Un paso más en la centralidad de las infancias

El tribunal de violencia contra la infancia y la adolescencia funciona en Barcelona desde el inicio de 2026 y se hace cargo de los casos en los que la víctima es menor de edad
Psicóloga social. Codirectora G360
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Esta semana tenemos una buena noticia que refrenda y amplía la garantía de derechos de las infancias y adolescencias. Se ha aprobado la ampliación de la LOPIVI (ley de protección Integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia), que obligará a contar con la escucha —el testimonio— de la infancia y la adolescencia en los procesos judiciales y administrativos donde estén involucrados niños y adolescentes, independientemente de la edad que tengan.Una de las cuestiones centrales de esta ampliación es la prohibición absoluta de utilizar el concepto de síndrome de alienación parental (SAP) en los procesos judiciales. La SAP es una falsa síndrome inventada que describe la supuesta manipulación que practican las madres respecto a sus hijos con el objetivo de ponerlos en contra de sus padres en aquellos casos en que los padres han ejercido violencias contra ellos o contra sus madres. En definitiva, la utilización de esta falsa síndrome por parte del sistema judicial ha servido para deslegitimar los testimonios de niños y niñas que declaraban que no querían estar con sus padres por el daño que esta situación les generaba. A pesar de las reiteradas alertas de diversos colegios profesionales —especialmente el de psicología— de la falta de rigurosidad científica y de perspectiva de género de este concepto, así como las recomendaciones de no tenerlo en cuenta en el sistema judicial, el uso de la SAP y la falta de escucha a la infancia en procesos de violencia ha continuado siendo una práctica habitual tanto en Cataluña como en el estado español hasta hoy.Esta situación, denunciada por decenas de entidades que abordan la violencia machista y por las madres protectoras, ha vulnerado de forma persistente y sistemática los derechos de la infancia y la adolescencia. Como decíamos, esta modificación legislativa será un gran avance que afianzará la existencia de estas prácticas; al mismo tiempo, nos hace tomar conciencia —una vez más— que el sistema judicial no puede estar a merced de la ideología de los profesionales que lo encarnan. La pretendida objetividad de la judicatura queda en entredicho cuando se evidencia que las sentencias están teñidas de convicciones políticas y de un modelo social que en muchas ocasiones no responden a la complejidad o a los avances de la sociedad actual. Deberían quedar muy lejos los tiempos en que la familia era entendida como una jerarquía patriarcal donde los niños no podían contradecir a sus padres y madres y no se les daba credibilidad, en que el hombre era el cabeza de familia y tenía la última palabra sobre lo que pasaba dentro de la institución familiar. En definitiva, los niños eran una propiedad. Así mismo, deberían quedar muy lejos las épocas en que el estereotipo femenino prevalente se centraba en ver a las mujeres como seres manipuladores que, con sus malas artes, dañaban a los hombres. A pesar de que parezca que estoy haciendo arqueología social, estos son los valores conservadores y retrógrados que prevalecen detrás de una mirada judicial cuando esta no da voz a los niños y a sus necesidades, y que sigue sosteniendo —a veces— que hombres que han violentado a sus parejas pueden ser buenos padres independientemente de este hecho.Los avances sociales —y, por tanto, legislativos— deben ir siempre en la línea de garantizar libertades y derechos de todas las personas sin limitación de edad o situación. Las leyes deben estar siempre orientadas a proteger a quien es más vulnerable. Felicitémonos, pues, porque las reivindicaciones sociales respecto a las infancias comienzan a ser escuchadas.

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