años para la información restringida. Fuentes del gobierno español han explicado a la agencia Efe que las cuatro categorías se han creado en consonancia con las normas comunes entre los socios de la Unión Europea y la OTAN. El PNV había sido el grupo que más había presionado al gobierno español para que impulsara una reforma de la ley de secretos oficiales y, en su propuesta, mantenían las categorías de secreto y reservado que ya establecía la norma del 1968, pero fijaban un plazo de 25 años para desclasificar materias secretas y un máximo de 10 años para las reservadas.

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Cambio de potestad para desclasificar documentos

La nueva normativa también establece un cambio de potestad a la hora de clasificar y desclasificar documentos, es decir, quién puede hacerlo. La ley de 1968 establecía que era el consejo de ministros y la junta de jefes del estado mayor (un órgano que ya no existe) los que podían calificar de secretos o reservados los documentos que consideraban. En el nuevo anteproyecto, la autoridad nacional para la protección de la información clasificada pasará del ministerio de Defensa al ministerio de Presidencia. Por lo tanto, será el departamento que dirige Félix Bolaños el que tendrá la potestad de clasificar y desclasificar documentos, a pesar de que para los que se incluyan en las materias que sean más sensibles, la última palabra la tendrá el consejo de ministros.

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El gobierno español defiende el cambio por el hecho de que el ministerio de la Presidencia es un órgano transversal y hace la función de coordinación interministerial. Según ha explicado el presidente español, Pedro Sánchez, a los periodistas que lo han acompañado en el viaje oficial a los Balcanes este fin de semana (y que acaba este lunes), la titular de Defensa, Margarita Robles, ha dado el visto bueno al cambio y al anteproyecto de ley.

La normativa que aprobará este lunes el consejo de ministros llega después de la crisis por el caso Pegasus, después de la cual Pedro Sánchez anunció que el ejecutivo estatal renovaría la ley franquista, además de reformar la ley del control judicial del Centro Nacional de Inteligencia (CNI). En el debate de política general, Sánchez prometió que presentaría la nueva norma antes de acabar el mes de julio. La promesa la lanzó en respuesta a la petición que le volvió a hacer el portavoz del PNV en el Congreso, Aitor Esteban. La propuesta del grupo jeltzale hacía meses que estaba parada en la cámara baja, donde se prorrogaba cada semana el periodo para presentar enmiendas. De hecho, los nacionalistas vascos habían intentado tramitar esta reforma hasta cuatro veces.