Las idas y venidas de la cooperación judicial entre España e Italia

Los dos países firmaron el primer acuerdo entre socios de la UE en este ámbito

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El expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont el pasado sábado dirigiéndose a la delegación del Gobierno  al Alguer.

RomaEste lunes la jueza del Tribunal de Apelaciones de Sassari, Plinia Azzena, deberá decidir si tramita o no la Orden Europea de Detención y Entrega (OEDE) emitida por su colega del Tribunal Supremo, Pablo Llarena, y entrega a España al ex president de Catalunya Carles Puigdemont. No es la primera vez que la justicia italiana se enfrenta a una euroorden, pero el contexto político del caso hace que la colaboración entre ambas magistraturas tenga pocos precedentes. La cooperación entre los sistemas judiciales de Italia y España es anterior a la entrada en vigor del Espacio de Libertad, Seguridad y Justicia europeo (ELSJ) y hasta ahora casi siempre se había producido en un contexto de delitos vinculados con el crimen organizado o el narcotráfico. En el año 2000 los gobiernos de Roma y Madrid firmaron un acuerdo "pionero" para crear un espacio de cooperación judicial, el primero de este tipo alcanzado entre dos países socios en la UE. Se trataba de un protocolo que "fortalecía la cooperación entre ambos países en los distintos momentos de la extradición, facilitando la entrega de los infractores", explicó el entonces ministro de Justicia, Ángel Acebes.

El acuerdo fue inaugurado solo dos semanas después con un caso singular. La Audiencia Nacional aceptó la solicitud de extradición de Giovanni Greco, exponente de la mafia siciliana detenido en Ibiza en 1997 y condenado ''en rebeldía" en su país a 30 años. Sin embargo, el Tribunal Supremo bloqueó su entrega porque el proceso había sido celebrado en ausencia del acusado –algo muy común en Italia--, una circunstancia que vulnera las garantías jurídicas, según el tribunal español. La decisión paralizó la extradición de decenas de mafiosos italianos refugiados en España. Y Greco, que permanecía en libertad vigilada en Palma de Mallorca, aprovechó la confusión para fugarse. Dos años más tarde se presentó ante la justicia española y fue entregado a Italia. Cumplió 10 años de cárcel y regresó a las Islas Baleares.  

La cooperación entre Roma y Madrid ha evolucionado desde entonces y en el caso de delitos considerados graves, como los relacionados con terrorismo, mafia o narcotráfico, con penas superiores a cuatro años, el acuerdo actual agiliza los trámites de extradición y permite que los criminales puedan ser entregados directamente. "Esta doctrina es en cualquier caso anterior a la creación del espacio jurídico común europeo, que prevalece sobre los acuerdos bilaterales específicos entre los estados miembros", puntualiza Roberto Virzo, experto en Derecho Internacional y docente en la Universidad Luiss Guido Carli de Roma.  

 El caso de Carles Puigdemont representa una novedad, ya que se trata de una OEDE y no de una solicitud de extradición y "existe un discurso político detrás". En este sentido, Virzo sostiene que el Tribunal de Apelación de Sassari "no debería ejecutar la euroorden", que permitiría la entrega a España del líder de Junts, "porque el 30 de julio el Tribunal General de la Unión Europea retiró la inmunidad a Puigdemont, pero dijo también que mientras exista un recurso ante el Tribunal de Justicia de la UE, que tiene que pronunciarse sobre la OEDE, esta no podrá ser aplicada por ningún estado miembro". "Por lo tanto -explica-, si Italia no quiere violar el derecho de la UE, no puede tramitar la euroorden".  

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