El Constitucional rechaza levantar la orden de detención contra Puigdemont

El pleno también tiene sobre la mesa la cuestión de inconstitucionalidad del Supremo contra la amnistía a un activista por unos desórdenes en Girona

MadridEl Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado este martes la petición de Carles Puigdemont de que se le levante de forma urgente la orden de detención que pesa contra él en territorio español. Tal y como ya había explicado el ARA, el pleno del órgano de garantías ha admitido a trámite el recurso de amparo del expresidente catalán, pero se ha opuesto a las medidas cautelarísimas que pedía: obligar al juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena a permitir el regreso del líder de Junts sin escuchar el criterio de las distintas. Lo que hace ahora el TC es abrir un expediente al respecto y preguntará a los actores implicados si debe retirarse la orden de detención antes de resolver sobre el fondo del asunto, que es si la ley de amnistía opera en la causa por malversación contra Puigdemont.

La decisión que ha tomado este martes el pleno es la que estaba prevista hace un mes, si bien la defensa del propio Puigdemont lo retrasó cuando presentó un escrito en el que solicitaba la recusación de tres magistrados del sector conservador: Concepción Espejel, José María Macías y Enrique Arnaldo. Hace dos semanas el TC desestimó por unanimidad las recusaciones, algo que ya se sabía que iba a ocurrir, por lo que en el organismo se produjo una cierta sensación de desconcierto por el movimiento del abogado Gonzalo Boye, que su único efecto era dilatar la resolución del proceso.

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A diferencia de los recursos de amparo de los ya condenados por el 1-O –Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa–, que se admitieron a trámite por unanimidad, han votado en contra a cuatro de los cinco magistrados de la derecha. Consideran que el recurso de amparo de Puigdemont, Toni Comín y Lluís Puig es prematuro porque su caso está todavía en fase de instrucción, si bien la mayoría del pleno no lo considera así: la decisión del Supremo de no aplicarle la amnistía ya no tiene más recorrido interno en el Supremo y, por tanto, la vía está abierta para ir al TC.

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En el orden del día del pleno del TC está también la resolución de la cuestión de inconstitucionalidad que el Supremo planteó contra la amnistía a un activista acusado de desórdenes públicos por unas protestas en Girona contra la sentencia del juicio del 1-O. Se trata de la primera respuesta que el órgano de garantías dará al alto tribunal español en relación con esta ley, aunque básicamente aplicará la doctrina que ya estableció cuando resolvió el recurso del PP en junio. Esta cuestión se abordará entre el miércoles y el jueves, dado que es el penúltimo punto del orden del día. El último es otro recurso de inconstitucionalidad, el que presentaron las Cortes de Aragón contra la norma. En la misma línea, se desestimará siguiendo el criterio que ya se decidió, aunque será necesario resolver algunas especificidades que se plantean.

La malversación

Por ejemplo, las Cortes de Aragón alegan que es inconstitucional la parte de la ley en la que prevé la amnistía por malversación siempre que no haya enriquecimiento, al entender que va en contra de los intereses de la Unión Europea y los compromisos de España con los fondos europeos. Fuentes del TC consultadas por el ARA ya avisan de entrada que no se acaba de entender el vínculo entre una cosa y otra, pero ya avanzan que se desestimará ese argumento. La mención que se haga del delito de malversación no deberá interpretarse como una pista a la decisión que pueda tomarse en los recursos de amparo de los líderes del 1-O –están condenados o procesados ​​por ese delito–, porque ésta será una respuesta en abstracto a lo que plantean las Cortes de Aragón pero no a la aplicación de la ley.

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El TSJC amnistía a un 'hacker' que atacó webs del Estado tras el 1-O

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha aplicado la amnistía a Joel Muñoz , un joven activista que tras el 1-O atacó a varias webs de organismos del gobierno español para denunciar la represión, tal y como informa la agencia Efe. La Fiscalía pedía para él 18 años de cárcel. El TSJC corrige así la decisión de la Audiencia de Tarragona y pese al criterio en contra de la Fiscalía. El alto tribunal catalán considera que los hechos están "claramente" vinculados con el Proceso y que, por tanto, tiene cabida en el ámbito de aplicación de la ley.