Amnistía

El PSOE acepta amnistiar todos los actos a favor de la independencia

Los socialistas presentan la iniciativa en solitario después de que ERC exprese dudas sobre los casos de terrorismo

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Puigdemont, junto al Govern en pleno, ayer en la Galería Gótica del Palau de la Generalitat.

MadridLa ley de amnistía comienza por fin a andar con el registro oficial de este lunes en el Congreso de Diputados. Después de que Francina Armengol anunciara el debate de investidura de Pedro Sánchez para este miércoles y jueves, estaba prevista una presentación conjunta de los grupos que la apoyarán, pero las dudas de ERC sobre si los encausados por terrorismo quedan amparados por la norma –varias fuentes jurídicas consultadas por el ARA creen que sí– han propiciado que solo el PSOE acabara estampando su firma. El ministro de la Presidencia, Félix Bolaños, no ha querido entrar en estas desavenencias y en una comparecencia en la cámara baja se ha limitado a celebrar que esta norma es "imprescindible" para que "la convivencia en España sea mejor". Los cálculos del PSOE es que afectará a 309 independentistas y 73 policías.

La ley de amnistía incluye todos los actos de “responsabilidad penal, administrativa o contable, ejecutados en el marco de las consultas celebradas en Catalunya el 9 de noviembre de 2014 y el 1 de octubre de 2017, de su preparación o sus consecuencias, siempre que se hayan realizado entre los días 1 de enero de 2012 y 13 de noviembre de 2023”, establece el primer artículo, que continúa: “Los actos cometidos con la intención de reivindicar, promover o procurar la independencia de Catalunya, así como los que hayan contribuido a la consecución de estos propósitos”. Es decir, el perímetro es amplio, si bien también hay apartados para concretar que se amnistíarán las acciones "que se puedan tipificar con los delitos de usurpación de funciones, malversación, prevaricación, desobediencia, desórdenes públicos y atentado contra el autoridad", entre otros.

También existe un fragmento específico sobre las actuaciones realizadas por los policías del 1-O, si bien se exceptúan los casos que puedan revestir delitos de torturas o tratos inhumanos o degradantes. La ley prevé también que la amnistía no provocará indemnizaciones o restituciones económicas a los implicados ni eliminará la responsabilidad civil ante particulares. En cuanto al Tribunal de Cuentas, no se devolverá el dinero abonado por la condena por el 9-N, pero sí las fianzas abonadas en la causa del 1-O y la acción exterior de la Generalitat que se juzga este viernes. En este ámbito, la amnistía podría no aplicarse si las entidades públicas perjudicadas (la Generalitat o la Administración General del Estado) se opusieran, pero no es el caso.

El papel de los jueces

Sus impulsores eran conscientes de que habrá resistencias judiciales a la norma. De hecho, coincidiendo con su publicación, la sala de gobierno del Tribunal Supremo ha emitido un comunicado en el que considera que la independencia judicial es "incompatible con la fiscalización o supervisión de la labor jurisdiccional por parte de los poderes del Estado". Un rechazo en toda regla a la amnistía y al concepto de lawfare que atascó las negociaciones la semana pasada pero que, finalmente, no se menciona en el texto –PSOE y Junts solo lo incluyeron en el comunicado político del acuerdo.

Consulta aquí la ley de amnistía registrada por el PSOE

La ley deja claro que son los jueces los que tendrán que aplicar la ley de amnistía, si bien da algunas indicaciones, como por ejemplo que tendrán que mover ficha en un plazo máximo de dos meses. Otras: “Quedarán sin efecto las órdenes de detención e ingreso en prisión de las personas a las que resulte de aplicación esta amnistía, así como las órdenes nacionales, europeas e internacionales de detención [...]. La entrada en vigor de esta ley implicará el inmediato levantamiento de las medidas cautelares que hubiesen sido adoptadas respecto a acciones u omisiones amnistiadas [...] incluso cuando tenga lugar el planteamiento de un recurso o una cuestión de inconstitucionalidad contra la ley o alguna de sus disposiciones”, dice el texto. Esto abre la puerta al regreso de los exiliados a Catalunya sin riesgo de ser detenidos y encarcelados, entre ellos el ex president Carles Puigdemont, aunque los jueces presenten una cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional.

Fuentes jurídicas consultadas por el ARA emiten criterios discrepantes al respecto. Hay quien considera un “disparate” vetar a los jueces la posibilidad de dictar medidas cautelares mientras el TC estudia la constitucionalidad de la amnistía y algunos lo ven “equilibrado”. Eso sí, destacan el interés del legislador para evitar que haya ninguna “laguna” que deje margen a los jueces para obstaculizar su aplicación.

¿Y si los jueces optan por presentar directamente una cuestión prejudicial ante Tribunal de Justicia de la Unión Europea para paralizar el regreso de Carles Puigdemont? En ese caso sería más “discutible”, dicen fuentes jurídicas consultadas por este diario. La ley indica que de entrada tienen que levantarse las medidas cautelares, pero si un juez lo discutiera en una consulta en Luxemburgo, sería el TJUE quien tendría que decir si las órdenes de detención y de ingreso en prisión seguirían vigentes.

Una amplia justificación

Más allá de este punto, el ministro Bolaños ha asegurado con contundencia que la norma es constitucional, a diferencia de la que en 2021 presentaron los partidos independentistas en el Congreso y que la mesa ni siquiera admitió a trámite. Aquella defendía la legitimidad del 1-O y el objetivo de la autodeterminación, mientras que la registrada hace ahora un relato basado en la “convivencia” y en “cerrar heridas”, en palabras del ministro. El nombre lo dice todo: "Proposición de ley de amnistía por la normalización institucional y política en Catalunya".

El documento dedica 12 de las 23 páginas al preámbulo, la clave para superar el filtro legal. Se explica que la amnistía es una herramienta reconocida en la mayoría de países del entorno europeo, que se ha avalado desde los tribunales de justicia de la UE, y se argumenta que el poder legislativo tiene la potestad de utilizar este mecanismo sin que ello implique anular el poder judicial.

“Las Cortes Generales acuden a un mecanismo constitucional que refuerza el estado de derecho para dar una respuesta más de diez años después del inicio del proceso independentista, cuando ya se han superado los momentos más acusados de la crisis y toca sentar las bases para garantizar la convivencia de cara al futuro [...]. No solo no se invaden otros espacios, sino que, al contrario y en uso de sus competencias, asumen la mejor vía de las posibles para abordar, desde la política, un conflicto político”, se añade. Además, la exposición de motivos recuerda que la cantidad de causas todavía abiertas que pueden acabar con condenas provocaría un "trastorno grave en la convivencia social". Con la proposición de ley de amnistía registrada, Pedro Sánchez ya tiene vía libre para la investidura.

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