La Generalitat permitirá la entrada de depósitos privados al ICF
La ley de acompañamiento de los presupuestos elimina el concepto de municipio turístico pero no hace cambios significativos en impuestos
BarcelonaLa Generalitat ha optado por no hacer ninguna modificación fiscal sustancial en los presupuestos de 2022. La presentación de las cuentas acostumbra a ser cuando más cambios se introducen en los impuestos, pero no será así durante el 2022. Según la ley de acompañamiento de las cuentas –a la que ha tenido acceso el ARA–, el Govern no tocará nada del IRPF (el de más recaudación) ni tampoco en el impuesto de patrimonio y hará pequeñas modificaciones en otros, como el impuesto de sucesiones y donaciones. En cambio, las modificaciones más relevantes que se han introducido a la ley de acompañamiento afectan al Institut Català de Finances, que avanzará en su camino para convertirse en banco.
La ley de acompañamiento de los presupuestos acostumbra a ser un cajón de sastre que el Govern aprovecha para introducir múltiples modificaciones legales en un plazo corto de tiempo e incluir cuestiones que tienen que ver más con la negociación política que con las partidas presupuestarias. La de este año no es una excepción: incorpora cambios en la ley de transparencia, en la lucha contra la violencia machista y acaba con el concepto de municipio turístico.
El Govern todavía tiene que aprobar el texto, que después se tiene que tramitar en el Parlament. Los grupos, principalmente la CUP como socio potencial para sacar adelante las cuentas, tendrán que decir la suya: la izquierda anticapitalista reclamaba, hasta ahora, nuevos impuestos, que, con el texto elaborado por el ejecutivo, ya se ve que no estarán. Los cuperos ya han avanzado que las conversaciones no van bien antes de abrir el debate a la militancia.
El ICF podrá tener depósitos privados
Hasta ahora solo podía aceptarlos instituciones públicas
Uno de los cambios que se incorporan es que el Institut Català de Finances pueda, a partir de ahora, aceptar depósitos de instituciones privadas. Hasta ahora, solo se permitía que el ICF obtuviera sus recursos económicos de la dotación que le daba la Generalitat, de los bienes que integran su patrimonio, de las aportaciones de otras instituciones financieras o de los "depósitos que le constituyan otras instituciones públicas". La nueva ley modifica este último punto y añade "eventualmente a las privadas". Una manera, pues, de que el ICF avance hacia funciones más propias de un banco.
El Govern también autoriza al ICF a disponer "libremente" de sus bienes inmuebles y muebles, sin autorización administrativa previa, de forma que podría abrir la puerta a que en casos como el del Tribunal de Cuentas (que pide fianzas millonarias a excargos de la Generalitat) se pudieran utilizar. Finalmente, la ley también autoriza al Govern a elaborar, en el plazo de un año, una nueva regulación completa del Institut Català de Finances.
Acercar el ICF a la figura de un banco público es uno de los puntos que podría seducir a la CUP, puesto que hace varias legislaturas que está encima de la mesa por ahora sin éxito. El BCE no ha dado hasta ahora a la Generalitat la ficha bancaria (la solicitud se hizo en marzo y tarda al menos un año), pero la nueva regulación podría abrir para el Govern otras vías para conseguirlo.
Adiós a los municipios turísticos
Estas localidades tenían más libertad en la apertura de los comercios
La ley de acompañamiento deroga varias partes de la ley de turismo, aprobada en 2002. Se suprimen, por ejemplo, todos los artículos entre el 18 y el 22, en los que se define quién puede ser municipio turístico, qué derechos y deberes tenían estas localidades y en qué casos se perdía esta condición. Una de las consecuencias de ser municipio turístico, por ejemplo, era que aquella población tenía mucha más libertad en la apertura de los comercios (se puede, por ejemplo, abrir en domingo). Ahora la Generalitat deroga todos estos artículos, de forma que la diferenciación también pierde vigencia. Falta ver qué consecuencias tendrá esto de ahora en adelante.
Cambios en fiscalidad
Aplazamiento de dos años para pagar sucesiones
El Govern introducirá la posibilidad "excepcional" de aplazar durante dos años el pago del impuesto de sucesiones y donaciones en los casos que se produzcan antes de que acabe el 2022. A pesar de que no lo especifica, se puede deducir que el aplazamiento es para facilitar el pago a quien esté afectado por la crisis del covid. La ley actual ya permitía que se aplazara el pago un año.
Sanciones públicas
La ley de transparencia obligará a publicitar los resultados de los expedientes que afecten a altos cargos
El expediente al ex conseller Alfred Bosch acabó con una sanción grave por no haber activado el protocolo contra el acoso sexual en el departamento de Exteriores, pero el Govern no pudo publicitar los resultados porque se trataba de información "reservada". Para cambiar esto, el Govern ha incorporado en la ley de acompañamiento de los presupuestos la obligatoriedad de que el expediente sea público –tal como avanzó el ARA–. Se añade un apartado en el artículo 90 de la ley de transparencia que dice que las "infracciones cometidas y las sanciones aplicadas a los altos cargos son públicas" y que la administración tiene que publicar en el Portal de Transparencia la parte dispositiva de las resoluciones firmes que pongan fin a los expedientes sancionadores.
Violencia machista
Obligación de un letrado en la denuncia ante los Mossos y nuevas ayudas
La ley de acompañamiento de los presupuestos también incorpora cambios para avanzar hacia la igualdad de género y luchar contra los delitos de odio. Se obliga a que cuando una mujer presenta una denuncia a los Mossos por violencia machista tenga que haber un letrado para garantizarle la asistencia jurídica; se establece una ayuda extraordinaria a las familias perjudicadas por la muerte de la mujer por violencia machista para hacer frente a los gastos de sepelio, traslado o repatriación del cuerpo, y se aprueba una prestación para atender las necesidades de una intervención quirúrgica a consecuencia de una agresión por delito de odio cuando haya sentencia firme y no responda el agresor.