"Lo doy todo por perdido": ¿qué daños causados por la DANA se indemnizarán?
La OCU solicita la declaración de zona catastrófica a los municipios más afectados para que se cubran los bienes no asegurados
Barcelona"El agua ha subido un metro y medio dentro de casa, llegaba directamente a la ventana y ahora está lleno de barro", explicaba este martes Imma, una de los cientos de personas que se han visto afectadas por el temporal más trágico del siglo en el Estado. Se ha ido de casa porque asegura que todo ha quedado "destrozado e inservible" y tampoco tiene ningún tipo de suministro, ni luz, ni agua, ni internet para poder comunicarse. Viendo el escenario ayer al mediodía dejó su casa solo con una mochila y su gato en una pequeña jaula que llevaba en brazos. Lo hizo a pie, dejando su pequeño coche, un Golf gris, atrás. "Está destrozado y le doy por perdido, no creo que nadie me indemnice por nada de lo que ha pasado", lamenta.
El temor de Imma es un miedo generalizado para todos los que han visto cómo su vida se daba la vuelta cuando el agua ha arrasado casi todas sus pertenencias materiales. El coche, la casa y todos sus electrodomésticos. Una vez buscado un sitio para estar seguro, las preguntas que les preocupan son evidentes: ¿cómo voy a pagar todo esto? ¿Alguien me indemnizará? ¿Cómo debo solicitarlo?
Tal y como han informado el ministerio de Economía y la patronal aseguradora Unespa, los afectados por la DANA en la Comunidad Valenciana, Castilla-La Mancha y Andalucía pueden reclamar indemnizaciones por parte del Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) y Agroseguro , además de sus compañías aseguradoras con las que tengan contratada una póliza. Para reclamar las indemnizaciones no es necesario que se declare zona afectada gravemente por riesgo de protección civil, lo que antes se llamaba zona catastrófica.
Sin embargo, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha recordado que el Consorcio y Agroseguro sólo se hacen cargo de los bienes asegurados por parte de sus propietarios previamente. Por eso, esta organización solicita la declaración de zona catastrófica para aquellas zonas más afectadas, de forma que se cubran también los bienes no asegurados. La OCU recomienda recopilar pruebas para demostrar el origen, alcance y consecuencias del temporal.
¿Cómo se deben reclamar las indemnizaciones?
El ministerio ha informado que para reclamar las indemnizaciones las solicitudes pueden presentarse directamente por el propio asegurado afectado o, en su representación, por su aseguradora o por el mediador de seguros. Para ello sólo es necesaria una llamada al centro de atención telefónica del CCS (teléfono gratuito 900 222 665) para facilitar los datos identificativos del asegurado y de las personas o bienes que han sufrido los daños, que tengan seguro, o facilitar esta misma información por internet en la página web del CCS (www.consorseguros.es). Con cualquiera de los dos métodos la solicitud queda instantáneamente registrada en el sistema informático del CCS y se facilita al afectado el número de referencia.
Por ello, no es necesario ni aconsejable presentar las solicitudes de indemnización presencialmente ni de forma indirecta en oficinas de otros organismos públicos, sistemas que no comportan el registro informático inmediato de las solicitudes, indica el ministerio. El CCS registrará y gestionará todas las solicitudes de indemnización que reciba de los asegurados, aunque hubiera transcurrido el plazo de 7 días desde que se produjeron los daños, previsto en los seguros.
¿Qué cubre el seguro?
Sin embargo, hay que saber qué cubre el seguro en el caso de un desastre natural como éste. La patronal Unespa lo ha detallado: los daños causados por la DANA o la gota fría sobre personas y bienes asegurados están cubiertos. Según sea su naturaleza, serán las aseguradoras de los afectados, el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) o Agroseguro quien indemnizará los daños. La gota fría ha podido afectar a personas, cosas, cosechas y ganado. Estas tres instituciones (aseguradoras, CCS y Agroseguro) han creado un portal web en el que se explica con más detalle (Naturalmente protegidos).
¿Qué seguros intervienen en este tipo de circunstancias?
• Seguro de vida:
Si la víctima tenía seguro de vida, el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) indemnizará a los beneficiarios que haya designado en el contrato.
• Seguro de accidentes:
Si una persona que ha resultado lesionada tenía seguro de accidentes, el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) indemnizará.
• Seguro del hogar:
Cubre los daños sufridos en la vivienda y su contenido. Los propietarios de las viviendas que se destinaban a alquiler podrían recibir además una indemnización por la pérdida de las rentas en las condiciones estipuladas en el contrato (importe, días…). También puede estar cubierta la inhabitabilidad de la vivienda por los propietarios.
• Seguro de la comunidad de propietarios:
Cubre los daños en las zonas comunes del edificio. Está cubierto tanto el continente como el contenido.
• Seguro de automóvil:
Todos los seguros del automóvil incluyen la cobertura frente a riesgos extraordinarios. Así pues, todos los propietarios que hayan visto el coche arrastrado por las riadas o dañado por vientos de más de 120 km/h serán indemnizados por el Consorcio de Compensación de Seguros. Los daños ocasionados por el granizo sobre la chapa y las lunas de los vehículos serán indemnizados por la aseguradora si el vehículo incluía la cobertura de rotura de cristales o de daños propios (cristales y chapa).
