Los bancos tendrán que devolver el dinero a las víctimas de estafas por 'phishing'
Una sentencia del Supremo da la razón a una mujer a la que le quitaron 83.000 euros en una sola noche
BarcelonaDe la noche a la mañana, en su cuenta se habían hecho más de quince transferencias y le habían tomado 83.000 euros. SIM swapping, y que consiste en duplicar la tarjeta SIM para acceder a información confidencial y tomar el control de la banca digital. Su caso ha llegado hasta el Tribunal Supremo y ha dado como resultado una sentencia que obliga a los bancos a devolver el dinero perdido en estafas de phishing o suplantación de identidad si no pueden demostrar que el cliente ha sido descuidado hasta el punto de que suponga una negligencia grave . mujer que llevó el caso a los tribunales, los jueces reprochan que "un hecho tan inusual" como quince transferencias de más de 80.000 euros en una noche "no hiciera saltar las alarmas en ese mismo momento"
De hecho, el Supremo subraya que los avances tecnológicos y las herramientas que ya están informáticas idóneas para detectar ciertas anomalías" en los pagos. "No se puede considerar como normal e irrelevante que una persona que nunca efectúa operaciones de madrugada, de repente, realice hasta diecisiete operaciones seguidas y por un importe tan elevado", reprocha el tribunal a la entidad bancaria.
Con esta sentencia, el Supremo establece que si el cliente perjudicado comunica de forma inmediata que le han robado los datos para realizar una transferencia no autorizada, el banco "debe proceder a su rectificación y reintegrar el importe de inmediato, salvo que tenga motivos razonables para sospechar la existencia de fraude y comunique estos motivos por escrito". Ahora bien, sobre si el engaño pudiera atribuirse a un descuido del cliente, la sentencia aclara que el hecho de que una tercera persona logre acceder a la banca digital de un usuario "no supone que por si se haya incurrido en ninguna negligencia" porque le hayan sustraído las claves bancarias.
En el caso concreto que ha originado la sentencia, el tribunal aprecia una "conducta diligente" de la afectada, que informó inmediata y reiteradamente. Por contra, reprocha a Ibercaja que actuó "defectuosamente, tanto para no tomar en consideración la información recibida a pesar de su gravedad, como para omitir la adopción de medidas que posibiliten la detección de eventuales maniobras fraudulentas".