Que por robar un móvil puedas acabar en prisión (y otras soluciones contra los multirreincidentes)
Los juzgados de Barcelona piden seis nuevos tribunales para hacer frente al aumento de hurtos
BarcelonaEl pasado año en Barcelona 526 personas cometieron hasta 6.169 delitos. De ellos, los cinco más activos de todos acumulan 228 antecedentes. Dicho de otra forma, durante su vida han cometido casi 50 delitos cada uno, la gran mayoría hurtos y robos violentos. Ellos son el ejemplo personificado de la multirreincidencia, un fenómeno que ha puesto en alerta a las principales ciudades de Catalunya y ha subido un 30% en un año en la capital. ¿Pero cómo se combate? Este martes el Colegio de la Abogacía de Barcelona (ICAB) y los juzgados de Barcelona han propuesto diversas medidas.
Tanto el decano del ICAB, Jesús María Sánchez, como la juez decana de Barcelona, Cristina Ferrando, han puesto el foco en los hurtos, los delitos que más cometen los multirreincidentes y que, de hecho, también son los que más se registran en la capital catalana: son nada menos que el 48% de los delitos. Concretamente, el decano del ICAB ha propuesto que el Congreso de los Diputados reforme el Código Penal para que las penas por hurtar teléfonos móviles sean más duras y comporten prisión. Actualmente, los hurtos de menos de 400 euros se consideran delitos leves, pero existen nueve excepciones. Entre estas excepciones se encuentra el robo de cableado eléctrico, de telecomunicaciones o infraestructuras, artículos históricos o artísticos o productos o herramientas agrarios. El ICAB propone una décima excepción que incluiría los dispositivos electrónicos o tecnológicos, al considerar que el robo de un móvil tiene mucho más valor que el simple aparato. Esto haría que el delito pasara de leve a menos grave, y ya se podría imponer una pena de prisión de uno a tres años y, por tanto, imponer también prisión preventiva.
"Los multirreincidentes deben dejar de reírse de la policía y la justicia", ha dicho el alcalde de Barcelona, Jaume Collboni, desde el acto del ICAB. Uno de los elementos que a juicio del ICAB y también de los juzgados crea esta sensación de impunidad de los multirreincidentes es un punto de una reforma de agosto de 2022 del Código Penal que precisamente se implementó para frenar la reincidencia. Este artículo de la ley dice que el hurto puede considerarse delito menos grave cuando el autor haya cometido ya tres robos y la suma de lo sustraído supere los 400 euros. A la hora de aplicarlo, esto aún lo ha complicado más todo: obliga a los jueces a consultar las sentencias previas de un detenido y encargar un peritaje sobre el valor del objeto hurtado. En el caso de Barcelona, tal y como advierte la juez decana, el servicio de tasación encargado de llevar a cabo las peritaciones acumula ocho meses de retraso. Y a eso se le suma otra traba: el banco de datos solo permite consultar las sentencias dictadas por juzgados de Catalunya. Por tanto, ambas instituciones piden eliminar este artículo.
Seis nuevos juzgados
A juicio de Ferrando, juez decana de Barcelona, una de las claves para eliminar la multirreincidencia es que los juicios rápidos funcionen. Por eso, reclama la creación de al menos seis nuevos juzgados, cuatro dedicados a los juicios rápidos y dos a ejecutar sentencias. Entre 2016 y 2023, recuerda, el número de juicios rápidos se ha duplicado en Barcelona, con cuatro jueces celebrando este tipo de vistas cada día. Ferrando afirma que no dan abasto y advierte que la "infradotación de medios" es el principal problema que impide a la justicia dar respuesta al elevado volumen de hurtos o pequeños robos, a menudo cometidos por personas que arrastran numerosas detenciones policiales, pero que, a efectos judiciales, no pueden ser considerados multirreincidentes.
Las ocupaciones ilegales
Un conflicto que también está a menudo vinculado a la multirreincidencia son las ocupaciones ilegales, puesto que, según fuentes policiales, los ladrones reincidentes suelen vivir ocupando. En el primer semestre de 2022 se produjeron 10.220 empleos ilegales en España y casi la mitad (4.341) estuvieron en Catalunya. Desde el ICAB proponen una reforma de la ley de enjuiciamiento criminal que considere los delitos de allanamiento de morada y usurpación de bienes inmuebles como delitos de consumación permanente. Esto implicaría que el delito se prolongue en el tiempo mientras se mantenga el empleo y permitiría aplicar el principio de delito flagrante. Este cambio permitiría a un juez dictar un desalojo cautelar en 48 horas si el propietario lo solicita.