Poder judicial

El consejo de ministros aprobará la reforma que da a los fiscales las riendas de las investigaciones penales

La nueva ley de enjuiciamiento penal también incorpora medidas para garantizar la independencia de la Fiscalía

ARA
27/10/2025

El consejo de ministros aprobará este martes una de las mayores reformas de los últimos años. Según confirmaron este lunes fuentes del gobierno español a Efe, el ejecutivo validará de forma definitiva un proyecto de ley que incluye cambios en la fiscalía general del Estado para despolitizarla. La reforma también incorpora además modificaciones en la ley de enjuiciamiento criminal, cuya principal novedad es la figura del fiscal investigador. La propuesta prevé establecer que la dirección de las investigaciones de las causas penales pase a estar en manos de los fiscales y no a las de los jueces, como hasta ahora.

El texto, que una vez aprobado deberá pasar por el Congreso y el Senado para su tramitación, también incluye una reforma del estatuto orgánico del ministerio fiscal. Uno de los puntos más relevantes es la actualización del mandato del fiscal general del Estado, que pasará a ser cinco años. Este cambio hará que el nombramiento del máximo representante del ministerio público deje de coincidir con el de los gobiernos. De hecho, también se establecerá que, en caso de cese, el nuevo fiscal general tendrá un mandato que no excederá del plazo que le restara a su predecesor.

Cargando
No hay anuncios

Si finalmente se acaba aprobando el proyecto en Les Corts, también quedará prohibido que el ejecutivo central o los de las autonomías soliciten al fiscal general del Estado promover cualquier tipo de actuación en un procedimiento. De igual modo, también se establece que sus comunicaciones con el gobierno deban ser públicas y por escrito, y no podrá ser llamado a comparecer ante el consejo de ministros. Todas estas novedades van en línea con las demandas del informe GRECO del Consejo de Europa, que año tras año pide a España más herramientas para garantizar la independencia del órgano.

El nuevo modelo

Según define el proyecto de ley, los miembros de la Fiscalía serán los encargados de impulsar las investigaciones, y el papel de los jueces pasará a limitarse a velar por que se cumplan los derechos de todas las partes del proceso: la prisión provisional o los registros domiciliarios, por ejemplo, seguirán requiriendo su visto bueno. Así, el proceso pasará a ser autónomo y estará controlado por un juez de garantías. Finalizada esta fase, un segundo juez —el de la audiencia preliminar— será el responsable de decidir si se abre el juicio oral. Si es así, un tercer juez será el encargado de juzgar lo sucedido.

Cargando
No hay anuncios

Este cambio de papeles ha sido una reivindicación histórica de muchos juristas y, de hecho, equiparía el modelo español a otros europeos, como es el caso de Francia. También es el mismo procedimiento con el que actúa la Fiscalía Europea y la de Menores. Este modelo ya había aparecido en el anteproyecto aprobado en el 2011 por el gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, quien no acabó de ser tramitado antes de que abandonara la Moncloa. En 2012, Mariano Rajoy creó una comisión liderada por Manuel Marchena que elaboró ​​una norma que también otorgaba ese poder a la Fiscalía.

Partidos y sindicatos fuera de la acusación particular

Otro punto que incorpora la reforma es que se regula la acusación popular y, en línea con las solicitudes que el Tribunal Supremo ha incluido en varias sentencias, se delimita quien puede ejercerla. Así, a partir de la aprobación del texto, las personas jurídicas públicas como partidos políticos, sindicatos o asociaciones que dependen de ella no podrán ejercerla. También se establecen los delitos en los que se puede presentar, entre ellos la corrupción, los delitos contra los derechos de los consumidores, los de odio, los de violencia sobre la mujer o los de financiación ilegal de partidos, entre otros.

Cargando
No hay anuncios

Además, a petición del CGPJ y del Consejo de Estado, se incluye la regulación del procedimiento ante el tribunal del jurado, al considerarse un "sin sentido" que se mantenga como una ley autónoma. La regulación se introduce con una única modificación: se excluye la violación de domicilio de la lista de delitos que pueden ser juzgados por un jurado, puesto que, desde ese mismo año, se tramita por juicio rápido.