¿Empleados públicos monolingües?

Malos tiempos para el catalán, también en las administraciones públicas. Un juez del juzgado de lo contencioso administrativo de Barcelona ha aplicado un riguroso test de proporcionalidad a la exigencia del nivel B2 de catalán para hacer de operario de cementerio en Vic, aunque se trata de un nivel intermedio-alto (o intermedio avanzado), lo que quiere decir, según el Marco Europeo (MECR), que eres apto para expresarte con fluidez en problemas sin dificultades con situaciones cotidianas y profesionales. Se trata del mismo requisito que fijan las bases de la convocatoria de dos plazas de chófer polivalente del Parlament, también impugnadas.

En ambos casos, la esca del pecado es la sentencia del Tribunal Constitucional de 2010 sobre el Estatut, que tanto ha inspirado a muchos órganos judiciales ordinarios, aparte de espolear a tantísimas entidades de carácter españolista. La sentencia proscribe que el catalán sea considerado preferente en distintos ámbitos de uso y, entendiendo que la lengua realmente marginada es el castellano, impone un canon de igualdad catalán-castellano muy rígido, que ya se ha visto los problemas que ha planteado en sectores como la enseñanza o la función pública. A partir de ahí, muchas normas y actos administrativos adoptados por gobiernos autonómicos con lenguas oficiales propias en manos de la derecha y la ultraderecha han eliminado o rebajado los estándares de protección anteriores con medidas regresivas motivadas por políticas refractarias al pluralismo lingüístico.

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Dejando a un lado si aquella apreciación era de mala fe, lo cierto es que en el 2025 a los jueces ya les consta cuál es la lengua débil y marginada. Según la Encuesta de Usos Lingüísticos de la Población, el uso habitual del catalán ha caído del 36,1% al 32,6% entre 2018 y 2023. El número de personas que entienden, saben hablar, leer y escribir el catalán sigue siendo alto, pero con ligeros retrocesos en algunas habilidades4, por ejemplo, el3, frente al 85,5% de 2018. El catalán retrocede también en la transmisión intergeneracional y dentro del hogar, según otros estudios.

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Conste que la ofensiva en el terreno del empleo público no es nueva. Ciutadans ya propuso hace unos años una "cláusula antidiscriminación" –modificando el artículo 56 de la ley del estatuto básico del empleado público– para que el conocimiento de las lenguas oficiales no castellanas no fuera una "barrera de entrada", sino un mérito cuyo peso fuera proporcional a las necesidades de cada territorio ya las características de cada uno de los puestos de trabajo. Los de Albert Rivera se focalizaban mucho entonces en los médicos de la sanidad pública y su propuesta venía propiciada por otra sentencia del alto tribunal de 2013 –tributaria de la del Estatut–, que declaraba constitucional la ley balear impulsada por José Ramón Bauzá que suprimía la exigencia general de un determinado nivel de conocimiento de catalán las Islas. El TC encontró la ley justificada en un contexto "de amplia implantación del conocimiento del catalán en la función pública del ámbito territorial y en la sociedad [balear]" y "por la inexistencia de trato preferente del castellano sobre el catalán".

Hablando de médicos, en el Principado los indicadores son demoledores: aunque la normativa para acceder a una plaza pública estable en el sistema sanitario de la Generalitat requiere un cierto nivel de catalán (por ejemplo, el C1), en la práctica muchos profesionales, que acceden mediante contratación directa o como interinos, no deben cumplir este requisito, o existen excepciones. Según Plataforma por la Lengua, un 13% de los médicos dicen directamente "no entender el catalán". Las denuncias de pacientes catalanohablantes que no han sido atendidos en catalán, oa quienes el sistema no ha garantizado su derecho de opción lingüística, se han multiplicado. El Govern ya ha reconocido la necesidad de un plan específico para el sistema de salud para garantizar el conocimiento y el uso del catalán.

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Ante todo, es necesario que el TC en su actual configuración, y también los jueces ordinarios, aterrizen en la realidad y regresen a la cordura del pasado. El carácter de lengua oficial y propia de las lenguas distintas del castellano es y debe ser un factor determinante no sólo para que sea aceptada su validez y eficacia como medio normal de comunicación en los poderes públicos (y entre ellos), sino también en su relación con los privados. Además, debe ser reconocida la razonabilidad y la imprescindibilidad de valorar su conocimiento como requisito general de capacidad para acceder a un puesto de trabajo en la administración pública, siguiendo criterios de eficacia y extensión territorial de su uso. Sólo así podremos asegurar que los empleados públicos ejerzan adecuadamente su función y sean útiles a los ciudadanos a los que sirven.