Tribunales

Hasta 1.200 casos graves de 'bullying' en el primer recuento de la Fiscalía

El acoso escolar no está tipificado como delito a pesar de las peticiones para que se recoja en el Código Penal

28/12/2025

BarcelonaEl primer recuento que la Fiscalía ha realizado nunca sobre acoso escolar ha dejado negro sobre blanco que el año pasado hubo 1.196 casos graves de bullying en el Estado. Al menos éstos son los que llegaron al ministerio público. Todavía no se puede comparar la evolución estadística que supone este dato porque es el único balance anual hasta ahora, pero a estos casos hay que sumar a todos los que nunca llegan a manos de la justicia. Las dificultades y reticencias para denunciar conductas que afectan a menores —y que muy a menudo han cometido a otros menores que tienen menos de 14 años y, por tanto, no se les puede someter a un proceso penal— hacen que muchos casos se salden sencillamente con un cambio de escuela.

Últimamente, han trascendido casos de suicidios de adolescentes en diferentes territorios del Estado en los que su entorno ha señalado el acoso escolar como el detonador. Es el caso de Sandra Peña, una chica de 3º de ESO de Sevilla que se quitó la vida el pasado octubre, o de dos jóvenes de Jaén que se suicidaron juntas en un parque. En Catalunya, la policía investiga la muerte de un joven de 15 años en Lleida, y hace dos años dos gemelos de 12 años intentaron suicidarse en Sallent. El chico murió y la chica quedó herida gravemente. En todos estos casos el entorno menciona el acoso como detonador, pero la dificultad de esclarecer el motivo de un suicidio –que siempre es multifactorial– complican prever o saber hasta dónde pueden llegar las consecuencias del acoso, ya sea en el aula o en las redes sociales. De hecho, según un estudio de Save the Children en 2023, el 42% de jóvenes catalanes —el equivalente a 10 alumnos en una clase de 25— han sufrido ciberacoso durante la infancia.

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Hoy por hoy, el acoso escolar no está recogido como tal en el Código Penal, a pesar de las peticiones reiteradas que ha habido para que se tipifique como un delito. La mayoría de condenas por casos graves de bullying se realizan al amparo del artículo 173 de esta norma, que castiga los tratos degradantes y forma parte del capítulo dedicado a las torturas y delitos contra la integridad moral. "A pesar de que no exista un delito específico, sí puede sancionarse, pero consideramos que esto es insuficiente", valora la abogada Noelia Rebón, que está especializada en bullying y derechos de la infancia. A su juicio, el idóneo sería concretar el acoso escolar en la misma ley para poder penalizar los casos graves, como ya se ha hecho con el acoso laboral o el inmobiliario, que tienen una mención específica dentro del mismo delito de tratos degradantes.

También la Asociación Catalana para la Prevención del Acoso Escolar (ACPAE) ha pedido que el bullying esté tipificado como delito. "Daría pie a poder hacer una demanda con cara y ojos. Ahora lo que hay es impunidad absoluta", asegura la presidenta de la entidad, Meritxell Plana. En su opinión, una legislación más concreta también dejaría más claras las consecuencias penales del acoso: "Haría que el agresor sea más consciente de lo que está haciendo ya lo que se expone", valora.

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Rebón valora que por primera vez una estadística oficial de la Fiscalía dé visibilidad a los casos de acoso escolar, pero advierte: "Este número no son los casos que existen, hay más. En muchos casos los menores son inimputables, y eso ya no llega a Fiscalía". Por un lado, debe tenerse en cuenta que los casos que se judicializan son los más graves. Además, incluso en casos graves, si el infractor tiene menos de 14 años como apunta Rebón no se podrá abrir un procedimiento penal en su contra.

Precedentes de condena en la escuela

En estos casos queda abierta la posibilidad de la vía civil, que puede tomar forma de una demanda contra la escuela o una reclamación de responsabilidad patrimonial cuando se trata de un centro público. Según Rebon, "ya existe un gran número de sentencias que tienen muy claro" que la escuela puede tener que asumir responsabilidades por el acoso entre alumnos. "Si se ha demostrado que había quejas previas, que había una situación en la que todo apuntaba a que se debía actuar y no se ha aplicado el protocolo, o incluso se ha aplicado, pero se ha demorado mucho en el tiempo, con eso ya hay sentencias que condenan a las escuelas", explica. Una situación que, dice, ha cambiado mucho en las dos últimas décadas: "Cada vez hay más sensibilidad por parte de la sociedad. Al final, tenemos normas que deben aplicarse, y en caso de que no se apliquen, genera responsabilidades".

