Sucesos

Condena ejemplar: 13 años de cárcel para el conductor kamikaze que mató "conscientemente" a una menor en la C-17

La Audiencia de Barcelona sostiene que el elevado consumo de alcohol y drogas no influyó en la conducción temeraria y contrasentido durante 12 kilómetros del hombre

BarcelonaLa Audiencia de Barcelona ha condenado a 13 años de cárcel a un conductor kamikaze que mató "conscientemente" a una adolescente de 17 años en un choque frontal cuando conducía en dirección contraria, borracho y drogado. El accidente tuvo lugar en la C-17, a la altura de Gurb (Osona), en marzo del 2018, y siete años después la justicia concluye que este vecino de Sant Hipòlit de Voltregà actuó "con un manifiesto desprecio por la vida de los demás" al entrar en la carretera por el carril de desaceleración y continuar en sentido le hicieron el resto de conductores.

Al hombre, juzgado el mes pasado, también se le impone la retirada del carnet de conducir durante los próximos nueve años, así como cinco años de libertad vigilada una vez salga de prisión. Además, tendrá que hacer frente también a una indemnización de casi 400.000 euros a la familia de la menor. El caso fue juzgado por un jurado popular que declaró al procesado culpable por unanimidad. Ahora la Audiencia le condena sobre la base de este veredicto y avalando las tesis y la petición de la Fiscalía.

Cargando
No hay anuncios

El siniestro ocurrió la madrugada del 4 de marzo del 2018, cuando el condenado, un hombre de 47 años, entró en la C-17 a la altura de Torelló por un carril de desaceleración y en sentido contrario. El hombre circuló durante más de 12 kilómetros en dirección contraria a 145 kilómetros por hora –superando con creces el límite de la vía–, hasta que chocó contra un vehículo y, a consecuencia, falleció la joven, vinculada a la localidad osonense de Manlleu. Con la víctima viajaban su padre, una prima y una amiga que han quedado con secuelas físicas y emocionales a raíz del accidente. También para ellos la Audiencia pide hasta 117.000 euros de indemnización por las lesiones causadas.

Condena por matar intencionadamente

La sentencia da por probado que el acusado es culpable de "haber causado intencionadamente la muerte" de la menor, que iba como copiloto en el vehículo contra el que el procesado, embriagado y drogado, impactó cuando circulaba bajo los efectos del alcohol y la cocaína con un "manifiesto desprecio por la vida de los demás". En la prueba de alcoholemia, el hombre dio 0,62 miligramos por litro de sangre, más del doble de la tasa permitida. En el escrito de acusación, la Fiscalía señala que en el momento del accidente todavía era mucho mayor.

Cargando
No hay anuncios

Esta intencionalidad que apunta la sentencia es la clave que explica por qué este caso se ha saldado con una condena mucho mayor que la mayoría de los juicios por muertos en siniestros viarios. Estos casos suelen saldarse con una condena por homicidio imprudente, que implica penas sensiblemente más bajas que los 13 años que impone la sentencia de este jueves. Así, un homicidio por imprudencia menos grave supone penas de multa, mientras que el Código Penal castiga a los homicidios por imprudencia grave con entre uno y cuatro años de prisión. Por el contrario, cuando la imprudencia queda fuera de la ecuación, el delito de homicidio implica penas de entre 10 y 15 años.

Indiferente a los avisos

La magistrada subraya en la dura sentencia que el conductor puso en riesgo la vida de los demás usuarios de la vía, ya que circuló en sentido contrario de la marcha ya "gran velocidad" siendo "consciente". En este punto, la sentencia señala que el conductor se "mostró absolutamente indiferente a la situación de peligro generada" con su actitud, de la que no desistió a pesar de las advertencias de otros conductores y de las patrullas policiales que trataron de interceptarle. La conducción del acusado fue "agresiva" y "manifiestamente temeraria", recalca.

Cargando
No hay anuncios

"Estos indicios, además de ser plurales y encontrarse enlazados entre sí de forma natural, apuntan a una única dirección: que la voluntad del acusado era aceptar la posibilidad de producción de un resultado fatal a consecuencia de su acción si ésta llegaba –como llegó– a producirse", dice la resolución. Según la magistrada, el conductor condenado no tenía alterada la capacidad cognitiva ni la capacidad de controlar sus actos por el alto consumo de drogas y alcohol y sostiene que "estos no influyeron en la conducción o toma de decisiones del acusado". Por el contrario, la sentencia subraya que condujo con "pericia" durante varios tramos.