Violencia sexual

La UB suspende de empleo y sueldo durante 18 meses un profesor por abuso de poder con fines sexuales

La justicia había cerrado la puerta a un delito penal, pero la universidad ha recogido hasta ocho denuncias, dos prescritas

BarcelonaLa Universidad de Barcelona (UB) ha sancionado con 18 meses sin empleo ni sueldo a un profesor (DV) por aprovecharse de su posición dentro del centro para tener relaciones sexuales con alumnos. Durante la instrucción del caso, que se inició en septiembre de 2023, se han presentado ocho denuncias, dos de las cuales estaban prescritas. La UB ha sancionado al docente por una falta muy grave: prevalencia de la condición de funcionario para obtener un beneficio indebido. Una medida que todavía se puede recorrer y que choca con las resoluciones judiciales favorables que tenía el profesor.

Se trata de un caso complejo porque la vía judicial ha eximido de cualquier delito al docente. Sin embargo, la institución académica ha acreditado esta prevalencia a través de una instrucción que ha durado 10 meses –estuvo detenida mientras estaba la vía penal abierta– y que ha contado con 15 testigos –10 aportados por la defensa– y hasta ocho denuncias por unos hechos similares –siete y la inicial–. El profesor del departamento de literatura fue apartado cautelarmente cuando el caso estalló y ha cumplido ya los 18 meses de suspensión de trabajo. Sin embargo, falta resolver como queda ahora la suspensión de sueldo, porque él ha continuado cobrando. El hombre, que tiene ahora un mes para presentar un recurso de reposición ante el rector de la UB y hasta dos meses para llevar el caso a la vía judicial, presentará ambos recursos. Hasta que se agoten todas las vías, la resolución no es firme y no podría volver a su puesto de trabajo.

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Inicialmente, la propuesta de resolución que hizo la instructora era de suspensión de 30 meses sin empleo ni sueldo, pero las alegaciones que presentó el docente este abril hicieron que la sanción final se quedara en 18 meses. En febrero de 2025 el caso cogió una nueva dimensión porque la primera denunciante lo hizo público a través de una carta en las redes sociales. Ante este nuevo escenario, el docente también hizo un comunicado en el que resaltaba las decisiones judiciales que inadmitían la denuncia al tiempo que aseguraba haber recibido "amenazas e insultos". El profesor, además, niega que hubiera relaciones sexuales con la alumna.

Tres infracciones

El caso tiene su origen en una denuncia de una alumna en septiembre de 2023. Inicialmente, la UB abrió un expediente analizando tres posibles infracciones: la de prevalencia, que ha terminado confirmándose, y una infracción muy grave por acoso sexual y otra grave por abuso de autoridad. Estas dos últimas quedaron fuera de la resolución que firmó el rector de la UB la semana pasada. Como la chica también lo llevó a la vía judicial, la institución académica no podía entrar a valorar estas dos presuntas infracciones. De hecho, tanto el juzgado de instrucción número 20 de Barcelona como la Audiencia Provincial inadmitieron a trámite la denuncia, lo que cerró la vía penal.

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Eso sí, la Audiencia Provincial no puso en duda el relato de la chica, sino que consideraba que no había delito en las relaciones sexuales que hubo: "En ninguno de los encuentros descritos se aprecia la falta de consentimiento ni consta que se hayan producido las relaciones sexuales utilizando violencia, intimidación o". En el texto se especifica que el hecho de que "el denunciado sea profesor de la denunciante, y la manifiesta diferencia de edad, no implica por sí mismo ninguna situación de superioridad". Es más, dice la resolución, ella lo buscó "en numerosas ocasiones" y todo se inició con un "flirteo mutuo". Este flirteo mientras él era profesor, al tiempo que funcionario público, es el que ha acreditado la instrucción de la UB a partir de pruebas documentales y las seis denuncias que no habían prescrito. A principios del 2024, con posterioridad a los hechos, la UB incorporó en su código ético como "mala praxis profesional" las relaciones sexoafectivas entre el profesorado, investigadores y alumnos.

De hecho, la Audiencia de Barcelona hace una distinción entre lo que puede hacer un juez y una institución como la UB, y abre la puerta a una sanción administrativa. "No corresponde a la jurisdicción penal hacer valoraciones de tipo ético sobre conductas no delictivas, sin prejuicio que en el ámbito administrativo universitario puedan adoptarse medidas que correspondan fundamentadas en criterios de ética o deontología profesional", dice el texto, que remarca que la existencia de situaciones "de acoso sexual" pueden estar en los protocolos de estos centros y no tienen "con los protocolos de estos centros".