Finanzas personales

El cártel de los coches: puedes recuperar miles de euros si compraste un coche entre 2006 y 2013

El Supremo sentencia que una veintena de fabricantes inflaron los precios de los vehículos

BarcelonaEl caso de cártel en el sector de la automoción destapado en 2015 ha llegado hasta el Tribunal Supremo, que ha sentenciado en contra de la mayoría de compañías automovilísticas que operan en España. En varias sentencias recientes, el alto tribunal considera probada la existencia de prácticas contrarias a la competencia y valida la sanción que la Comisión Nacional de los Mercados y Competencia (CNMC) impuso a 26 marcas por compartir información y poder así cobrar precios más altos entre febrero de 2006 y julio de 2013. Una vez sentenciado en el Supremo, los consumidores afectados, que pueden ser millones, podrán reclamar a los fabricantes que les devuelvan el dinero de más que pagaron. 

Concretamente, la CNMC multó con 171 millones de euros a los fabricantes, a pesar de que la sanción se redujo a 131,4 millones, puesto que la autoridad de la competencia retiró la multa a las marcas del grupo Volkswagen a cambio de haber delatado al cártel, como es habitual en estos casos. La CNMC tardó dos años en demostrar que las marcas tenían un club que utilizaban para distorsionar los precios.  

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¿Cuánto dinero se puede reclamar?

Depende de cada caso concreto, pero la cifra se mueve entre el 10% y el 15% del valor del vehículo. El valor del coche depende exclusivamente del modelo, mientras que el porcentaje exacto que se puede pedir depende tanto del fabricante como del momento exacto en el que se hizo la compra: no todos los fabricantes manipularon los precios del mismo modo ni lo hicieron igual en cada momento. Esto quiere decir, por ejemplo, que por un automóvil que costó 15.000 euros se pueden recuperar entre 1.500 y 2.250 euros. 

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¿Cómo se puede saber la cifra exacta?

Hay que mirar qué dice para cada caso el Tribunal Supremo. Hay algunos fabricantes que fueron multados pero sobre los cuales el Supremo no se ha acabado de pronunciar exactamente. De momento, pues, “el Supremo se está posicionando en algunas marcas” pero todavía no lo ha hecho con todas las multadas por la CNMC, explica Albert Padilla, abogado de Arriaga Asociados, bufete especializado en reclamaciones; por lo cual algunos perjudicados todavía tendrán que esperar un tiempo antes de poder pedir que los vuelvan el dinero.

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¿Cuáles son las marcas afectadas?

Casi todas las más importantes del mercado: Volkswagen, Seat, Audi, Skoda y Porsche (grupo Volkswagen); Citroën, Fiat, Peugeot, Opel, Jeep, Dodge, Chrysler, Lancia y Alfa Romeo (grupo Stellantis); Hyundai y Kia (grupo Hyundai); Renault, Mitsubishi y Nissan (por parte de la alianza entre PSA y los dos grupos japoneses); Honda; BMW; Ford, Chevrolet; Toyota; Mercedes, y Volvo.

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¿Es mejor hacer una demanda colectiva?

Como cada caso es diferente, una demanda colectiva –una demanda a los tribunales puesta conjuntamente por centenares o miles de afectados– puede ser complicada de resolver, puesto que cada afectado que se adhiera tendrá muchas particularidades.

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¿Se tiene que reclamar judicialmente?

Padilla recomienda pedir una compensación por daños y perjuicios directamente a la marca del vehículo. Si no hay respuesta o la respuesta a la reclamación es negativa o insuficiente, entonces se puede ir a un juzgado mercantil. El hecho de haber contactado con la emprendida vendedora antes de poner una demanda muestra “buena fe” y que “se ha intentado solucionar por una vía amistosa”, lo cual da más argumentos ante un juez, explica Padilla.

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¿Qué hay que hacer si el coche es de empresa?

Depende de quién sea propietario del coche y de quién sea propietario de la empresa. Si el coche ha sido comprado por una empresa o un autónomo, son ellos los que tienen que reclamar la devolución de parte del dinero. Si el conductor es un asalariado, no puede pedir nada, puesto que el coche no es suyo. Esto también es así para los coches de leasing.

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Si el vehículo es de renting –y lo mismo pasa con los coches de empresas de alquiler–, el conductor no puede hacer nada, puesto que es la empresa de renting quien es propietaria de este y, por lo tanto, quien hizo la compra. La cuota que paga el conductor es simplemente un alquiler.