La zona de bajas emisiones, una herramienta necesaria

Un cartel de la Zona de Bajas Emisiones en Barcelona
21/03/2022
3 min

Cuesta entender el sentido último de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) que anula la ordenanza municipal de la zona de bajas emisiones (ZBE) de Barcelona, una ciudad con unos índices de contaminación elevadísimos y que ya hace unos años que en este terreno está en el punto de mira de Europa. De hecho, la capital catalana es una de las ciudades europeas con más densidad de tráfico de vehículos. El TSJC no debe ignorar que la justicia europea tiene abierto un procedimiento sancionador contra España por el hecho de que tanto Barcelona (y varias ciudades de su área metropolitana) como Madrid superan de manera "sistemática y continuada" los límites de emisiones de dióxido de nitrógeno (NO2). La ZBE que ahora queda en el aire –a pesar de que no suspensa, puesto que hay margen para recursos judiciales– era una respuesta a esta justificada y lógica presión europea. Es más, la Agencia Europea del Medio Ambiente ha alertado que la ZBE no es suficiente. Todo esto debe de ser conocido por los jueces del TSJC, la sentencia de los cuales resulta contradictoria con esta realidad ambiental y judicial de ámbito europeo.

La lucha global para frenar el cambio climático –y para mejorar la salud pública– tendría que ser considerada un bien social superior, preeminente e incuestionable. No es ninguna broma: está en juego la supervivencia de la humanidad en el planeta Tierra. La ZBE es una medida modesta, tibia, casi un parche. Haría falta mucha más radicalidad y contundencia si realmente se quiere ganar esta partida crucial. ¿Son conscientes de ello los jueces que han tumbado la normativa? Si, en efecto, había defectos en la justificación en los informes que la fundamentan y discriminación en su aplicación (con las capas de población más vulnerables), se habría podido ir hacia una sentencia que pidiera correcciones concretas, incluso más excepciones, pero que a la vez protegiera el espíritu y aplicación general de la normativa. El caso, además, es que tanto en el ámbito estatal como en el catalán los respectivos gobiernos quieren avanzar en la misma dirección con la aprobación y puesta en marcha de zonas de bajas emisiones en más territorios urbanos.

La sentencia del TSJC, pues, va en contra del espíritu de los tiempos, en contra del esfuerzo colectivo por rebajar las emisiones de CO2, principal agente de la crisis climática que vivimos a escala global. Aunque esta no sea en ningún caso su intención, es una sentencia que le hace el juego a la minoría negacionista del cambio climático. Sin quererlo, por una ansia garantista con los derechos individuales, se cuestiona una política pública que responde a un mandato superior europeo y que tiene un amplio apoyo ciudadano. Está bien y es necesario atender, escuchar y tener en cuenta los derechos de la minoría perjudicada, una minoría, sin embargo, que hay que tener claro que también es víctima de la contaminación y de la crisis climática. Hay que esperar, pues, que los recursos contra esta sentencia prosperen y que, al mismo tiempo, las políticas ambientales del futuro se blinden ante la justicia con estudios e informes sólidos y con medidas sociales que compensen a los colectivos más débiles. Los más perjudicados no pueden ser los que tienen menos recursos, y hay que compensar la disminución del coche con más y mejor transporte público.

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