Las vías de salida del exilio
Lo que diga Luxemburgo sobre la inmunidad y las prejudiciales elevadas por Llarena sobre las euroórdenes será clave para determinar el futuro de los exiliados
BarcelonaCon los presos del 1 de Octubre indultados y en libertad, el exilio es el principal asunto pendiente de resolver para contribuir a la normalidad institucional. Teniendo en cuenta que la amnistía -que también resolvería la situación de los todavía investigados por el referéndum- no ha pasado ni el filtro de la mesa para ser debatida en el Congreso de Diputados, hay otros escenarios que prevé el entorno al expresident Carles Puigdemont para conseguir que él y el resto de dirigentes puedan volver del exilio. Más allá de la reforma del delito de sedición, hay diferentes vías abiertas que tienen que ver con la batalla jurídica en Europa.
Inmunidad
El Tribunal General de la UE tiene que decidir si la mantiene
Después de que el Parlamento Europeo les retirara la inmunidad, los eurodiputados de Junts recorrieron la decisión al Tribunal General de la Unión Europea y este las ha restituido cautelarmente hasta que no resuelva el fondo de la cuestión. En caso de que les diera la razón -querría decir que Luxemburgo enmienda una decisión de la Eurocámara-, Puigdemont, Toni Comín y Clara Ponsatí podrían mantener la inmunidad y moverse por todo el territorio europeo sin ser detenidos mientras fueran miembros del Europarlamento. En este punto, tendrían que decidir si se arriesgan a entrar en España, que se enfrentaría a la dicotomía de acatar la decisión de Luxemburgo (si les devolviera la inmunidad definitivamente).
Prejudiciales
El Tribunal de Justicia de la UE tiene que resolver la petición de Llarena
El juez instructor del Tribunal Supremo Pablo Llarena elevó al Tribunal de Justicia de la UE varias cuestiones prejudiciales antes de volver a emitir las euroórdenes. Su principal pregunta era qué límites tienen los estados europeos a la hora de rechazar las peticiones de entrega otros países del club. Según Llarena, Bélgica se extralimitó a la hora de decir que el Supremo no era competente para juzgar a Lluís Puig y que se había puesto en riesgo su presunción de inocencia. También piensa lo mismo de Alemania -que rechazó la entrega de Puigdemont por sedición y rebelión-. Para el Supremo, los estados se tendrían que limitar a valorar si los delitos por los que pide España a los exiliados tienen o no un reflejo en su Código Penal y entregarlos. En cambio, la defensa de Puigdemont considera que se tiene que valorar si el estado emisor respeta o no los derechos fundamentales. En función de lo que diga Luxemburgo, quedará marcado el terreno de juego de las euroórdenes y las posibilidades de futuro de los exiliados dentro de la UE: es decir, Carles Puigdemont, Toni Comín, Clara Ponsatí -su euroorden se tramitó antes del Brexit- y Lluís Puig -de quien Bélgica ya ha rechazado la entrega-. La defensa de Puigdemont pretende que Luxemburgo vaya un paso más allá y considere que si se ha rechazado una extradición en un estado miembro de la UE se equipare a “cosa enjuiciada” en todos los estados y, por lo tanto, no se pueda producir juicio en España.
Estrasburgo
La resolución de los recursos de los presos puede afectar a los exiliados
Otra vía de la que se pueden beneficiar los exiliados es una resolución del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (Estrasburgo) que dé la razón a los recursos de los presos en contra de la sentencia del Tribunal Supremo sobre el 1-O. Si así fuera, una condena del Reino de España tendría efecto sobre todos los líderes independentistas exiliados en el extranjero y encausados por el referéndum. A diferencia de las vías anteriores, los incluiría a todos, porque Suiza (donde viven la exdiputada de la CUP Anna Gabriel y Marta Rovira, secretaria general de ERC) sí que forma parte de la jurisdicción del Tribunal Europeo de Derechos Humanos -no del de Luxemburgo, que es un tribunal solo para los estados que forman parte de la UE y que tiene incidencia en el caso de Ponsatí porque su euroorden se tramitó antes del Brexit-. Según fuentes jurídicas, si Estrasburgo considera que hay vulneraciones de derechos, como la falta de competencia del Supremo alegada por los presos, el alto tribunal no podría juzgar a los exiliados si volvieran y lo tendría que hacer la justicia ordinaria. Los jueces en el Estado también se tendrían que adaptar a la jurisprudencia que fijara el TEDH sobre el 1-O en relación con el ejercicio de derechos como la libertad de expresión. Así pues, los exiliados no se ahorrarían el juicio, pero lo podrían afrontar con mejores condiciones si hubiera una sentencia favorable de Estrasburgo.
Reforma de la sedición
El gobierno español podría facilitar el regreso de los encausados
Desde el gobierno español se está estudiando la reforma del delito de sedición para facilitar el regreso de los exiliados. Si se vinculara el delito a la violencia explícita dejaría de encajar con el 1-O y el Supremo no podría condenar a los exiliados si volvieran. Pero ERC y Junts son reticentes a esta vía porque podrían tener que entrar igualmente a prisión por la acusación de malversación. Los caminos son diferentes, pero tienen el mismo objetivo: volver.