Laboral

¿Cómo pedir la ayuda de hasta 700 euros para los afectados por ERTE?

La prestación también la pueden pedir los fijos discontinuos que cobren una prestación extraordinaria

Desde este lunes y hasta el 15 de julio las personas que hayan estado en un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) debido a la crisis del covid y con suspensión total o parcial de su contrato al menos un día en mayo pueden pedir las ayudas de hasta 700 euros que ha activado la Generalitat. También pueden solicitarlas las que tengan un contrato fijo discontinuo que cobren una prestación extraordinaria.

¿Cuáles son los otros requisitos que tienen que cumplir los afectados?

Tienen que tener domicilio en un municipio de Catalunya. En el caso de los afectados por ERTE tienen que ser los titulares de la prestación contributiva por desocupación del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) o que tengan pendiente que el SEPE se la reconozca, mientras que los fijos discontinuos lo tienen que ser de la prestación extraordinaria. A su vez no podrán tener deudas tributarias ni con la Seguridad Social.

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¿Qué cantidad cobrarán?

La cantidad variará en función de los días que el afectado haya estado en ERTE entre el 1 de enero y el 31 de mayo o en el caso de los fijos discontinuos de los días de reconocimiento de la prestación extraordinaria. Los que hayan estado entre 1 día y 90 cobrarán 600 euros, mientras que los que hayan sido 91 o más días recibirán 700.

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¿Qué pasa si se ha estado en ERTE durante mayo pero todavía no se ha recibido la prestación ni el reconocimiento del SEPE?

El trabajador tiene derecho a la prestación a pesar de que el SEPE no le haya reconocido la prestación contributiva. Cuando este organismo lo haga con efectos retroactivos el empleado tendrá derecho a la ayuda siempre que, eso sí, la haya solicitado previamente.

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¿Si ya se ha recibido una ayuda por ERTE en febrero, se puede pedir también ahora?

Sí, siempre que cumpla los requisitos explicados anteriormente.

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¿Cuándo se sabrá si se recibirá la ayuda?

Se informará a las personas que lo puedan recibir una vez resuelta la convocatoria.

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¿Hasta cuándo se pueden pedir?

Hasta el 15 de julio a las 15 horas y, a diferencia de otras ayudas del principio de la pandemia, no se otorgará por orden de inscripción. La inscripción, que puede hacer el afectado u otra persona pero obviamente con los datos del solicitante de la ayuda, se tiene que hacer telemáticamente en la página web del Servicio de Ocupación de Catalunya (www.serveiocupacio.gencat.cat). En caso de que una persona presente varias solicitudes la que valdrá será la última.

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¿Qué información pide el formulario de inscripción?

Los datos personales (NIF/NIE, nombre, apellidos, etc.), dirección de residencia, datos de la empresa afectada por ERTE, días en situación de suspensión o reconocidos de la prestación por desocupación derivada del ERTE o prestación extraordinaria en el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de mayo (en caso de no tener estos datos se puede pedir a la empresa o al SEPE), cuenta bancaria y una declaración responsable de que se están cumpliendo los requisitos.

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¿A cuánta gente se prevé que llegue esta ayuda?

La Generalitat calcula que se beneficiarán entre 80.000 y 100.000 personas. La partida económica que le destinará el ejecutivo catalán es de 60 millones de euros.