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Con todo, la abogada añade que "la mayoría de casos" no llegan a judicializarse. O bien las familias optan directamente por cambiar al niño de escuela o bien las acciones no van más allá de reclamaciones internas en el centro. "Me parece muy injusto, pero es la víctima la que acaba marchando, cambiando de escuela, y precisamente porque cumplimos con la protección al menor porque se ha visto que la escuela ha hecho nada o poco. En definitiva, ha sido insuficiente para garantizar la protección del menor afectado", critica.

Ciberacoso

Asimismo, ha publicado el primer recuento de casos de acoso escolar, la Fiscalía General del Estado plasma en su memoria del año 2024 "la especial incidencia" que tiene el entorno digital. También la estrecha relación con la salud mental de los menores, "bien como causa o consecuencia" de las agresiones.

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En este sentido, Rebón hace referencia al "acoso escolar pasivo", en el que no necesariamente hay agresiones físicas o insultos, y que ocurre sobre todo en chicas: "Hacen que [la víctima] acabe siendo totalmente desplazada y sola durante tiempo y tiempo". Por ejemplo, le hacen el vacío, lo excluyen, le dicen claramente que no quieren ser amigas suyas... "Nos hemos encontrado con excusas tan absurdas como que no se puede obligar a nadie a ser amigo de alguien. Y sí, pero cuando una persona está excluida, ignorada y nadie le habla, el centro debe actuar porque eso también es acoso escolar",

En uno de los casos que recuerda Rebón, la víctima había sido excluida de todos los chats de grupo que compartían los compañeros de la escuela. Una acción que por sí sola no comportaría una condena, aclara la abogada, pero sí cuando se suma a otras acciones de acoso. De todas formas, estas acciones son mucho más difíciles de demostrar en un procedimiento judicial que una agresión o insultos, que a veces incluso se hacen por escrito. Sin embargo, Rebón valora que cada vez se tiene más en cuenta el testimonio de la víctima.

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Recopilar pruebas

Ante las dificultades de demostrar algunos acoso, la letrada recomienda siempre a las familias afectadas que lo registren todo por escrito. "Incluso, tener un diario". Desde el momento en que algo "excede del límite de la normalidad", dice que lo recomendable es anotarlo todo: "Una cosa es tener una discusión o una pelea con un compañero, otra cosa es que estás viendo que esto se repite". La abogada también recomienda reclamar siempre por escrito si es necesario dirigirse al centro educativo, y acudir "directamente al CAP" si existe alguna lesión.

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La presidenta de ACPAE explica que los consejos de la entidad a las familias son muy similares a los que ofrece la abogada. "Coger un cuaderno, ir anotando todas las veces con día y hora que hijo ha verbalizado lo que ocurre, e intentar no tener comunicación con la escuela si no es vía correo. Si se hace una reunión con la escuela pedir que se abra un acta", afirma. También añade que cuando una familia les pide asesoramiento legal les preguntan detalles como qué tipo de insulto recibe al niño. Hoy por hoy, dice, muchas veces las pruebas son "una palabra contra la otra" y "las familias lo único que pueden hacer es demandar a la escuela". También lamenta que para iniciar un procedimiento legal las familias tengan que "pagar a los abogados de su bolsillo".

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El pasado curso, el departamento de Educación hizo obligatorio el uso del Registro de Violencias contra el Alumnado (REVA), un registro compartido donde todas las escuelas deben notificar los casos de acoso escolar y otras violencias que detecten entre alumnos. En los primeros nueve meses de funcionamiento obligatorio de esta herramienta se registraron 1.333 casos de alguna forma de acoso en las aulas catalanas, donde hay más de 1.600.000 alumnos. Este incremento no sólo implica que haya crecido la violencia en los centros escolares, que puede ser, sino que también existe una mayor sensibilización ante esta plaga.

De hecho, la red educativa catalana cuenta con nueve protocolos de convivencia que incluyen directrices para prevenir, detectar y actuar en casos de acoso o discriminación. Entre estos protocolos existen generales para hacer frente a situaciones de acoso entre iguales, así como otros documentos específicos de acoso escolar a personas LGBTI, un protocolo concreto sobre cómo acompañar al alumnado transgénero o directrices sobre cómo intervenir ante la violencia machista entre el alumnado.