Impuesto sobre las emisiones de CO2 de los vehículos: consulta tu cuota y el período de pago
Desde el 1 de septiembre se puede consultar el padrón definitivo de vehículos del ejercicio 2023 y la cuota a pagar en la web de la Agència Tributària de Catalunya
La Agencia Tributaria de Cataluña (ATC) ha publicado el padrón definitivo correspondiente al ejercicio 2023 de todos los vehículos que tributan por el impuesto sobre las emisiones de CO2. A partir del 1 de septiembre, las personas titulares de uno o más vehículos pueden consultar los datos del padrón definitivo y la cuota que deben pagar en la sede electrónica del ATC atc.gencat.cat, accediendo con el NIF y la matrícula (para un vehículo concreto) o con identificación digital, utilizando el idCAT Móvil u otro certificado digital, para visualizar todos los vehículos sujetos al impuesto de los que se es titular.
- Los vehículos que tengan el pago domiciliado recibirán un cargo en cuenta el 20-11-2024.
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Los vehículos que no tienen el pago domiciliado:
- Si ya tributaron el año anterior, pueden efectuar el pago del 1-09-2024 al 20-11-2024.
- Por lo que respecta a los vehículos de nueva tributación, la fecha límite de pago se indica en la notificación que recibirá el titular.
En caso de que, al recibir la notificación para pagar el impuesto, se encuentre algún dato incorrecto, se puede interponer un recurso accediendo a la página de consulta del padrón (atc.gencat.cat/co2padro).
¿Cómo pagar?
Si no se ha domiciliado el pago, del 1 de septiembre al 20 de noviembre se puede pagar a través de la consulta del padrón definitivo en la sede electrónica del ATC: atc.gencat.cat/co2padro (con tarjeta, cargo en cuenta o Bizum).
Como recordatorio, se enviará una carta informativa, junto con la carta de pago, para facilitar el abono del impuesto también por los siguientes canales:
- Teléfono 012, con pago automatizado.
- Teléfono del ATC le llama (93 551 51 51).
- App del ATC.
- Entidades financieras colaboradoras.
- Oficinas de Correos.
- Oficinas del ATC, con cita previa recomendada.
- También se puede utilizar el código QR que se incluye en la carta de pago.
La fecha límite de pago es el 20 de noviembre de 2024.
¿Quién debe pagarlo?
Tienen que pagar el impuesto las personas físicas y jurídicas que durante el año 2023 han tenido domicilio fiscal en Cataluña y han sido titulares de un vehículo (turismo, furgoneta o motocicleta). En concreto, están sujetos los turismos y motocicletas con unas emisiones de más de 120g/CO₂ por km y las furgonetas con emisiones de más de 160g/CO₂ por km.
También están obligadas las personas jurídicas sin residencia fiscal en Cataluña pero que, durante el 2023, han tenido un establecimiento, sucursal u oficina y han sido titulares de algún vehículo domiciliado en Cataluña.
¿Quién no está sujeto o está exento?
No están sujetos al pago los vehículos 100% eléctricos, ciclomotores, camiones o vehículos de más de 3,5 toneladas, autocares y vehículos autorizados a transportar a más de 9 personas (incluido el conductor).
Están exentos los vehículos adaptados para la conducción de personas con movilidad reducida. Los vehículos con matrícula de vehículo histórico y los vehículos clásicos gozan de una bonificación del 100% de la cuota íntegra y, por tanto, tampoco tributan. Asimismo, no deben pagar el impuesto los titulares de los vehículos que no superen los 6 euros de cuota a ingresar.
¿Dónde va la recaudación?
El impuesto sobre las emisiones de CO₂ de los vehículos es un tributo verde, en línea con la fiscalidad ambiental que se promueve en Europa para luchar contra el cambio climático. Grava las emisiones de CO₂ de turismos, furgonetas y motocicletas por su impacto directo en el efecto invernadero y el calentamiento global, y, por tanto, por las consecuencias que puede tener en la salud de las personas.
La recaudación se destina íntegramente al Fondo Climático y al Fondo del Patrimonio Natural, y vuelve a la ciudadanía a través de la inversión en acciones para mejorar el medio ambiente, fomentar la movilidad sostenible y la transición energética, hacer frente a la vulnerabilidad en ámbitos como la agricultura y las zonas litorales; e impulsar la investigación y la innovación para mitigar el cambio climático con ayudas a universidades, entes locales y empresas. La información sobre los proyectos en los que se prevé invertir en 2024 se puede consultar en la web delOficina Catalana del Cambio Climático.
Canales de atención a disposición de la ciudadanía
- Sede electrónica del ATC: toda la información sobre el impuesto, trámites relacionados (consulta de datos, domiciliación, pago y recursos) y asistente virtual atc.gencat.cat/impostco2.
- Teléfono 012. Consultas de carácter general y pago automatizado.
- El ATC te llama (93 551 51 51). Teléfono asistencia en la tramitación.
- Oficinas del ATC. Se recomienda pedir hora a atc.gencat.cat/citaprevia.
Para saber más, visite la web impostco2.gencat.cat.