Aznar, Rajoy y Sánchez: tres presidentes unidos por "el interés general" en una concentración empresarial
Este concepto y su uso marcará la opa hostil del BBVA en el Banc Sabadell este mes de junio
Madrid¿Qué es el interés general? Aunque la respuesta es igual de abierta como la interpretación que hace el Tribunal Supremo –"un concepto jurídico indeterminado"–, marcará la opa hostil del BBVA en el Banc Sabadell de ahora hasta Sant Joan, plazo máximo para que el gobierno español anuncie si añade o no condiciones a la operación bancaria por razones, precisamente, de interés general. A su vez, es la poca concreción (o más bien el abanico de opciones) lo que a menudo ha acabado despertando el debate sobre el uso de este concepto por parte de los poderes públicos. Sea como fuere, Pedro Sánchez ha decidido aferrarse a este concepto para analizar más a fondo la operación planteada por el BBVA, tal y como le permite la ley. Sin embargo, no es el único presidente español que ha hecho un uso. En contextos distintos, José María Aznar (PP) y Mariano Rajoy (PP) también apelaron al interés general frente a una concentración empresarial.
Aznar y las plataformas de televisión de pago
Antes de que José Luis Rodríguez Zapatero (PSOE) reformase en el año 2007 la actual ley de Defensa de la Competencia, en una operación de integración o fusión empresarial las compañías debían notificar sus intenciones directamente al ministerio de Economía, que es quien tenía la potestad de autorizar o prohibir en primera fase la operación, por las que se pronunciaban. órganos consultivos y no vinculantes
Un ejemplo del papel que tenía el Estado antes del cambio legislativo de 2007 lo encontramos en noviembre de 2002, con la integración entre la plataforma de televisión de pago Canal Satélite Digital (Prisa) y Vía Digital (Telefónica) en plena crisis de rentabilidad en el sector y concentración. el ejecutivo de José María Aznar (PP), lo que dio lugar a Digital+ (más tarde pasa a llamarse Canal+). obstaculizar el mantenimiento de la competencia efectiva en el mercado de la televisión de pago". "No defendemos las ambiciones empresariales de nadie, sino que pensamos en el interés general", afirmó Aznar en diciembre del 2002 para defender esa autorización.
Con la reforma de Zapatero se busca introducir más independencia en los procesos de concentraciones empresariales y dejar el protagonismo en las autoridades de competencia. Competencia (en ese momento se llamaba Comisión Nacional de Competencia, CNC) es quien asume la capacidad de autorizar, con o sin condiciones, o prohibir una operación de concentración. Sólo si lo estudia en fase 2 da pie a que el gobierno tenga un papel, como ha sido el caso de BBVA y Sabadell. Y ahí, la vía a través de la que la reforma dejó abierta la actuación del ejecutivo fue, precisamente, la del interés general. De acuerdo con esto y no con criterios de defensa de la competencia, el gobierno podía modificar las conclusiones de Competencia.
Rajoy y el caso de Antena 3
En su momento algunos bufetes de abogados apuntaron que esta ventana abierta suponía suavizar el objetivo de la reforma de dotar de mayor perfil técnico al análisis de las operaciones de concentración. "Hubiera sido positivo incluir una referencia para que se utilice de forma excepcional", se recoge en una guía práctica de la reforma elaborada por Uría Menéndez en 2008. En el mismo proyecto de ley se defendía que con la reforma "se privilegiaba la libertad de empresa y se incrementaba la independencia de la autoridad española de competencia, lo que restringía la posibilidad".
De la mano con el concepto, tampoco ha estado exento de debate la posibilidad de que las razones de interés general, por las que debe velar un gobierno, tengan más peso que los motivos de Competencia. "La motivación y justificación es la pieza angular", indicaron algunos expertos en la materia. Sin entrar en grandes detalles, la ley establece unos motivos asociados al interés general: defensa y seguridad nacional, protección de la seguridad o salud pública, libre circulación de bienes y servicios, protección del medio ambiente, promoción a la investigación y desarrollo tecnológico y el mantenimiento de los objetivos de la regulación sectorial. "Los criterios son lo suficientemente genéricos para que (potencialmente) se dé cabida a una amplia variedad de supuestos", concluye en el mismo documento del bufete de abogados.
En el 2012 volvería a ser el PP quien utilizaría esta ventana del interés general. La portavoz del ejecutivo de Mariano Rajoy, Soraya Sáez de Santamaria, anunciaba tras un consejo de ministros la decisión de rebajar las condiciones de Competencia a la fusión entre Antena 3 y La Sexta (antes, el ministro de Economía, Luis de Guindos, había elevado la operación). "Por razones de interés general y el mantenimiento del pluralismo informativo, pero sobre todo por el cumplimiento de la liberación del dividendo digital", explicaba la portavoz popular, sin entrar en mayor detalle.
El turno, ahora, es de Sánchez, a quien algunas voces ya han colocado en la diana del intervencionismo político, pese a los precedentes. En todo caso, si se producen discrepancias sobre lo que acabe haciendo el ejecute español de acuerdo con razones de interés general, puede llegar a ser el propio Supremo quien se encuentre con la opa en el Banc Sabadell sobre la mesa. A diferencia de las resoluciones de la Comisión Nacional del Mercado y la Competencia (CNMC), ante las que se puede interponer un recurso en la Audiencia Nacional, como ya ha ocurrido, el acuerdo al que llegue el consejo de ministros puede recurrirse a la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Supremo, tal y como estipula la ley. Sin embargo, de momento es una posibilidad indeterminada.