• Seguro de comercio, empresas e industrias:
Cubre los daños de continente del local y los de su contenido. Si la póliza incluía la cobertura de pérdida de beneficios por inundación por parte del Consorcio de Compensación de Seguros, el negocio asegurado podrá recibir una indemnización por la paralización de su actividad empresarial en las condiciones estipuladas en el contrato por tratarse de un daño material. Por su parte, los propietarios de inmuebles alquilados podrían recibir una indemnización por la pérdida de las rentas en las condiciones estipuladas en el contrato si hubieran contratado esta cobertura.
• Seguro agrícola:
El seguro agrícola cubre los daños que la gota fría haya causado a cosechas, animales (aves, ganado, etc.) y las instalaciones agrícolas aseguradas.
- ¿Debe declararse “zona catastrófica” para recibir la indemnización del Consorcio de Compensación de Seguros?<p>El Consorcio de Compensación de Seguros es un organismo único en Europa que interviene frente a grandes pérdidas, ya sean causadas por el hombre como el terrorismo; o por la naturaleza, como las inundaciones, las tormentas o los terremotos. Cuando se produce un desastre natural no es necesario que se declare la zona catastrófica para empezar las gestiones. La atención del CCS es automática y completamente independiente a que, ante los daños generales, la Administración decida declarar un territorio como zona catastrófica y conceder algún tipo de ayuda o subvención pública. Para cobrar las indemnizaciones del CCS es obligatorio, eso sí, que la persona o bien dañado se encuentren asegurados. El CCS se financia con el recargo cobrado a los asegurados y desembolsa las indemnizaciones acordadas en las pólizas.</p>
- ¿Cómo me entero de quién tenía el seguro?<p>Si el asegurado no recuerda con quien tenía el seguro de hogar o comercio, puede contactar con su mediadora habitual. Otra opción es consultar los movimientos en la cuenta corriente para ver qué aseguradora emitió el cargo.</p>
- ¿Cuánto pagarán?<p>El Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) y las aseguradoras de las viviendas, locales y comunidad de propietarios indemnizarán los daños producidos, pero los importes desembolsados no podrán superar en ningún caso el valor del bien destruido o del límite estipulado en el contrato. Es decir, del llamado capital asegurado o suma asegurada, que es la cuantía máxima a pagar por el Consorcio de Compensación de Seguros o aseguradora por los daños que se han producido en un bien.</p>
- Me he quedado sin casa: ¿Dónde viviré?<p>Es posible que los seguros de los propietarios de viviendas que tuvieran un seguro de hogar incluyan cobertura de inhabitabilidad. En estos casos, su aseguradora le proporcionará ayuda para buscar un alojamiento temporal. Habitualmente, por unos días. El alcance de esta protección dependerá de las condiciones estipuladas en el contrato (importe, días, etc.). Es importante conservar los recibos de los gastos en que se incurra para acreditarlos después.</p>
- Un familiar ha muerto: ¿Cómo me entero de si tenía seguro de vida o accidentes?<p>El Ministerio de Justicia dispone de un registro de seguros con cobertura de muerte en el que se informa de si una persona tenía un seguro de vida o accidentes a título individual y, en este caso, con qué aseguradora. Con esta información, las personas interesadas pueden consultar en la entidad si ellos son, efectivamente, el beneficiario del contrato. En caso de serlo, la aseguradora procederá a desembolsarles la correspondiente indemnización. Por otra parte, si el fallecido estaba en activo, es posible que su empresa tuviera un seguro de vida colectivo. Por eso, es conveniente consultar al empleador. En caso de ser beneficiario de un seguro de vida colectivo, es necesario contactar con la aseguradora en cuestión, que se ocupará de entregar la indemnización a los beneficiarios designados.</p>
- ¿Son compatibles las ayudas públicas y las indemnizaciones del seguro?<p>Sí. Las ayudas públicas son compatibles con las indemnizaciones que correspondieran en virtud de un seguro sin que en ningún caso el importe total de todos los pagos pueda superar el valor del daño producido. El Plan de Seguros Agrarios especifica que todo lo que es susceptible de ser asegurado no es objeto de ayudas públicas.</p>
- ¿Qué determina el importe de las ayudas públicas y de las indemnizaciones del seguro?<p>Las ayudas públicas pueden tomar distintas formas. Pueden ser ayudas a particulares, empresas y producciones. Las ayudas pueden ser por muerte, pérdida de vivienda, enseres, etc. También se contemplan beneficios fiscales, medidas laborales, etc. Las categorías de las ayudas vienen determinadas en la Ley 27/2015 del sistema nacional de protección civil. El importe y demás detalles de estas ayudas los determina la Administración según las circunstancias. El Ministerio del Interior es el departamento responsable de declarar si una zona se ha visto gravemente afectada y suele hacerlo a través de un real decreto.</p><p> Las indemnizaciones del seguro, mientras tanto, vienen determinadas de antemano al contrato que el asegurado ha suscrito con su entidad aseguradora.</p>
- ¿Cuál es la presencia del seguro en las provincias afectadas por la DANA?<p>• Seguro de coche: el seguro a terceros es obligatorio. Por consiguiente, todos los vehículos dañados por riadas (inundación) o vientos de más de 120 km/h estarán cubiertos. Mientras, los daños causados por el granizo estarán indemnizados sólo cuando el propietario tuviera contratada la cobertura de rotura de cristales (cristales) o de daños propios (chapa y cristales).</p><p> • Seguro del hogar: el 74% de las viviendas están aseguradas en España. En la provincia de Valencia, el ratio de aseguramiento de viviendas es del 77,4%.</p>
- ¿Es necesario pagar impuestos por las indemnizaciones o las ayudas públicas?<p>Las indemnizaciones y las ayudas públicas están exentas de impuestos.</p>