El Supremo rechaza las recusaciones de Puigdemont a Llarena y Marchena por "abusivas"

El juez considera que los escritos son extemporáneos y que los exiliados no los pueden presentar

ARA
y ARA

BarcelonaEl Tribunal Supremo (TS) no ha admitido la recusación del expresidente Carles Puigdemont y los ex consellers Clara Ponsatí, Lluís Puig y Antoni Comín contra el instructor de la causa del Procés, Pablo Llarena, por haber aceptado un premio de la Fundación Villacisneros. El magistrado de la sala segunda, Julián Sánchez Melgar, considera que se basa en causas "infundadas y arbitrarias, es abusiva y tiene defectos formales".

Sánchez Melgar también ha rechazado las recusaciones planteadas contra el presidente de la sala segunda, Manuel Marchena, y tres magistrados más por haber formado parte del tribunal que dictó la sentencia del Procés. También habían presentado otra contra el mismo Sánchez Melgar como instructor del incidente de recusación, alegando que fue fiscal general del Estado y participó directamente en la dirección del ministerio fiscal en esta causa especial.

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En el auto, el magistrado califica el escrito de recusación presentado por el abogado Gonzalo Boye de "totum revolutum" donde no hay ninguna mención a cuál es el interés personal directo de Llarena por haber aceptado el premio, y defiende que "las distinciones que se puedan conceder" no pueden "servir de raya para perder la imparcialidad del juzgador". En el mismo sentido, considera que el escrito es una opinión de los recusantes e insiste que se tiene que "basar en una actuación propia del magistrado, no en aquella que un tercero le atribuya".

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Por lo tanto, considera que los exmiembros del ejecutivo en el exilio han hecho un uso "abusivo" de la recusación, dirigida primero contra Llarena y posteriormente contra toda la sala que juzgó el Procés, y finalmente contra el mismo Sánchez Melgar por haber sido fiscal general del Estado: "Han recusado todos los magistrados que van apareciendo en la pieza abierta". "La vigencia de la invocación del derecho al juez imparcial y la legítima defensa de sus derechos constitucionales no ampara el uso indiscriminado de la recusación, ni la designación de un juez a conveniencia", señala.

Defectos de forma

En paralelo, el auto señala defectos formales: destaca que la recusación incluya una lista con doce magistrados del Tribunal Constitucional, cincuenta y ocho del Supremo y el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), Jesús María Barrientos, y apunta que cuando se designa el escalafón de todos los posibles jueces que pueden juzgar al aforado se está haciendo una "recusación preventiva". También señala que la recusación es extemporánea por haberse presentado casi un mes después del acto de entrega de la distinción a Llarena –la ley, dice, fija un plazo de diez días–, y recuerda que los exmiembros del Govern se encuentran en "rebeldía", por lo cual considera que no tienen el derecho de presentar el escrito.