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El Tribunal Constitucional también mira a Estrasburgo

Los votos discrepantes se inspiran en la ponencia abortada del magistrado Conde-Pumpìdo sobre el asedio al Parlament

MadridEl Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) es, ahora que se va agotando el recorrido judicial en el Estado, el destino de los recursos contra la sentencia del Procés dictada hace un año y ocho meses, el 14 de octubre de 2019. Pero no solo los dirigentes independentistas condenados y sus defensas jurídicas tienen la mirada puesta en Estrasburgo. También los magistrados del Tribunal Constitucional.

En el recurso de amparo de Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, la sentencia del TC conocida el martes pasado desestima los recursos, pero al hacerlo intenta dar cobertura a la sentencia del Procés, cuyo ponente ha sido el presidente de la sala segunda del Tribunal Supremo, Manuel Marchena, con argumentos que llenarían el vacío de esa sentencia.

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Con esta sentencia, el presidente de la sala segunda no tiene ninguna necesidad –faltaría más– de ser objeto de una operación del estilo "salvar al soldado Marchena", pero los magistrados han considerado oportuno ofrecer más argumentos ante Estrasburgo.

Y era la ocasión de hacerlo, porque, a diferencia del resto de dirigentes condenados, el caso de Sànchez y Cuixart, al ser presidentes de organizaciones de la sociedad civil, dio lugar a una participación en los hechos que se "desenvolvía dentro del ámbito material del derecho fundamental de reunión con más claridad que la otros condenados", según señala el voto particular de los magistrados Juan Antonio Xiol y María Luisa Balaguer.

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El voto particular admite –a pesar de discrepar– que la sentencia de la mayoría del TC hace un esfuerzo para abordar el tema del derecho de reunión y manifestación en mayor medida que la sentencia del Procés, que merecía, escribe, "hacer un especial escrutinio sobre la singular afectación que su represión penal podría generar en el derecho fundamental de reunión".

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El debate que han sostenido los magistrados sobre los recursos apuntados ha resucitado el que habían mantenido en junio de 2019, antes de que acabara el juicio en el Supremo.

En esas fechas, el magistrado del TC Cándido Conde-Pumpido, al que le había tocado la ponencia del recurso de amparo del asedio al Parlamento, presentó un borrador en su sala, la primera. Al ver que proponía anular la sentencia de Marchena –que condenaba a los absueltos en la Audiencia Nacional por el asedio–, los magistrados conservadores solicitaron que, dada su importancia, se llevara al pleno del TC. Y en el pleno consiguieron que el asunto se aplazara sine die. Hicieron piña para "salvar" la próxima sentencia del soldado Marchena.

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¿Por qué? Conde-Pumpido proponía anular la sentencia del Supremo haciendo prevalecer el derecho de manifestación. Si bien la Audiencia Nacional había aplicado, sostenía, una calificación demasiado laxa a pesar de la extralimitación del derecho de manifestación, se podían aplicar eximentes y absolver a los condenados por el Supremo. Además, su ponencia proponía anular la sentencia porque se cambiaba el elemento subjetivo de la sentencia de la Audiencia Nacional –el objetivo de los manifestantes no era paralizar el trabajo del Parlament sino protestar– sin haber escuchado a los acusados.

El primero de los motivos, el derecho de reunión y manifestación, a juicio de la mayoría conservadora, suponía condicionar la sentencia del Procés, que se empezaría a elaborar en los días siguientes de finalizar el juicio. La ponencia, pues, se guardó en un cajón. 

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La semana pasada, dos años después de la tramitación descrita, el pleno del TC abordó la ponencia, aunque ya modificada, de Conde-Pumpido, que retiró el primer motivo de la anulación y dejó el referido al problema procesal (eliminación de la segunda instancia al cambiar el elemento subjetivo sin escuchar a los acusados). El pleno volvió a tumbar la ponencia. Y se cambió el ponente.

Cinco años para responder

El debate sobre los recursos de Sànchez y Cuixart ha resucitado ese episodio dentro del TC. Estrasburgo tarda unos cinco años en resolver. Y no son pocos los juristas que vaticinan éxito a los recursos de Sànchez y Cuixart. Y a pesar de que es irrelevante desde el punto de vista jurídico, si, como pasará, los recurrentes salen de la prisión indultados, el TEDH se sentirá menos presionado a la hora de resolver los recursos.