Bruselas recuerda a los tribunales españoles que deben aplicar la sentencia del TJUE sobre la amnistía
La Comisión Europea admite a trámite la denuncia de la defensa de Puigdemont por la negativa del Tribunal de Cuentas a aplicar la amnistía
BruselasAviso de la Comisión Europea a la justicia española. Después de que el Tribunal de Cuentas se haya negado de entrada a aplicar la sentencia de Luxemburgo que avala la amnistía, el portavoz del ejecutivo comunitario Guillaume Mercier ha recordado este miércoles en un comunicado que "corresponde a las cortes de remisión —la Audiencia Nacional y el mismo Tribunal de Cuentas— aplicar las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE)".
La Comisión Europea ha respondido de esta manera al escrito presentado por el abogado de Carles Puigdemont, Gonzalo Boye, al mismo ejecutivo comunitario en que denuncia a España por el incumplimiento de la amnistía y alerta de la maniobra del Tribunal de Cuentas. Así, la defensa del líder de Junts alertó este martes en Bruselas que se ha suspendido de facto el plazo para dictar la amnistía y que ha abierto un trámite de alegaciones que no solo considera innecesario, sino que también asegura que contraviene la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
A su vez, Bruselas ha confirmado que ha recibido la carta presentada por Boye y fuentes comunitarias aseguran que es cuestión de horas que sea aceptada a trámite de manera oficial. El próximo paso es que la Comisión Europea evalúe a fondo el requerimiento de la defensa de Puigdemont, así como de los exconsejeros Toni Comín y Lluís Puig, y decida si abre un procedimiento de infracción contra España; si decide abrir un diálogo informal con el gobierno español para intentar aclarar o corregir la situación, o lo archiva. De acuerdo con el procedimiento establecido, Bruselas tiene un plazo orientativo —no es vinculante— de un año desde el registro de la denuncia para tomar una decisión y resolver el caso.
Es habitual que Bruselas abra procedimientos de infracción a todos los estados miembros, pero en la gran mayoría de los casos es por incumplir la legislación de la Unión Europea y no porque los tribunales de un país se nieguen a aplicar las sentencias de la justicia europea. De hecho, a estas alturas, España tiene 117 procedimientos abiertos. En todo caso, la defensa de Puigdemont argumenta ante la Comisión Europea que el estado español está vulnerando el artículo 267 de los tratados de la Unión Europea, que se refiere concretamente a las cuestiones prejudiciales presentadas en Luxemburgo.
En el peor de los casos y ante un incumplimiento reiterativo, la Comisión Europea puede denunciar al estado miembro en cuestión ante el TJUE, el cual puede aplicar una sanción económica y, si continúa vulnerando el estado de derecho de la UE, multas periódicas hasta que lo cumpla. El objetivo del procedimiento es garantizar que los estados miembros apliquen correctamente la legislación comunitaria, pero no resolver casos individuales ni ofrecer ninguna compensación a los denunciantes. Por lo tanto, aunque la Comisión Europea decidiera en última instancia intervenir y llevar a España al TJUE para que aplique la sentencia europea que avala la amnistía, esto no comportaría automáticamente ninguna reparación personal para Puigdemont.
La maniobra del Tribunal de Cuentas
El tribunal de máxima instancia de la justicia europea negó que el uso de los fondos públicos de los dirigentes del Procés afectara los intereses financieros de la Unión Europea y rechazó que provocara un empobrecimiento del global del bloque europeo o de los presupuestos de las instituciones europeas, que era el argumento al que se aferraba el Tribunal de Cuentas para no aplicar la ley de amnistía. Tras la sentencia del TJUE, Elena Hernáez, consejera de cuentas del departamento segundo, ha abierto un plazo de diez días para que las partes presenten alegaciones en caso de que encontraran indicios de que "se hubieran usado fondos procedentes del presupuesto de la UE, o administrados por la UE o por cuenta de esta". Esta es la maniobra que denuncia a la Comisión Europea la defensa de Puigdemont, que considera que es una decisión del todo improcedente y que lo único que debe hacer ahora el Tribunal de Cuentas es dar por cerrado el procedimiento y aplicar la ley acordada entre el PSOE, Junts y Esquerra.
Amnistíados los síndicos del 1-O después de dos años de bloqueo judicial
El mismo día que Bruselas ha contestado a la denuncia de Puigdemont, la amnistía ha avanzado en otros frentes judiciales del 'Procés'. Este miércoles una magistrada de Barcelona ha amnistiado a los cinco miembros de la Sindicatura Electoral del 1-O: Tània Verge, Marc Marsal, Josep Pagès, Jordi Mas y Marta Alsina, según ha avanzado El Nacional y ha confirmado el ARA. Todos habían sido absueltos, pero la Audiencia de Barcelona ordenó repetir el juicio, después de que la Fiscalía recurriera la absolución del juzgado número 11 de Barcelona —dictada en abril de 2021—, lo que dejó la causa encallada dos años. El ministerio público reclamaba dos años y nueve meses de prisión por desobediencia y usurpación de funciones públicas, y a pesar de la entrada en vigor de la ley de amnistía, ni el juez ni el TSJC se la aplicaron.
El bloqueo respondió a una disputa competencial, ya que el juez elevó el caso al TSJC al considerar aforada a Tània Verge, entonces diputada de ERC, pero el alto tribunal rechazó asumirla. Cuando Verge dejó el escaño, una nueva jueza desbloqueó la petición, con informe favorable de la Fiscalía. Uno de los abogados de los síndicos, Ramon Setó, ha explicado en declaraciones al ARA que la defensa había reclamado la amnistía hasta cuatro veces sin respuesta del juzgado anterior, y que después aún hubo que esperar tres meses el informe fiscal. Setó ha celebrado la decisión, a pesar de calificar el proceso como una "penitencia desagradable e injustificada", informa Roger Hernández.