El catalán en las aulas

El Constitucional, el destino probable del nuevo pacto por el catalán

La norma derogará 'de facto' parte de la ley de política lingüística, según los expertos

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La fachada de la sede del Tribunal Constitucional

BarcelonaLa nueva ley del catalán, pendiente ahora del pronunciamiento del Consejo de Garantías Estatutarias, se encontrará bien pronto con los tribunales. Una vez pase el filtro del Parlamento y se apruebe con los votos de Esquerra, Junts, el PSC y los comunes, se abre un escenario incierto en el que tendrán un papel capital el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) y, probablemente, también el Tribunal Constitucional. El TSJC no puede entrar en valorar la legalidad o no de la norma aprobada por la cámara catalana –no es su competencia– y su función a partir del 31 de mayo será valorar si se cumple o no su sentencia que impone el 25% de castellano en las aulas. Pero sí que lo puede hacer el Tribunal Constitucional, que previsiblemente acabará siendo otra vez el árbitro de este conflicto.

El profesor de derecho administrativo de la Universitat de Girona Josep Maria Aguirre asegura que toda "la operación acabará en el Constitucional". De hecho, considera que es la estrategia que ha planteado el propio Gobierno para intentar sacar el catalán del terreno de juego que ha marcado el TSJC. Hay dos vías para que acabe: a través de un recurso de inconstitucionalidad o a través de una cuestión de inconstitucionalidad. En el primer caso, lo pueden solicitar aquellos que consideren que la norma elaborada por el Parlamento se desmarca de la doctrina constitucional, sea el Gobierno español –con capacidad de suspenderla de manera automática si lo pide–, el Defensor del Pueblo o una cincuentena de diputados en el Congreso o senadores, en el plazo de tres meses desde que se publica la norma en los boletines oficiales. Por lo tanto, cualquier partido político con suficiente representación –PP o Vox a escala estatal– podría hacerlo, tal como han actuado ante el Consejo de Garantías Estatutarias.

Pero no es la única manera como el pacto por el catalán puede acabar en el Constitucional. Según Aguirre, también lo podría plantear el propio TSJC –de oficio o a instancias de alguna parte– a través de una cuestión de inconstitucionalidad. La legislación permite que los jueces y los tribunales se dirijan al TC cuando tengan que tomar una decisión que dependa de una norma que consideran que es contraria a la Constitución. Ahora bien, en este sentido la profesora de la Universidad Internacional de Catalunya (UIC) Montserrat Nebrera avisa: "Para poder elevar una cuestión de inconstitucionalidad tiene que haber un procedimiento en marcha. En el procedimiento del TSJC ya no hay nada a decir". Es decir, sostiene que ya se ha llegado al final del camino. Aun así, también pronostica que se puede llegar a la cuestión de inconstitucionalidad por otras vías, como por ejemplo si hay familias que abren nuevos procesos judiciales denunciando que el Govern incumple la sentencia del 25% y que sea en este nuevo procedimiento que se apele al Constitucional. "No me extrañaría que de aquí un cuarto de hora ya haya algún tipo de impugnación", expone.

En todo caso, Aguirre señala que lo que será interesante es ver qué pasa entre el momento que entre en vigor esta nueva ley y la aprobación en los centros de los proyectos lingüísticos –con los usos de catalán y castellano– con el aval del departamento de Educación. "El TSJC podría pedir que mientras no se definen estos proyectos lingüísticos se aplique el 25% de castellano en todas las aulas", constata. ¿Cuál puede ser el desenlace en el Constitucional? Queda mucho, pero los precedentes no son alentadores, asegura Marcel Mateu, profesor de derecho constitucional de la Universitat Oberta de Catalunya y la Rovira i Virgili. "Acabar en el Constitucional me parece una jugada peligrosa, si no suicida [...]. La situación actual empieza con la sentencia del TC sobre el Estatuto", recuerda.

La prevalencia del nuevo texto

Aguirre, por su parte, cree que la nueva ley del catalán regula aspectos específicos de la ley de política lingüística y que, por lo tanto, acabarán prevaleciendo sobre los más genéricos a la hora de aplicarse. Nebrera y Mateu son más tajantes: consideran que la nueva norma supone una derogación de facto de la de política lingüística –al menos de los artículos que lo regulan– aunque no se diga claramente. "Si la ley trata el mismo tema, no hace falta que la derogación sea explícita", sostiene la profesora, a pesar de que los partidos promotores han asegurado que no se tocaba. Mateu apunta en la misma línea: "Cuando trata la misma materia, la ley posterior siempre deroga el anterior", aunque sea parcialmente. En el caso de estas dos normas no hay mucho margen para la interpretación: mientras que la ley de política lingüística regula en su artículo 21 el catalán en "la enseñanza no universitaria", la nueva ley explicita en su título que aspira a regular "el aprendizaje de las lenguas oficiales en la enseñanza no universitaria". Diferente norma, misma materia.

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