Violencia sexual

Condenado a 35 años de cárcel el violador de Igualada

La Audiencia impone a Brian Raimundo una pena de 20 años por intento de asesinato y otros 15 por agresión sexual

El acusado de violar a una menor en Igualada en el 2021 durante el primer día de juicio.
08/07/2024
4 min

BarcelonaLa Audiencia de Barcelona ha condenado este lunes a 35 años a Brian Raimundo por la violación de una menor de 16 años la madrugada de la Castañada del 2021 en un polígono de Igualada. La sentencia califica sus actos de "tortura". En concreto, la justicia le impone 20 años de condena por intento de asesinato y 15 años por agresión sexual, el máximo previsto para ese delito. También deberá indemnizar a la víctima con 332.727 euros y, una vez salga de prisión, pasará 10 años en libertad vigilada y con una orden de alejamiento respecto a la chica. La sentencia aclara que el hombre deberá cumplir las penas íntegramente y, si antes de terminarlas alcanza el tercer grado o la semilibertad, se sustituirá la pena de prisión por la expulsión de España con la prohibición de volver a ello durante diez años.

La Fiscalía y el resto de acusaciones del caso habían pedido una condena de 45 años de cárcel. En concreto, 15 años por la agresión sexual y otros 30 por el intento de asesinato ante la gravedad de la agresión. El tribunal ha dictado la pena de 20 años porque, al tratarse de un intento de asesinato que no se consumó, ha tenido que rebajar un grado la condena.

En palabras de la fiscal durante el juicio, fue un "milagro" que la menor sobreviviera, y tanto los Mossos como los médicos que pasaron por la Audiencia de Barcelona calificaron la agresión de inaudita por la brutalidad y violencia. Entre ellos se encuentra el testigo de un forense que aseguró que las lesiones que presentaba la joven sólo las había visto "en una sala de autopsias y, por tanto, en una víctima muerta", recuerda el tribunal en la sentencia. Por eso, los jueces no dudan, como las acusaciones, de que el hombre tenía la intención de matarla.

La chica no tuvo que declarar durante el juicio, sino que se utilizó su declaración en la fase de instrucción. Además, la falta de recuerdos a consecuencia de los golpes que recibió han hecho que su testimonio no pueda tenerse en cuenta como prueba directa en el caso. Por contra, "su cuerpo sí fue testigo de excepción de la brutal agresión".

"Desprecio absoluto" a las mujeres

Tras evaluar las pruebas que se expusieron en el juicio, que se prolongó una semana, el tribunal constata que el 1 de noviembre del 2021, sobre las 6.10 horas de la madrugada, Brian Raimundo siguió a la chica cuando se marchaba de los alrededores de la discoteca a la que había ido esa noche. En la investigación se han revisado 155 cámaras de seguridad, se ha reconstruido el recorrido que hizo esa noche con el GPS de su móvil y se cacheó su casa, donde había ropa de la chica.

Brian Raimundo atacó a la chica a la altura de un callejón oscuro y solitario y la golpeó en la cabeza varias veces con un objeto contundente. La joven cayó al suelo semiinconsciente y el agresor lo aprovechó para meterla en el callejón, donde con un "absoluto desprecio a su condición de mujer" la siguió agrediendo durante unos 20 minutos.

Los jueces añaden que para el condenado era "casi seguro" que la chica moriría, teniendo en cuenta el estado en que la dejó, las heridas, el frío que hacía y la poca probabilidad de que alguien la pudiera ayudar en un callejón de un polígono industrial un festivo de madrugada. "Estamos ante un caso no solo de violación, sino también de subyugación machista y de dominación con la intención de humillar a la víctima. Estamos ante un acto de maldad perverso", remachó la fiscala al tribunal. En este sentido, la sentencia incluye un agravante por discriminación de sexo en los dos delitos por los que condena al autor.

Antecedentes y un "patrón de conducta violenta"

Brian Raimundo tiene antecedentes por agresión sexual a su hermanastra, que entonces tenía 7 años, ya una ex pareja. De pequeño, sufrió abusos del padre y el tribunal señala que en su trayectoria "se reproduce un patrón de conducta violenta, vejatoria y humillante del procesado hacia las mujeres, en el que exterioriza e impone una situación de dominación o subyugación por el mero hecho de pertenecer al género femenino”. semiinconsciente, con lesiones graves y hemorragias. la encontró un camionero una hora más tarde y avisó a emergencias. La víctima necesitó un año para recuperarse de las heridas de la agresión, estuvo treinta días hospitalizada y tres en cuidados intensivos. Todavía hoy tiene secuelas psicológicas y físicas. Los golpes que le dio en la cabeza le fracturaron un hueso del cráneo y le hicieron hemorragias cerebrales que de por sí eran "lo suficientemente importantes para causarle la muerte", según el testigo de un forense recogido en la sentencia.

Sin atenuantes

Durante el juicio, la defensa de Brian Raimundo intentó convencer al tribunal de que le aplicara algún atenuante para conseguir una condena más baja. En concreto, alegó una supuesta alteración psíquica e intoxicación por consumo de alcohol y drogas. Los magistrados lo han descartado, porque el acusado fuera alcohólico crónico, como asegura un informe que ha aportado la defensa, no implicaría que tuviera la conciencia y la voluntad afectadas, que es el requisito para un atenuante penalti. Tampoco se ha acreditado durante el juicio que hubiera tomado alcohol o drogas la misma noche.

El tribunal ha citado esta mañana a todas las partes de la causa para notificarles la sentencia. En la causa también está como acusación la Federación Catalana de Asociaciones de Actividades de Restauración y Musicales (Fecasarm), la empresa que gestiona la discoteca donde la chica fue de fiesta esa noche, la Abogacía de la Generalitat y los ayuntamientos de Masquefa y de Igualada. El abogado del Ayuntamiento de Igualada, Miquel Sàmper, se ha mostrado satisfecho con la contundencia de la sentencia. "Probablemente estamos ante un precedente único y primero en España, una sentencia que sin lugar a dudas generará jurisprudencia", ha valorado tras conocer la decisión del tribunal. Por su parte, el abogado de la patronal Fecasarm y de la discoteca Epic, Joaquim Boadas, cree que la pena es "ejemplar" y servirá para que el acusado no vuelva a pisar la calle durante mucho tiempo y que otros posibles agresores sepan que no pueden actuar de esta forma cuando salen de fiesta.

La sentencia, con un centenar de páginas, se puede recurrir y tanto Boadas como Sámper aún deben decidir si lo harán, pero creen que será difícil aumentar la pena.

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