Gimnasio en casa
24/09/2025
2 min

Leemos en El Mundo que los andaluces "podrán deducirse, en la declaración de la renta, los gastos del gimnasio".

Que quede claro que me muero de envidia porque me parece perfecto. El gimnasio es salud, y de la misma manera que nos rebajan (de manera ridícula y tacaña) una parte de la tasa de basura si vamos a llevar cosas al punto limpio, porque contribuimos al reciclaje, me parece bien que los andaluces deportistas paguen menos, dado que, probablemente, también gastarán menos en la Seguridad Social. Me parecería justo, asimismo, que quienes gastan en cultura (teatro, libros, vino...) en establecimientos de proximidad tuvieran derecho a una bonificación, al igual que vería correcta una bonificación por el transporte para ir al trabajo o una bonificación para los que no fuman. Ojalá esto llegara aquí.

Dicho esto, me pregunto, pues, por qué razón a los autónomos no se nos permitía desgravar ni la silla del despacho, ni el ventilador, ni la calefacción, hasta que irrumpió en el mundo el "teletrabajo", por culpa o gracias a la covid. Entonces sí, alguien consideró que era "de cajón" que estas herramientas fundamentales fueran deducibles. El autónomo que trabaja en la tele deberá ir bien vestido y teñido, pero no se podrá deducir la ropa o la peluquería "porque también lo disfruta fuera del trabajo". Por el mismo motivo, el autónomo sumiller no se podrá deducir las botellas que compre para practicar y la actriz que recoja un premio o haga un pregón no podrá deducirse el traje de noche que se ponga. Antes se permitía un total por "gastos de representación", que era todo esto. Ayudaba, dado que pagarse la cuota cuesta como media hipoteca. Se puede producir, pues, la paradoja, que un andaluz asalariado pueda deducirse el gimnasio y un andaluz autónomo no se pueda deducir las zapatillas para dar clase en ese mismo gimnasio.

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