El TSJC avala que las eléctricas tengan que compensar a los ayuntamientos por los parques eólicos

En una sentencia a raíz de la planta del Coll del Moro reconoce que se tiene que responder por "las molestias" de satisfacer "una demanda de otros territorios"

ARA
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Imagen de los generadores de un parque eólico de Batea, a la comarca de la Terra Alta.

Las compañías energéticas no podrán evitar tener que compensar a los municipios por plantas eléctricas como por ejemplo las eólicas y fotovoltaicas. Así lo ha avalado el Tribunal de Justicia de Catalunya (TSJC), en una sentencia a la que ha tenido acceso la ACN y que da la razón al Ayuntamiento de Batea para que siga cobrando la compensación por el parque eólico Coll del Moro, según marcaba el convenio. La promotora se aferraba a un cambio legislativo para cambiar el acuerdo y dejar de pagar al consistorio cerca de 200.000 euros anuales. Ofrecía entre 20.000 y 30.000 y amenazaba con no pagar nada. El tribunal ha sentenciado que los municipios tienen que ser compensados "por las molestias" de acoger los parques energéticos porque "satisfacen una demanda de otros territorios".

El nuevo decreto de renovables no requiere estas compensaciones para los ayuntamientos, pero la sentencia puede crear jurisprudencia para que la reclamen –la sentencia todavía se puede recurrir–. La ley estatal 54/1997 del sector eléctrico preveía una prima a las promotoras energéticas por la construcción de parques y centrales de renovables. Con el real decreto 9/2013 se sustituyó por "una retribución específica por los costes de la inversión" de la instalación eléctrica que no se recuperaran con la venta de energía. Fue con este cambio que la promotora del parque eólico del Coll del Moro ha intentado, vía judicial, reducir la compensación que recibe el Ayuntamiento de Batea.

La empresa Parc Eòlic Coll del Moro SL propuso al consistorio cambiar el convenio. Esto suponía que, de recibir entre 130.000 o 200.000 euros anuales de compensación, recibirían entre 20.000 y 30.000. El Ayuntamiento de Batea se opuso, la promotora presentó varios recursos al juzgado contencioso administrativo de Tarragona, y recurrió la sentencia del juzgado número 2, del 9 de diciembre del 2019, al TSJC, que lo ha avalado hace quince días. Esta compensación a los municipios afectados por instalaciones energéticas se calcula, según el convenio firmado con Batea en 2002, con un coeficiente del 10% sobre la producción limpia de cada aerogenerador, multiplicado por la diferencia entre el precio de venta de la energía y el precio mínimo garantizado. A la vez, el precio mínimo garantizado se define como el precio de mercado de la energía más esta prima o retribución.

Las promotoras presionaron los cambios de convenio con la amenaza de que si no se aceptaban retribuciones más bajas, que no contaban la retribución por inversión, dejarían de cobrar. Como ha explicado el alcalde de Batea, Joaquim Paladella, el Ayuntamiento defendió que el cambio de la prima por una subvención a la construcción de los parques no cambiaba nada, y así lo ha ratificado el TSJC. La promotora alegaba que computar, en la compensación municipal, la retribución en lugar de la prima, "suponía la quiebra del principio de rentabilidad razonable de la instalación", pero los magistrados no consideran demostrada que la compensación a pagar incremente con este cambio. El tribunal hace prevalecer los informes de los técnicos municipales a los de los peritos de la compañía, porque prepondera "la credibilidad e imparcialidad", por jurisprudencia, de los funcionarios públicos.

Con el cambio de la normativa estatal, las promotoras renegociaron los convenios con otros ayuntamientos, con una interpretación de los acuerdos firmados previamente que daban "liquidaciones negativas". "Casi les teníamos que pagar nosotros a ellos, porque restaban de los impuestos que pagan en el territorio, pero entendimos que en los convenios se habla de los ingresos totales del parque y solo cambiaba la forma de retribución. Calculamos las compensaciones y se mantenían igual", ha dicho Paladella. En la Terra Alta, los ayuntamientos de Batea, la Fatarella y Vilalba dels Arcs se opusieron y han sido demandados.

Crear jurisprudencia

En el caso de Batea, el Parc Eòlic Coll del Moro SL llevó el litigio al contencioso administrativo de Tarragona. Cada año la promotora ha presentado un recurso y apelaban después al TSJC. Por primera vez, el TSJC se ha pronunciado y el alcalde de Batea celebra que se cree jurisprudencia para las siguientes anualidades y también para otros consistorios que se encuentran en la misma situación. "Es muy gordo que nos tengamos que pelear para cobrar unos recursos que vienen al territorio. La interpretación que hace el Ayuntamiento es la correcta y el resto de ayuntamientos se pueden adherir a la misma interpretación si no firmaron nuevos convenios", ha destacado Paladella. Si la sentencia no hubiera sido favorable, el Ayuntamiento de Batea tendría que haber devuelto las compensaciones de los últimos años. Con la sentencia del TSJC, a la que ha tenido acceso el ACN, se validan los cómputos de la compensación que hace el consistorio. La promotora puede recurrir la decisión con un recurso de casación al Supremo. "No sabemos si puede tener mucho recorrido, pero lo sabremos dentro de pocos días", ha apuntado el alcalde.

Para Paladella, la sentencia es importante porque también valida los ingresos y compensaciones que el territorio tiene que recibir para acoger instalaciones energéticas y que "no prevé" el decreto 16/2019 de emergencia climática, más allá de los impuestos de construcción y explotación. En el escrito del tribunal se reconoce que "la generación de energía, entendida como una actividad básica para el desarrollo económico del país, tiene que compensar adecuadamente las molestias que supone a los municipios afectados por las instalaciones y las personas que residen, puesto que satisfacen una demanda localizada en territorios diferentes, en áreas urbanas e industriales con más densidad de población". La compensación, como se lee en la resolución, "tiene que ayudar al reequilibrio territorial al mismo tiempo que permita fijar población joven en las zonas rurales de Catalunya".

"Es perfectamente legal y justo que se den compensaciones al territorio y no es justo, aunque lo valide la Generalitat, la interpretación que hacen las promotoras de implantar parques enormes sin pagar al territorio", ha denunciado el alcalde de Batea.

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