La amnistía y el estado profundo

MadridLa sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) apoyando la ley de amnistía española es un paso sumamente importante para conseguir que algún día esta norma se pueda aplicar finalmente sin exclusiones ni restricciones. Pero de momento no es suficiente para parar la larga partida de ajedrez que en los ámbitos políticos y judiciales se juega desde 2017 –y antes– en torno a esta cuestión. Resulta evidente que la razón de estado sigue presente en la actitud que mantienen instituciones, organismos e instancias de todo tipo, junto con el núcleo de poder de la magistratura conservadora, bien asentado en la cúpula del organigrama del edificio estatal. Para darse cuenta no hace falta ser un independentista radical. Basta con haber seguido con algún interés los acontecimientos de los últimos años.

Este período se ha caracterizado por una primera etapa de unión circunstancial del PP y el PSOE para suspender la autonomía de Cataluña después del referéndum del 1 de Octubre, declarado ilegal por el Tribunal Constitucional. Esta fase dio paso a otra en la que la ley de amnistía ha servido para convertirse en el terreno de una lucha virulenta por el poder. Los dos grandes partidos estatales, que pactaron con relativa facilidad la aplicación del artículo 155 para que la administración central se hiciera con la dirección y control de las instituciones autonómicas, llevan casi una década arrancándose la piel a propósito del perdón a los principales líderes del Procés. En este punto estamos, en este punto seguimos.

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Una pieza principal de esta larga activación de lo que se acostumbra a definir como "el Estado profundo" es el Tribunal Supremo. En rigor deberíamos decir autoactivación, porque en ningún momento ha hecho falta que la Sala Penal, encargada de la causa contra los líderes del Procés, fuera objeto de una presión externa. De hecho, entre esta instancia y la Fiscalía hubo una gran facilidad de comunicación. Entre noviembre de 2016 y el mismo mes de 2017 fue un exmagistrado de la Sala Penal, José Manuel Maza –fallecido a causa de las complicaciones de una infección renal durante un viaje oficial a Argentina–, quien dirigió la Fiscalía. La querella inicial contra Puigdemont y los otros miembros de su gobierno ya marcó un camino de máxima dureza, con la acusación de un delito de rebelión por el que se pidieron 30 años de prisión.

Una abogada que el Supremo no ha identificado nunca se presentó aquellos primeros días en la Sala Penal preguntando sobre el trato que podría esperar Puigdemont si volvía a España y se ponía a disposición del tribunal. La supuesta letrada del expresidente no recibió ninguna respuesta concreta. Se le dijo que primero se presentara, y que ya se vería, en función de lo que resultara de su interrogatorio. Quedó claro que el tribunal no consideraba en absoluto la hipótesis de un retorno negociado. Pero también se pudo detectar que si bien al Supremo ya le encajaba la estrategia de máximo rigor de la Fiscalía, los jueces actuarían sobre todo buscando tomar las decisiones por unanimidad, bajo la autoridad, y sobre todo la auctoritas, del presidente de la Sala, Manuel Marchena, en óptima comunicación con el instructor del caso, el magistrado Pablo Llarena.

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Durante la instrucción de la causa, "el Estado profundo" trabajó sobre todo para conseguir la detención de Puigdemont, aprovechando sus movimientos por Europa. Agentes del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) le siguieron de vuelta de un viaje por Finlandia y Dinamarca, y en marzo de 2018 obtuvieron la colaboración de las autoridades alemanas para ponerle a disposición del tribunal del land de Schleswig-Holstein. Los jueces de esta instancia descartaron entregarlo a España por el delito de rebelión, pero aceptaron hacerlo por el de malversación. El Supremo lamentaría años más tarde haber tomado entonces la decisión de rechazarlo. Se prefirió el todo o nada. Se quería evitar un banquillo de los acusados con peticiones de penas máximas, y un juicio paralelo por la cabeza de la supuesta rebelión, imputado exclusivamente del delito instrumental de malversar fondos públicos. En el mismo tribunal se comentaría más tarde que Puigdemont habría podido ser condenado a 12 años de prisión, la pena más alta por una malversación con agravantes. Como se ve, era casi lo mismo que finalmente se impuso a Junqueras y otros exmiembros del gobierno –entre 12 y 13 años– por sedición en concurso medial también con el uso irregular de dinero público.

Toda esta intrahistoria y antecedentes ayuda a conocer los motivos por los cuales el Supremo ha decidido no moverse ni un palmo después de la sentencia dictada por el TJUE aceptando que la ley de amnistía es una prerrogativa del Parlamento español y en este caso destinada a promover la reconducción de un período de tensiones políticas y favorecer la "reconciliación". Probablemente, hoy el Supremo volvería a imponer penas elevadas por los hechos del Procés, aunque ya no por el delito de sedición, un tipo desaparecido del Código Penal. El hecho es que la Sala Penal cree haber dado al Procés la respuesta adecuada del estado de derecho. Y por eso prefiere que enseñe primero sus cartas el Constitucional.

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El primero en mover ficha

El Supremo quiere que en todo caso sea el órgano de garantías quien administre el perdón del Estado, por la vía de admitir el recurso de amparo presentado por Puigdemont y los acusados o ya condenados por el delito de malversación a los que la Sala Penal no aplicó la amnistía. Por eso se sigue dudando de lo que hará este tribunal una vez que el Constitucional haya establecido que la amnistía sí que se ha de aplicar a los exmiembros del Govern que supuestamente se enriquecieron por no haber pagado los gastos del Procés con su patrimonio, y haberlo hecho con fondos públicos, cometiendo así la malversación. Es esta construcción de la Sala Penal la que evidencia el rechazo del Supremo a revisar su propia sentencia. Lo que nos sitúa nuevamente en la consideración del papel del "Estado profundo" para desbaratar y reprimir el Procés. Con un añadido importante. En realidad, los objetivos del Procés se empezaron a perder una década antes, con la sentencia del Constitucional sobre la reforma del Estatut, que pretendía inicialmente un poder judicial propio de Cataluña, y no se alcanzó. Aquella primera batalla ya la ganó el "Estado profundo", que entonces tenía mayoría conservadora en el órgano de garantías.