¿Quién puede desclasificar los secretos del Estado?

El juez lo puede reclamar, pero la potestad es exclusiva del consejo de ministros

BarcelonaMás de sesenta personas espiadas, una veintena de ellas bajo amparo judicial, entre las cuales el actual president de la Generalitat, Pere Aragonès. El escándalo del Catalangate hace tambalear la estabilidad del Gobierno español y pone en riesgo la legislatura, con ERC y el resto del independentismo exigiendo unas explicaciones que, de momento, no han conseguido. Todos los documentos relacionados con el espionaje son secretos oficiales y, si el Centro Nacional de Inteligencia (CNI) ya se cuida bastante de mostrar solo la parte imprescindible a los diputados de la comisión de secretos del Congreso –con compromiso de confidencialidad–, el acceso está vetado para el resto de la ciudadanía. La Generalitat ha reclamado al Gobierno español que los desclasifique en un ejercicio de transparencia que tiene pocos precedentes en el Estado. Pero, ¿quién tiene la potestad para decidir cuándo se hacen públicos los secretos?

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Sin una ley que marque plazos para la desclasificación de documentos, en España los secretos oficiales pueden ser perpetuos. Por eso, nadie sin el rango necesario sabe todavía exactamente qué pasó el 23-F, el 11-M o con Pegasus. No son pocos los casos que acaban judicializados en los que alguna de las partes reclama que se desclasifiquen documentos para demostrar su inocencia o la culpabilidad del otro. Los jueces pueden atender estas demandas. Por ejemplo, se podría vehicular una petición de estas características en el Tribunal Supremo o a la Audiencia Nacional. Pero, aunque los magistrados aceptaran la petición y reclamaran a la Moncloa que hiciera públicos los documentos, la competencia exclusiva para hacerlo la tiene el consejo de ministros.

Es, pues, el presidente español, Pedro Sánchez, y su gabinete quien tiene que decidir si se desclasifican o no los informes del CNI sin necesidad de esperar a ninguna petición judicial, que no dejaría de ser de cumplimiento opcional. Hasta ahora, sin embargo, la reacción de la Moncloa se ha basado precisamente en garantizar la colaboración con la justicia en caso de que los tribunales la necesiten. Y el propio Sánchez ya ha acudido a la Audiencia Nacional para que se investigue la otra parte del escándalo del espionaje: el que ha sufrido él y algunos miembros de su gobierno.

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La colaboración con la justicia

"En la práctica es competencia exclusiva del consejo de ministros, pero en los casos que yo he visto se han atendido siempre las solicitudes judiciales", explica Xavier Melero, abogado penalista que ha lidiado en varias ocasiones con los secretos oficiales. Todavía está pendiente de saber si el juez encargado del caso Pujol aceptará la petición que la defensa hizo para que se hagan públicos algunos de los informes elaborados por las cloacas del Estado.

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La ley de secretos oficiales –la ley franquista de 1965 que ningún gobierno español ha querido modificar hasta ahora– da manga ancha al ejecutivo para mantener en secreto todo lo que haya sido considerado confidencial. La consigna habitual ha sido la de esperar el requerimiento judicial para proceder a la desclasificación. Por ejemplo, así fue como en 2007 se hizo pública la información relativa a los vuelos de la CIA en territorio español o cómo se ha procedido con algunas de las intervenciones telefónicas a los abogados de ETA. En marzo, Sánchez se comprometió a hacer lo mismo con los documentos secretos relativos al caso de Mikel Zabalza, que murió en 1985 cuando estaba bajo custodia policial vinculado a la banda terrorista. "Este gobierno siempre colaborará con la justicia", dijo entonces desde el hemiciclo del Congreso.

El reglamento que desarrolla la ley habla de materias "secretas" o, en menor grado de protección, "reservadas" y recomienda a la autoridad encargada de la clasificación que "indique el plazo de duración" a pesar de que no es obligatorio. De hecho, hay varias menciones a la necesidad de ir desclasificando documentación, todas sin carácter imperativo.