Siete doradas o tres lubinas: se endurecen las cuotas diarias para los aficionados a la pesca
Limitación de ejemplares pescados y prohibiciones temporales de captura de algunas especies: el Gobierno endurece la normativa de pesca recreativa
BarcelonaLa normativa que regula la práctica de la pesca recreativa en aguas interiores de la costa de Barcelona, Tarragona y Terres de l'Ebre se endurecerá a partir del mes de septiembre, una vez se apruebe la nueva regulación que el departamento de Agricultura ha dado a conocer este lunes. La nueva normativa sigue el modelo en vigor desde 2024 en el litoral gerundense, que establece cuotas diarias y tallas mínimas para 44 especies. También incluye la prohibición de pesca de algunos ejemplares –en una decena de casos– durante un período de tiempo. La normativa afectará tanto a los pescadores recreativos en embarcaciones como a aquellos que pescan con cañas desde la costa oa los que practican la pesca submarina.
Según ha informado el departamento de Agricultura en un comunicado, estas medidas quieren garantizar una explotación racional de estas especies y su conservación y regeneración adecuadas. La cuarentena de especies que entran en la lista de regulación de capturas son las más conocidas y apreciadas entre los pescadores recreativos. Por ejemplo, se permitirá pescar un máximo diario de siete doradas de 30 centímetros de talla mínima, tres lubinas de 40 centímetros, dos meros de 50 centímetros, quince sepias de 12 centímetros o diez calamares de 18. La idea es garantizar que estas especies puedan ser capturadas cuando ya sean reproductivamente aptas.
Además, se establecen diferentes períodos de veda biológica –la prohibición de pesca durante algunos meses del año– para una decena de especies, que en el caso de la costa barcelonesa y tarraconense se irán sucediendo en el tiempo, para "proteger la época de reproducción y alevinaje". En el caso de la lubina y el corballo de arena será un mes. En el del mero se alargará mes y medio. Pop roquer, corballo de roca, oblada y gallo de san Pedro tendrán dos meses de paro y tres la palomida, así como la círvia. En cambio, la veda de la raya se alargará siete meses y medio.
La nueva normativa, que estará vigente entre septiembre de 2025 y el mismo mes de 2027, actualiza el decreto del año 1995 con el que se regulaba la práctica de la pesca recreativa y quiere dar cumplimiento también a los requerimientos de la Comisión Europea para ordenar el sector.
Esta cifra equipara el límite máximo de capturas para autoconsumo con las embarcaciones que pescan en aguas exteriores, que son objeto de regulación y titularidad estatal. Las aguas interiores, competencia de la Generalitat, se sitúan entre las concavidades de la costa: en el caso de Barcelona, la línea entre Arenys de Mar y Barcelona; en el de Tarragona y la costa del Ebro, desde el cabo de Salou hasta Alcanar.