Vivienda pública y Constitución

Salvador Illa ha marcado su primer debate de política general con un anuncio: la construcción de 50.000 pisos públicos hasta el 2030, con una inversión de 4.400 millones de euros en la presente legislatura, a razón de 1.100 millones cada año. Es una promesa ambiciosa, que busca enfrentar con contundencia el primer problema actual de la ciudadanía, el acceso a la vivienda. Tiene también la virtud de recordar que Catalunya, y España, están muy lejos de las políticas de vivienda que se practican en los países líderes de la Unión Europea –desde Francia hasta Dinamarca pasando por Alemania–, donde se toman una poco más en serio el principio de que todos los ciudadanos (y, sin embargo, no llegan a todos, por supuesto) deben tener un lugar digno para vivir.

Aquí, este principio fue recogido en la Constitución del 78, pero al parecer se quedó allí, como un insecto disecado. Es en el artículo 47, que dice textualmente: “Todos los españoles tienen derecho a una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación”.

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Repetimos: “Regularán la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación”. Es decir, la Constitución reconoce, ampara y consagra la intervención del mercado urbanístico e inmobiliario por parte de los poderes públicos, contra los fariseos que, a la mínima medida de control público, se rasgan las vestiduras invocando el libre mercado. El mismo artículo 47 tiene un punto y aparte realmente importante: "La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos". Los ciudadanos no solo deben tener garantizada su vivienda digna: además, deben percibir parte de los beneficios que produzca la intervención de la administración pública en el mercado.

Si Illa quiere construir cincuenta mil pisos en cuatro años, debería hacerlo de acuerdo con la letra y el espíritu del artículo 47. Que se completa con el artículo 45, que trata del medio ambiente. El punto 1 de este artículo dice: “Todo el mundo tiene derecho a disponer de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, y el deber de conservarlo”. Y el punto 2: "Los poderes públicos velarán por la utilización racional de todos los recursos naturales, a fin de proteger y mejorar la calidad de la vida y defender y restaurar el medio ambiente, con el apoyo de la indispensable solidaridad colectiva" .

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En resumen, todo el mundo tiene derecho a una vivienda digna en un entorno natural adecuadamente cuidado. Esto es difícil de compatibilizar con otro proyecto estrella de Salvador Illa, la ampliación del aeropuerto. No solo por su impacto directo en el medio natural, sino porque indirectamente fomentará el turismo de masas, causando en gran parte del problema de acceso a la vivienda que Illa quiere paliar construyendo pisos de titularidad pública. Vale, pero sigan la Constitución. Resulta que no solo trata de la indisoluble unidad de España.