Desestimada la denuncia de Just Eat contra Glovo por competencia desleal
El juez interpreta que la operativa de la demanda es legal y considera que se trata de dos modelos de negocio distintos
BarcelonaEl juzgado mercantil 2 de Barcelona ha rechazado la demanda interpuesta por Just Eat contra Glovo por competencia desleal. La demandante reclamaba 295 millones de indemnización. En la resolución, el tribunal entiende que la plataforma actuó siempre "dentro de la legalidad" y que los contratos desde el 2019 garantizaban la autonomía de los repartidores (riders), permitiendo este servicio en régimen de autónomo.
En la sentencia, el juez interpreta que ambas compañías practican modelos de negocio diferentes: el 80% del negocio de Just Eat es el mercado físico y el 20% a domicilio. En el caso de Glovo está al revés, por lo que "la laboralización de los riders no es la única diferencia.
La resolución también considera que el servicio de reparto de comida a domicilio mediante plataformas digitales es un negocio "innovador y tecnológicamente avanzado" y que su marco laboral de regulación es controvertido y obsoleto.
Just Eat presentó la demanda en noviembre por considerar que Glovo operaba con falsos autónomos. También recordaba que existen numerosas sentencias que condenaban a esta compañía por este aspecto y por vulnerar la normativa del derecho laboral. El juez lo ha rechazado.
Posibilidad de recurso
La sentencia, que puede ser recurrida ante la Audiencia de Barcelona, entiende que "es perfectamente posible realizar la actividad de distribución mediante plataformas digitales en régimen de autonomía laboral". De hecho considera que es perfectamente posible que puedan coexistir repartidor laborales con otros autónomos.
La sentencia critica el trabajo de las inspectoras de Trabajo que en el juicio manifestaron que los trabajadores de Glovo lo fían en régimen de "falsos autónomos". También destaca su "beligerancia" contra la empresa y contra sus representantes. Asimismo, añade que el cambio de modelo implementado por Glovo desde principios de enero de 2025, consistente en la laboralización de los repartidores, no ha comportado ninguna alteración de las cuotas de mercado.
El titular del juzgado mercantil opina que queda acreditada "la idoneidad del modelo de contratación con autónomos que, definitivamente, resulta mucho más eficiente para atender una demanda oscilante, "porque se concentra en determinadas franjas horarias".
También afirma que los repartidores prefieren el modelo conveniencia en una u otra plataforma, en uno u otro lugar o durante el tiempo que deseen".
La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha reprobado al juez que ha desestimado la denuncia por competencia desleal interpuesta por Just Eat. "A mí me preocupan más la España de" través de un mensaje en la red social Bluesky. También recalca que "ninguna empresa está por encima de la ley".