Vergés y Argimon, absueltos de la causa por la vacunación de covid-19 a policías y guardias civiles
La Audiencia de Barcelona condena a las asociaciones policiales Jupol y Jucil a pagar las costas del juicio
BarcelonaLa Audiencia de Barcelona ha absuelto a los exconsejeros de Salud Alba Vergés y Josep Maria Argimon después del juicio en el que se les acusaba de "discriminar" a los policías y guardias civiles en la campaña de vacunación contra el covid por haber vacunado a los Mossos d'Esquadra más rápido que a ellos. La sentencia a la que ha tenido acceso el ARA también absuelve al resto de exresponsables del departamento que se sentaron en el banquillo de los acusados: Marc Ramentol, Adrià Comella y Xavier Rodríguez.
Además, el tribunal ha condenado a pagar las costas del procedimiento a las asociaciones policiales Jupol y Jucil, que ejercieron la acusación en el procedimiento y que mantuvieron su petición de condenas de hasta 15 años de inhabilitación hasta el final del juicio, cuando la Fiscalía las retiró. Estas dos entidades se tendrán que hacer cargo de los gastos del juicio excepto de la defensa de Xavier Rodríguez, el único contra quien retiraron la acusación.
Los tres jueces que firman la sentencia basan su argumentación en el hecho de que no se ha demostrado que los acusados actuaran con intención de discriminar, como sería necesario para que se diera el delito de prevaricación del que estaban acusados. Este delito solo se aplica a funcionarios públicos o jueces, y consiste en dictar una resolución injusta intencionadamente, sabiendo que contraviene la ley.
De hecho, los jueces explican que esta falta de intencionalidad entre los exresponsables de Salud es compatible con la sentencia de 2021 en la que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) condenó a la Generalitat, en la vía civil, por discriminar a los agentes con el calendario de vacunación y forzó que los vacunara en un plazo de 10 días. La sentencia publicada este lunes, de la jurisdicción penal, aclara que una situación puede ser discriminatoria sin que haya intención, un elemento que sería necesario para una condena penal. "Debemos resolver sobre una decisión injusta", explican.
"Estaba todo preparado"
Los jueces insisten en que "no es cuestionable que estaba todo preparado" para vacunar a los agentes tan pronto como fueran elegidos los centros de vacunación y los censos. De hecho, recuerdan que fueron los mismos cuerpos policiales afectados quienes pidieron vacunarse fuera del sistema general de vacunación, porque preferían recibir las dosis en sus dependencias en lugar de centros sanitarios públicos. Los jueces también señalan que hacer los censos de agentes a vacunar era mucho más fácil en el caso de los Mossos d'Esquadra y las policías locales, porque la Generalitat ya tiene sus datos. Además, dejan claro que la vacunación con AstraZeneca, que es la que recibían los policías, se suspendió cuando se decidió priorizar a la población mayor de 60 años y después de casos de trombosis como efectos secundarios.
Más allá de las circunstancias concretas que interfirieron en el ritmo de vacunación, los jueces destacan que analizar este caso ha sido especialmente complicado teniendo en cuenta que el proceso de vacunación por sí mismo ya comportaba "dificultades evidentes", no solo en el caso de los policías. "Como conoce cualquiera que vivió una época tan convulsa, en la implementación de las vacunas se produjeron situaciones de paralización. El miedo a los efectos secundarios hizo que se suspendiera la vacunación con determinadas vacunas, y esto implicaba necesariamente retrasos", explican los jueces.