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El Barça incorpora a Marta Segú, la prima de Laporta, como directora de la Fundación

El nombramiento será efectivo el 20 de julio

ARA
y ARA

BarcelonaEl Barça ha enviado un comunicado interno para informar a los trabajadores que Marta Segú, prima de Joan Laporta, será a partir del 20 de julio la nueva directora de la Fundación Barça. La ex directora general de la Fundación Probitas, del grupo Grifols, tendrá que reportar directamente a Ferran Reverter, CEO del club azulgrana. Segú iniciará una segunda etapa en la Fundación, donde ejerció de directora de proyectos internacionales entre el 2006 y el 2008.

El Barça modificó el código ético

El código ético del Barça prohibía taxativamente que un familiar directo de un directivo tuviera ninguna relación contractual con el club. Esta normativa continúa vigente, pero retocada. La nueva junta de Joan Laporta decidió reescribir el código ético y abrió una rendija para que los familiares pudieran entrar en plantilla. La modificación se aprobó el 31 de mayo y cuatro días después, el 4 de junio, Maite Laporta, la hermana del presidente, fue nombrada nueva responsable de inclusión y diversidad.

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Hasta ahora el párrafo que hacía referencia a la incompatibilidad de los directivos para contratar personal estaba redactado así: "[Los directivos no podrán] contratar laboralmente o mercantilmente parientes, hasta el cuarto grado de consanguinidad o afinidad, ya sea personalmente o a través de sociedades en las que participen o trabajen".

Con la modificación, queda escrito así: "[Los directivos no podrán] Contratar laboralmente o mercantilmente parientes, ascendientes o descendentes, ya sea personalmente o a través de sociedades en las que participen o trabajen, salvo que la solvencia profesional de la persona contratada, así como sus méritos y condiciones, sean contrastados y justifiquen la convivencia objetiva de contratar a aquella persona en vez de otra. En tal caso, será necesario establecer una comparativa con dos candidatos/as más y un informe/conclusión que será sometido a votación en la junta directiva que votará la contratación o no de la persona que corresponda con la abstención del directivo que, en su caso, pueda presentar parentesco o cualquier otra causa de incompatibilidad".